Redacción •  Euskal Herria •  13/06/2022

ELA rechaza el acuerdo para el convenio de Bilboestiba

ELA rechaza el acuerdo para el convenio alcanzado entre Bilboestiba y los sindicatos Coordinadora y UGT ya que conlleva graves recortes salariales y laborales para los trabajadores y trabajadoras del puerto de Bilbao. Así mismo, cronifica la precarización de las condiciones laborales de la plantilla de Bilboestiba.

ELA rechaza el acuerdo para el convenio de Bilboestiba

La mayoría del Comité de Empresa formada por Coordinadora y UGT ha llegado a un acuerdo para el convenio en la sexta reunión de la comisión negociadora que ELA califica de “mero teatro”, ya que Coordinadora y UGT habían cocinado el acuerdo con Bilboestiba fuera de la mesa negociadora.

Con este acuerdo, Coordinadora y UGT ceden al chantaje de las empresas estibadoras CSP Iberian Terminal Bilbao; Berge Maritima Bilbao S.L.U; Servicios Logisticos Portuarios S.LP; y Consignaciones Toro y Betolaza S.A. y se subordinan a los intereses de la mismas, que pasan por continuar precarizando sustancialmente las ya mermadas condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras del puerto de Bilbao.

Este acuerdo se alcanza en un contexto en el que Bilboestiba ha solicitado el concurso de acreedores con el argumento de falta de liquidez, mientras en los últimos años se ha seguido repartiendo dividendos entre sus socios.

Estas cuatro empresas son accionistas y clientes únicos de Bilboestiba y son, por tanto, quienes deciden qué recursos aportan a la empresa. Habitualmente los ingresos de Bilboestiba son similares al gasto de personal. Hasta 2017 el resultado de explotación fue exactamente cero; en 2018 el resultado fue de 4.200 euros. Sin embargo, en 2019 y 2020 entró en pérdidas de 0,5 y 2,7 millones de euros, respectivamente. A juicio de ELA esta situación tiene su origen en las decisiones adoptadas por sus socios, que a la vez son clientes.

Paralelamente, estos han obtenido ganancias (1,8 millones en 2020 entre tres empresas, que fueron de 8,8 millones en 2019 para las cuatro) y han repartido dividendos entre sus socios (0,1 millones en 2020 entre tres empresas, y fueron de 19,8 millones en 2019). Es inadmisible que mientras Bilboestiba tiene pérdidas, sus socios se repartan los dividendos mencionados.

En este contexto llega el acuerdo del convenio colectivo para el sector de la Estiba. En todo momento, la patronal ha propuesto elementos regresivos contra las condiciones laborales, haciendo referencia a la situación económica de Bilboestiba sin mencionar la favorable situación económica empresas que lo conforman.

ELA (que cuenta con 2 de los 13 representantes en el comité) considera que la empresa, cuya difícil situación económica es evidente, ha forzado esta situación con una clara estrategia, condicionar una negociación a la baja del convenio colectivo y así poder recortar las condiciones laborales de los 300 estibadores de su plantilla.

El acuerdo incluye los siguientes elementos regresivos:

  • -Reducción salarial de 2.550.000€ durante los próximos tres años, para sufragar parte la deuda que Bilboestiba tiene con los propios trabajadores/as, que se suma a la congelación salarial desde el año 2012.
  • – Incrementos salariales para los años 2025, 2026 y 2027 de un 4%, sin ir ligados al IPC.
  • – Incremento de la jornada de trabajo anual en 34 horas.
  • – Inexistencia de cuadrante de trabajo y descansos.
  • – Se introduce el doblaje de turno de forma obligatoria.
  • – Se renuncia a realizar tareas de Transporte horizontal y Trinca, dichas tareas están recogidas en la Ley.
  • – Las empresas estibadoras decidirán unilateralmente la realización de las tareas complementarias.
  • – No se aporta ninguna solución al grave problema de la eventualidad, dejando en el olvido a las 100 personas trabajadoras eventuales que son cedidas a través de la ETT Randstad a las empresas estibadoras. Muchas llevan entre 15 y 20 años encadenando contratos eventuales en fraude de ley. Desde que se instara el preconcurso no están trabajando, y esas jornadas las está haciendo personal fijo doblando jornadas. El no llamamiento a trabajar ha dado lugar a la interposición de demandas de despido por parte de este colectivo, obteniendo sentencias favorables, aunque con la legislación actual las empresas están optando por ejecutar los despidos abonando la indemnización correspondiente, con lo que a estas persdonas trabajadoras no se les vuelve a llamar para trabajar a pesar de que existe carga de trabajo real.
  • – No se garantizan los puestos de trabajo de los trabajadores/as de Bilboestiba.
  • – No existe ninguna mejora en materia de Seguridad y Salud Laboral.
  • – No existe ninguna mejora en el ámbito de la conciliación laboral y familiar.

ELA /