David Moscoso y Ana Naranjo (Adelante Andalucía) preguntan en el Parlamento Andaluz por la “presencia y tutela judicial” en las exhumaciones de los cementerios de San Rafael y la Salud en Córdoba
Varias cuestiones que llevan años reclamándose desde organizaciones memorialistas como el Foro por la Memoria se han trasladado hoy al Parlamento Andaluz, en esta ocasión con relación a las exhumaciones de los cementarios municipales de San Rafael y la Salud. ¿Donde está la presencia y tutela judicial, el censo oficial de víctimas, el Banco de ADN y las pruebas genéticas que puedan realizarse con facilidad en nuestra propia ciudad? ¿Dónde está la previsión presupuestaria real?
Ante el inicio de los sondeos previos en la parcela de San Ramón en el cementerio de la Salud a fin de localizar las fosas que albergan centenares de víctimas de la represión franquista, en torno a 4.000 se barajan para Córdoba, Adelante Andalucía quiere que se garanticen los protocolos de actuación aprobados. El objetivo es el cumplimiento de la Ley 2/2017 de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía. En concreto, su artículo 3 dice textualmente lo siguiente;
La Administración de la Junta de Andalucía adoptará las medidas de acción positiva que resulten necesarias para hacer efectivo, con estricto respeto a las garantías establecidas en el ordenamiento jurídico:
a) El derecho a conocer, a la luz del principio de verdad, la historia de la lucha del pueblo andaluz por sus derechos y libertades, así como el deber de facilitar a las víctimas andaluzas y a sus familiares la búsqueda y el esclarecimiento de los hechos de violencia o persecución que padecieron por su lucha por los derechos y libertades […]
Asimismo, los parlamentarios citan los artículos 8, 10, 14 y 18 de la misma ley insistiendo, entre otras cuestiones, en la necesidad de un protocolo de actuación, una financiación presupuestaria, un banco de ADN para garantizar las correctas identificaciones, un censo oficial de víctimas y la tutela judicial en el proceso de exhumación y conservación de los restos.
Las actuaciones en curso que se han iniciado a principios de enero de 2019 tienen dos objetivos declarados, de un lado documentar la localización de enterramientos de víctimas en fosas individuales y, de otro, el inicio de actuaciones en la fosa común, previo al trabajo arqueológico propiamente dicho, que determine si es posible desarrollar el proceso de exhumación posterior. Para ello, un equipo de técnicos con experiencia acreditada está trabajando estos días, pero, antes de iniciar otras fases más complejas, se hace urgente resolver estas cuestiones.
El Foro por la Memoria de Córdoba, al igual que otras organizaciones hermanas en otras ciudades o la Federación Estatal de Foros por la Memoria exigían en su protocolo de actuación la denuncia en el juzgado correspondiente de estos crímenes de lesa humanidad que, según la legislación internacional y la ONU, nunca prescriben por estar enmarcados en un genocidio bien planificado con motivaciones de índole política.
El relator especial del Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, realizó una visita oficial a España del 21 de enero al 3 de febrerode 2014 y repitió lo que tantas veces se ha denunciado en nuestro país;
“No se estableció nunca una política de Estado en materia de verdad, no existe información oficial, ni mecanismos de escalrecimiento de la verdad. El modelo vigente de “privatización” de las exhumaciones, que delega esa responsabilidad a las víctimas y asociaciones, alimenta la indiferencia de las insituciones estatales…”. Además, De Greiff criticó duramente las “interpretaciones restrictivas de la Ley de Amnistía” que “no sólo niegan el acceso a la justicia sino que también impiden cualquier tipo de investigación”. Es solo una de muchas llamadas de atención al Estado español.
Por su parte, el Consejo de Europa denunció en 2016 que la “investigación y sanción de los responsables” de estos crímenes de lesa humanidad tienen un progreso “muy modesto” debido “a la aplicación de la ley de Amnistía de 1977“. “La búsqueda de personas desaparecidas, la exhumación de los restos y su identificación a menudo se deja a la sola iniciativa de las familias”…
A pesar de que ahora la iniciativa parte de la Junta de Andalucía, aún no existe garantía de una tutela judicial efectiva, pues los jueces que reciben las denuncias por crímenes de lesa humanidad siempre acaban apelando a una interpretación de la Ley de Amnistía de 1977 que concluye siempre igual: esos crímenes “han prescrito”.
De las tres reivindicaciones históricas del movimiento memorialista, la primera -VERDAD-, empieza a resolverse en España. A día de hoy, los otros dos pilares, JUSTICIA y REPARACIÓN, siguen sin atenderse adecuadamente desde las administraciones públicas, a fin de cerrar heridas que siguen abiertas.