Burger King impone un ERTE para su plantilla de 14 mil personas en España
- La empresa de comida basura ha anunciado que procederá a presentar un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en España, donde cuenta con una plantilla de 14.000 personas, tras el cierre de todos sus restaurantes y la decisión unilateral de cancelar de su servicio de reparto a domicilio tras decretarse el estado de alarma en España.
- Los trabajadores afectados por el ERTE tendrán derecho a paro, tal y como establece la ley: 70% de la base reguladora los seis primeros meses y 50% a partir del séptimo mes.
En concreto, la multinacional ha precisado en un comunicado que presenta este ERTE hasta que se restablezca la normalidad en el país. «Esta decisión ha sido adoptada tras valorar las mejores alternativas para mantener el empleo tan pronto como finalice esta situación y garantizando la estabilidad de la compañía», han señalado.
Burger King ha confirmado también este lunes el cese del servicio a domicilio que la cadena ha mantenido en los últimos días, tras el cierre de todos sus restaurantes el pasado viernes.
Tras la declaración del estado de alarma y las dificultades para mantener el servicio, la cadena ha valorado esta decisión como la «mejor opción» para proteger a empleados y clientes en una situación de emergencia sanitaria excepcional y ha recomendado a todos los franquiciados de la marca el cese del servicio.
Burger King quiere trasladar un mensaje de agradecimiento a todos sus empleados por el «esfuerzo realizado» en estos «difíciles momentos» y la total confianza en que la marca retomará su actividad habitual a la mayor brevedad posible, una vez se logre detener la propagación del virus.
Otras muchas compañías sí mantienen el reparto a domicilio y han anunciado «medidas preventivas» como que los repartidores dejen la comida en el rellano y no contacten físicamente con los clientes.
Tras las reformas laborales neoliberales, la figura del ERTE establece que si no existe acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, es posible imponer unilateralmente la medida por el empresario. Ante estos supuestos, el Tribunal Supremo, en su sentencia de 27 de junio de 2018, resolvió cómo debe computarse la indemnización por despido en los supuestos en que el trabajador ha visto minorado su salario o ha sido despedido.