Redacción •  Vivienda •  17/02/2021

La Agencia Catalana de Consumo abre 5 expedientes sancionadores a portales inmobiliarios

Fotocasa.es, Habitaclia.com, Idealista.com, Pisos.com y yaencontre.com no informan en sus anuncios del índice de referencia de precios de alquiler, tal como establece la normativa.

La Agencia Catalana de Consumo abre 5 expedientes sancionadores a portales inmobiliarios

La Agencia Catalana de Consumo ha abierto expediente sancionador a los portales inmobiliarios Fotocasa.es, Habitaclia.com, Idealista.com, Pisos.com y yaencontre.com por no incluir en sus anuncios el índice de referencia de precios de alquiler de la Generalitat, que debe constar en todos las ofertas y publicidad que incluyan los precios de alquiler, tal como establece la Ley 11/2020 de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda. Estos incumplimientos podrían conllevar sanciones de hasta 10.000 euros, de acuerdo con el régimen sancionador previsto en el Código de Consumo de Cataluña.

Los expedientes son el resultado de una campaña de inspecciones de oficio en portales inmobiliarios, además de la investigación a partir de 248 denuncias recibidas por anuncios publicados mayoritariamente en portales inmobiliarios que no informan del precio de la renta según el índice de referencia o que no incluyen el precio de alquiler anterior, información obligatoria cuando la vivienda ha sido alquilado en los últimos cinco años. Los anuncios publicados en los portales expedientados hacían referencia a inmuebles ubicados en los municipios de Badalona, ​​Barcelona, ​​Cardedeu, Castelldefels, Cerdanyola del Vallès, Cornellà del Llobregat, Cubelles, Gavà, Granollers, Hospitalet del Llobregat, Manresa, Mataró, Sabadell, Sant Adrià de Besòs, Sant Cugat, Sant Just Desvern, Sant Sadurní d’Anoia, Terrassa, Vic, Vilafranca del Penedès, Vilanova y la Geltrú y Vilassar de Mar.

La Ley 11/2020 de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda establece que el índice de referencia de precios de alquiler debe constar en las ofertas y la publicidad que incluyan precios, así como en el contenido de los contratos. Este índice permite conocer el precio medio del metro cuadrado de alquiler de una vivienda ubicada en una zona y con unas características definidas. La norma, además, fija topes en sesenta municipios declarados áreas con mercado de vivienda tenso. En estos municipios el precio del alquiler no puede aumentar respecto al contrato anterior ni puede superar el índice de referencia de precios de la Generalitat a los contratos nuevos de las viviendas destinadas a residencias permanentes. La norma tiene como finalidad contener y moderar el precio del alquiler de determinadas zonas que, por sus características, no garantizan tener viviendas a un precio accesible.

La campaña inspectora de la Agencia Catalana de Consumo que ha derivado en estos cinco expedientes sancionadores continúa abierta para garantizar que los anuncios se ajustan a las obligaciones que marca la ley.

Desde el mes de noviembre la Agencia, dependiente del Departamento de Empresa y Conocimiento, junto con la Agencia de la Vivienda de Cataluña, dependiente del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, llevan a cabo una campaña para dar a conocer la normativa nueva en cuanto al precio de los viviendas de alquiler. Durante estos meses, se ha contactado con los colegios profesionales de API y con los de administradores de fincas de toda Cataluña, y también con los principales portales inmobiliarios del país, para recordarles la obligatoriedad de cumplir la normativa. Además, se han organizado sesiones informativas dirigidas a estos colectivos.


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