Redacción •  Actualidad •  01/11/2017

Primera “bofetada” judicial para Aqualia en el conflicto del agua en Torrecera

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo dictamina que “no estando suspendida judicialmente la ejecutividad del acuerdo (de la Junta Vecinal de Torrecera) acordando la gestión directa del suministro en baja en Torrecera, es plenamente ejecutivo y puede, y debe, ser hecho efectivo por la Administración que lo acordó”. Bertolet: “Además de ser un varapalo para a Aqualia, esta resolución judicial no viene sino a dar conformidad a la legalidad de todos los acuerdos adoptados por el Ayto. de Torrecera desde que éste aprobase asumir la gestión directa del servicio de abastecimiento de agua”.

Primera “bofetada” judicial para Aqualia en el conflicto del agua en Torrecera

El juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Jerez de la Frontera ha emitido la primera resolución judicial referente al conflicto abierto entre el Ayuntamiento de Torrecera y la multinacional Aqualia por la titularidad de la gestión del servicio de abastecimiento de agua en baja en la pedanía.

Así, el Magistrado-Juez de dicho juzgado ha denegado a la concesionaria, mediante auto motivado, la suspensión cautelar de la ejecutividad de la subrogación de los contratos suscritos con Aquajerez por parte de los abonados del servicio de aguas de Torrecera, imponiéndole además a la multinacional el pago de las costas causadas por el procedimiento.

En este sentido, en el apartado quinto de los razonamientos jurídicos esgrimidos por el magistrado, éste expone que “no estando suspendida judicialmente la ejecutividad del acuerdo (de la Junta Vecinal de Torrecera) acordando la gestión directa del suministro en baja en Torrecera, es plenamente ejecutivo y puede, y debe, ser hecho efectivo por la Administración que lo acordó. Y desde este punto angular, el acuerdo que es impugnado en el presente procedimiento ha sido adoptado para la ejecución del anterior, y su ámbito de impugnación, lógicamente, no alcanza a lo acordado en dicho acuerdo anterior. Por ello, no se alcanza a comprender que incidencia tiene la específica medida de subrogación en los contratos (que es la que se impugna en autos) en la calidad del agua, ni en la prestación del servicio, que ya ha sido asumido en gestión directa por el primero (Ayto. de Torrecera), cronológicamente, de los acuerdos que hemos referido y cuya ejecutividad no ha sido suspendida”.

Tanto el alcalde de Torrecera, Manuel Bertolet, como la dirección local de Izquierda Unida han hecho una valoración muy positiva de esta primera resolución de un juzgado de lo Contencioso Administrativo en relación al asunto de la gestión del agua en Torrecera, ya que, según la formación de izquierdas, su argumentación jurídica no viene sino a dar conformidad a la legalidad de todos los acuerdos adoptados por la Junta Vecinal de la ELA desde que ésta aprobase asumir la gestión directa del servicio de abastecimiento de agua.

Según Bertolet, “lo verdaderamente importante de esta resolución judicial no es que se le deniegue a Aqualia su pretensión de suspender uno de los acuerdos adoptados por el la Junta Vecinal de Torrecera, sino que las palabras textuales del juez en su argumentación vienen a ratificar lo que siempre he defendido ante las injerencias desleales del Gobierno municipal de Jerez y del PSOE en este asunto, y que no es otra cosa que, a menos que sean anulados judicialmente, los acuerdos adoptados por la ELA que presido no sólo son ejecutivos, sino que además estamos en la obligación de hacer que sean efectivos. Y hasta la fecha ningún juez ha suspendido ninguno de los acuerdos”.

En este sentido, el Alcalde manifiesta que la resolución no sólo es un varapalo para Aqualia, sino que los fundamentos jurídicos que la sustentan también vienen a poner coto al afán intervencionista del Ayuntamiento de Jerez con respecto a la gestión del agua en Torrecera, ya que son perfectamente aplicables a los requerimientos realizados por éste solicitando la anulación de los acuerdos adoptados por la Junta Vecinal de la ELA.


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