«Pedimos al Defensor del Pueblo que pare el coladero, de poner los parques eólicos en el Occidente sin consulta ambiental alguna y de espaldas a los vecinos»
De los 61 proyectos de parques eólicos previstos en el Occidente de Asturias, ninguno alcanza los 75 MW, motivo por el que su tramitación se derivaría a los organismos del Principado, los cuales carecen de medios y capacidad para estudiar la documentación competente en un plazo de 10 días.
Comunicado Coordinadora Ecoloxista d’Asturies
Hemos solicitado al Defensor del Pueblo la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto Ley 6/2022, de 29 de marzo, por entender que esta ley vulnera el derecho de todos los españoles a disfrutar de un medio ambiente adecuado y de los Tratados Comunitarios. Y lo hacemos porque creemos que las medidas tomadas para agilizar los procedimientos relativos a energías renovables de los parques eólicos de menos de 75 MW, en base a esta ley, son contraproducentes.
Consideramos imprescindible que el nuevo procedimiento exprés de aprobación de plantas renovables no se aplique sobre áreas donde los impactos sobre la naturaleza puedan ser críticos e irreversibles y que, en cualquier caso, se garantice la posibilidad de participación de la ciudadanía desde el inicio de las consultas de evaluación ambiental, tal y como marca la normativa de la Unión Europea y el Convenio de Aarhus. En todo caso, deberá de existir un periodo de información pública. La voluntad política de suprimir este trámite llevará consigo la impugnación de todo el procedimiento y es más que probable que los tribunales de justicia sentencien la nulidad de las autorizaciones con lo cual, se habría causado una situación de indefensión de los ciudadanos a la vez que una grave quiebra de los principios de participación y de transparencia. Lejos de mejorar la eficacia de los procedimientos lo que se habrá conseguido es incrementar las situaciones de inseguridad jurídica para todos
Esto abriría la puerta a la autorización de proyectos con alto impacto ambiental sin las garantías mínimas, tanto de consulta pública como de evaluación de impacto ambiental, algo especialmente relevante en las zonas de sensibilidad moderada que incluyen hábitats de interés comunitario o zonas críticas para la conservación de especies amenazadas. De mantenerse esta redacción, el nuevo procedimiento podría facilitar la destrucción de este tipo de espacios ya muy amenazados.
De los 61 proyectos de parques eólicos previstos en el Occidente de Asturias, ninguno alcanza los 75 MW, motivo por el que su tramitación se derivaría a los organismos del Principado, los cuales carecen de medios y capacidad para estudiar la documentación competente en un plazo de 10 días. Los 450 aerogeneradores proyectados estarán -en su mayoría- en espacios naturales o en sus lindes. Sin un estudio de impacto ambiental adecuado, no se puede asegurar ni la viabilidad ni la constitucionalidad de estas instalaciones cuyos únicos beneficiarios serían los intermediarios y las empresas eléctricas, quienes podrán revender el parque eólico una vez hecha la instalación sin asumir ninguna responsabilidad por los daños medioambientales ya ocasionados, tal y como viene pasando desde hace décadas.
Si se tramitan estos parques sin el correspondiente trámite de información pública, no se están respetando ni defendiendo los derechos de los vecinos a opinar sobre estos proyectos que, en algunas zonas de Asturias, tienen una fuerte oposición vecinal por los estragos asociados sobre sus vidas.