Redacción •  Actualidad •  13/04/2022

«El Ministerio de Educación da una nueva puñalada por la espalda al personal interino en abuso de temporalidad»

La mencionada Ley  regula dos procesos de estabilización. El primero, mediante un sistema de ingreso por concurso-oposición, se dirige a plazas ocupadas por personal temporal en los tres años anteriores al 31/12/2020, a las que se añaden las plazas de los procesos de estabilización de las leyes de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y 2018. Y un segundo, mediante concurso excepcional de méritos, que regula la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, de plazas ocupadas con carácter temporal con anterioridad al 1/1/2016.

«El Ministerio de Educación da una nueva puñalada por la espalda al personal interino en abuso de temporalidad»

Comunicado

El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de ayer un Real Decreto por el que se modifica el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes. Su objeto es la adaptación, al ámbito docente, de lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal a fin de lograr el objetivo de reducir la tasa de cobertura temporal en este ámbito por debajo del 8%. La tasa de temporalidad de funcionarios docentes se sitúa en la actualidad en torno al 27%.

Desde STEs estamos totalmente defraudados por esta aprobación, en primer lugar, porque no se han tenido en consideración las aportaciones que en las distintas mesas sectoriales les hemos hecho llegar al ministerio, pero de las que han hecho oídos sordos, incluso de aquellas que todas las organizaciones sindicales estábamos de acuerdo. En segundo lugar, porque no se especifica criterios únicos para determinar las plazas que son de estabilización y que se pueden ofertar en estos procesos para reducción de la temporalidad.

El proceso de estabilización va en contra de todas las sentencias europeas que recogen que, la sanción al abuso, debe ser para el personal en esta situación no un proceso de acceso libre, además de que el sistema de estabilización de este personal debe estar fuera del proceso selectivo de ingreso a la docencia.

Desde STEs siempre hemos defendido el acceso diferenciado y el concurso de méritos para el profesorado interino, parece ser que ahora sí son viables estas medidas, pero la manera de ejecutarlas va a dejar a mucho profesorado interino en el camino, por dos motivos, porque no es para el personal el abuso de temporalidad en exclusividad, y porque sigue vinculado al proceso selectivo de ingreso a la docencia, y porque siempre se ha negociado con CCOO, UGT y CSIF la estabilización de plazas y no de personas.

Desde STEs seguiremos luchando por conseguir una verdadera consolidación del personal interino en abuso de temporalidad, como hemos hecho siempre. No callarán nuestras reivindicaciones.

Secretariado Confederación de STEs-i.


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