Redacción •  Cultura •  02/06/2023

El BOE publica hoy la modificación de la Orden que regulará las ayudas estatales para la producción de largometrajes y cortometrajes

  • La nueva Orden modifica aspectos relativos a la financiación, distribución y promoción de las películas, simplifica procedimientos y avanza en el fomento de la sostenibilidad medioambiental.
  • Esta Orden de bases afecta ya a la próxima convocatoria de ayudas generales para la producción de largometrajes y de cortometrajes realizados que se publicarán de forma inminente.
El BOE publica hoy la modificación de la Orden que regulará las ayudas estatales para la producción de largometrajes y cortometrajes

2 de junio de 2023.- La Orden Ministerial que regulará las ayudas estatales para la producción de largometrajes y cortometrajes se ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado. La nueva Orden modifica a su vez dos órdenes que sirven de base para el sistema de ayudas a la producción de cine: la Orden CUD/582/2020 de bases reguladoras para la concesión de las ayudas y la Orden ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, por la que se regula el reconocimiento del coste de una película y la inversión del productor.

Mediante esta orden se realizan diversas modificaciones al reconocimiento del coste, así como al régimen de ayudas a la producción y a la distribución cinematográfica que, si bien han sido objeto de una regulación reciente, precisan de ajustes que se han puesto de manifiesto como consecuencia de su aplicación, con el fin de favorecer el sistema de financiación de las películas cinematográficas, que puedan desarrollarse en las mejores condiciones posibles y sean más competitivas en un entorno global.

En general, se modifican aspectos relativos a las cuantías y fórmulas de pago de las ayudas, así como a su distribución y promoción, se simplifican procedimientos y se avanza en el fomento de la sostenibilidad medioambiental.

Con esta nueva Orden se establece un sistema que facilita la participación en varios procesos de selección durante una misma convocatoria o a lo largo de un ejercicio. Si un beneficiario con todos los puntos no obtuviese ayuda por no existir crédito en la primera fase, pasaría directamente a la segunda fase sin necesidad de presentar nueva solicitud. También se limita el número de veces que un proyecto se puede presentar en un ejercicio.

En este sentido, la nueva Orden permite publicar las líneas de convocatorias a cortometrajes, cortometrajes sobre proyecto y cortometrajes realizados, con dos o más procedimientos de selección (la Orden CUD/582/2020 no lo permitía).

En las ayudas generales, los pagos dejan de estar vinculados a tres momentos o hitos del proceso de producción. Se propone hacer dos pagos en dos ejercicios presupuestarios. En el caso de películas de documentales y coproducciones internacionales, se flexibilizan los plazos para iniciar y finalizar el rodaje y para solicitar la calificación.

Además, se reduce de un 10% a un 8% en las ayudas generales y de un 8% a un 5% en las ayudas selectivas la obligación de destinar un porcentaje a copias, publicidad y promoción de la película, que puede descender un 1% más en ambas líneas en función del porcentaje de ayuda recibida. Esta medida se aplicará con carácter retroactivo a los proyectos beneficiarios de ayuda en 2022 y se establece de acuerdo al nuevo marco en el que se realizan estas inversiones tal y como reclamaba el sector.

Por otro lado, se amplía de 9 a 12 meses la obligación de que una película se exhiba en un número determinado de salas (sólo para las ayudas generales, las ayudas selectivas ya cuentan con ese plazo).

La nueva Orden amplía la cuantía de ayudas a los cortometrajes, pasando de un máximo de 70.000 euros a 100.000 euros y a 180.000 euros si es un cortometraje de animación. Además, se establece una reserva mínima del 8% para cortometrajes de animación, dando continuidad al impulso que se le quiere dar a este sector.

La nueva Orden de bases afectará ya a la próxima convocatoria de ayudas generales para la producción de largometrajes que se publicará de forma inminente.

Consulta la Orden Ministerial aquí.


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