Redacción •  Actualidad •  29/01/2022

IRPH Stop Gipuzkoa lanza duras críticas contra el Tribunal Supremo por su sentencia sobre las hipotecas IRPH: «Vuelve a prevaricar»

  • A pesar de las sucesivas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal Supremo ha dictaminado una sentencia que avala como legíticas estas hipotecas.
  • IRPH Stop Gipuzkoa: «Lamentamos el sentido del fallo conocido hoy, pero no nos resulta sorprendente a la vista de la trayectoria del Tribunal Supremo español».
IRPH Stop Gipuzkoa lanza duras críticas contra el Tribunal Supremo por su sentencia sobre las hipotecas IRPH: «Vuelve a prevaricar»

El Tribunal Supremo ha notificado este viernes una sentencia que establece como legítimas las hipotecas establecidas en base a un Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), un sistema aplicado en muchos contratos hipotecarios en lugar del Euribor y que ha sido calificado como faltos de transparencia en su cálculo y muy fácilmente manipulables por parte de las entidades financieras. La decisión del tribunal resulta más sorprendente aún teniendo en cuenta que se trata de la primera sentencia al respecto dictaminada tras los autos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 17 de noviembre de 2021 que definía claramente las clausulas IRPH como abusivas, estableciendo un precedente legal de anulación de las mismas.

La sentencia ha generado durísimas críticas por parte de la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa, responsable de elevar hasta la justicia europea la lucha que mantiene contra estas cláusulas desde el año 2013.»El Supremo mantiene su postura y afirma que la cláusula IRPH no es abusiva porque no produce desequilibrio ni hay falta de buena fe. Para sostener esta afirmación el tribunal utiliza argumentos ridículos, que no pueden explicarse si no es por su extrema torpeza o por prevaricación», afirman desde la plataforma.

La plataforma ha recordado que no es la primera vez que el Tribunal Supremo avala este tipo de clausulas, habiéndose pronuciado por primera vez a favor de las mismas en diciembre de 2017. El asunto llegó entonces hasta el TJUE, que en su sentencia de 3 de marzo de 2020 corrigió al tribunal español. Sin embargo, y a pesar del precedente establecido en la justicia europea, el Supremo volvió a fallar a favor de la legitimidad de estas cláusulas en varias sentencias de noviembre de 2020, volviendo a escalarse a la jurisdicción europea, que nuevamente dictaminó la nulidad de las mismas en noviembre del pasado año.

«En la sentencia conocida hoy, el Supremo llega al extremo de afirmar, al contrario de lo admitido en noviembre de 2020, que la cláusula IRPH sí supera el control de transparencia», apuntaba la plataforma tras conocer la sentencia del tribunal. «Para ello retuerce los autos del TJUE, que eximían al banco de la obligatoriedad de mostrar la evolución pasada del índice, pero lo hacía sólo para los casos en los que quedara acreditado que la información facilitada por el profesional fue suficiente para que el consumidor comprendiera el modo de cálculo del índice y pudiera valorar sus consecuencias económicas», apuntan.

IRPH Stop Gipuzkoa ha afirmado que lamenta el sentido del fallo, pero que no le resulta sorprendente «a la vista de la trayectoria del Tribunal Supremo español».

«Toca seguir peleando para destapar los errores o prevaricación de este tribunal», han señalado desde la plataforma. «Habrá que ver por qué vía, pero seguiremos luchando hasta eliminar este abuso».


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