IU y PCE recusan por “falta de la imparcialidad exigida” a los magistrados de la Sala del Supremo que preside Marchena que rechazan investigar al rey emérito por corrupción
Frente a la “evidente animadversión y hostilidad manifestada y demostrada por escrito” por estos magistrados en el último auto de febrero que tumbó la querella, acusándoles incluso de ‘intentar convertir noticias en delitos’, los querellantes recuerdan que cuando instaron a actuar a la justicia ya advirtieron, entre otros, sobre los pagos irregulares desde la Fundación Zagatka a Juan Carlos de Borbón, lo que ahora se ha demostrado con el apresurado abono de más de 4 millones de euros a Hacienda para evitar el delito fiscal.
Martes, 2 de marzo 2021.
Izquierda Unida y el Partido Comunista de España, junto al Foro de Abogadas y Abogados de Izquierda, registran hoy un incidente de recusación para que el Tribunal Supremo aparte a los cinco magistrados pertenecientes a su Sala de lo Penal, encabezados por el presidente de la misma, Manuel Marchena, que a mediados de febrero rechazaron la querella presentada contra Juan Carlos de Borbón y otras personas por presuntos delitos de corrupción. Los querellantes alegan, entre otros motivos, que estos magistrados no reúnen “la imparcialidad exigida para conocer de cualesquiera actuaciones relativas a la presente causa, y sin que se haya manifestado por parte de dichos magistrados su abstención para el conocimiento de la misma”.
Frente a los ataques verbales que las formaciones y la asociación querellantes recibieron en el auto del Supremo que echó abajo hace dos semanas la detallada querella sobre las actuaciones irregulares del anterior jefe del Estado y su círculo de colaboradores, éstas alegan en el escrito del incidente de recusación que denunciaron “gravísimos delitos, de una repercusión económica sobre las arcas públicas muy importante, y de los que esta parte acusa, además de al rey emérito, a otra serie de personas, que integran la figura de la asociación ilícita o contubernio criminal, al estar distribuidas entre ellos distintas funciones todas tendentes al enriquecimiento ilícito a través del saqueo del erario”.
Entienden que en este caso es de aplicación “el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que establece que toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa y públicamente, y dentro de un plazo razonable por un juez independiente e imparcial”.
Además de a Marchena, la recusación alcanza a los/as magistrados/as Juan Ramón Berdugo, Ana Ferrer, Antonio del Moral y Andrés Palomo del Arco. El escrito se carga de datos para desarrollar la idea de que existen “fundados argumentos” para dudar de su imparcialidad. Considera que el Alto Tribunal debe apartarles y que sean otros jueces quienes estudien de nuevo la querella.
Se invoca el artículo 217 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que aquellos magistrados en quienes concurran alguna de las causas establecidas legalmente se abstendrán del conocimiento del asunto sin esperar a que se le recuse.
IU y PCE detallan que “la Sala que ha dictado el auto de archivo en pleno y en deliberación secreta, y del que ha sido ponente Manuel Marchena, ha omitido indebidamente su deber de dictar auto de abstención por la evidente animadversión y hostilidad manifestada y demostrada por escrito al calificar y tildar a las partes querellantes de profesionales de la acción popular, que la degradamos, y de que estamos intentando convertir noticias en delitos”.
Los querellantes inciden en que en el mencionado auto los magistrados firmantes les acusan “nada menos que, textualmente, de ‘degradar el relevante papel que (la acción popular) está llamada a desempeñar en el proceso penal’, ‘limitándose a convertir noticias en causas criminales’”.
Para defenderse de estas acusaciones y para aportar una prueba más de que Juan Carlos de Borbón debería ser investigado realmente por el Supremo, IU y PCE se limitan a tirar de la rabiosa actualidad. Recuerdan en su escrito de recusación que el pasado viernes, día 26 de febrero, salió a la luz “un comunicado oficial, público y notorio, del letrado del querellado D. Juan Carlos de Borbón (…) por el que da a conocer que su representado y querellado en esta causa ha abonado a las autoridades tributarias competentes la millonaria cantidad de 4.395.901,96€ en concepto de intento de regularización para evitar obvias responsabilidades penales derivadas de la ocultación a la hacienda pública española de los pagos realizados por la Fundación Zagatka desde cuentas situadas en el extranjero”.
“Por ello -destacan-, y siendo que esta representación instó la querella objeto de este procedimiento sobre hechos y pagos desde la Fundación Zagatka al querellado D. Juan Carlos de Borbón, teniendo en consideración los nuevos hechos que hemos conocido después y que dan plena verosimilitud a lo denunciado en la querella que ha sido tildada como ‘degradante’ por la Sala, solo cabe calificar tales expresiones como un indicio objetivo de su pérdida de apariencia de imparcialidad”.
Los responsable de la recusación apuntan también, no sin cierta ironía, a la opacidad demostrada por la mencionada sala, ya que en el auto en el que da carpetazo a la querella “se alude también, y se recrimina, reprocha y afea a esta parte querellante incurrir en una supuesta ‘regularidad selectiva’, que realmente puede referirse a cualquier cosa o quizá a nada, y que no se entiende muy bien, pero parece ser algo bastante malo, según se da a entender”.
Reiteran su firme rechazo a lo que consideran “calificaciones gratuitas y desconsideradas impropias de la Sala Segunda del Tribunal Supremo sobre el trabajo de esta acusación popular”, ya que ello “pone de manifiesto animadversión a la hora de referirse a una de las partes del proceso, siendo que no acaba de comprender esta representación por qué alude la Sala a que esta acusación degrada el papel de la acusación popular por querellarse contra el anterior monarca”.
También aluden en su escrito para ilustrar las consecuencias jurídicas que puede tener la falta de imparcialidad en un proceso a la sentencia de 6 de noviembre de 2018 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre el ‘caso Otegi’ y la condena al Estado español. El Tribunal de Estrasburgo dictaminó que en ese caso no hubo un juicio justo debido a la actuación de una de las magistradas que intervino en él.
Izquierda Unida, el Partido Comunista de España y el Foro de Abogadas y Abogados de Izquierda señalan también el denominado ‘vínculo jerárquico’ y recuerdan que “ya de por sí encontramos que ha existido una indudable situación de vinculo jerárquico entre el querellado y los magistrados de la Sala”, algo que empieza desde la entrega de despachos a los nuevos jueces que preside el rey, “como es el caso de los cinco magistrados en este caso”.