Redacción •  Actualidad •  05/07/2024

Cristina Seguí, condenada a 15 meses de cárcel por humillar a una niña víctima de violación grupal

FACUA aportó las pruebas a la Fiscalía. Rubén Sánchez declaró como testigo en el juicio.

Cristina Seguí, condenada a 15 meses de cárcel por humillar a una niña víctima de violación grupal

El Juzgado de lo Penal número 10 de Valencia ha condenado a Cristina Seguí a 15 meses de cárcel por humillar a una niña víctima de una violación grupal en la localidad de Burjassot.

La chica intentó suicidarse después de que la ultraderechista la acusase de mentir y desvelase su identidad en Twitter (ahora X) y su canal de Telegram.

FACUA aportó las pruebas a la Fiscalía después de denunciar los hechos ante la Agencia Española de Protección de Datos, que instó a Seguí a eliminar los mensajes.

El secretario general de FACUA, Rubén Sánchez declaró como testigo en el juicio.

La jueza Estrella Pardo Melero condena a Seguí a quince meses de prisión con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo, como autora de un delito contra la integridad moral del artículo 173.1 del Código Penal y a tres meses de multa como autora de un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.7.

Como responsabilidad civil, también tendrá que pagar una indemnización de 12.000 euros a la víctima, a través de su madre.

Seguí ha sido asimismo condenada a pagar las costas del procedimiento judicial, incluidas las de la acusación particular.

La ultra difundió en su perfil de Twitter (ahora X) un vídeo protagonizado por las dos niñas víctimas de la violacion grupal que una de ellas había lanzado en su Instagram, mediante una historia que desapareció a las 24 horas.

La sentencia recoge que Seguí publicó el vídeo “acompañándolo de un membrete en diagonal en la imagen con su nombre, y del siguiente texto: ”Está todo mal, no es una niña de 12 sino de 15 o 16, el sexo fue acordado y consentido y lo hicieron para hacerse famosas en TV gracias a medios de difusión como vosotros””.

La jueza señala que “dicho texto fue escrito y difundido con la intención de menospreciar y denigrar a esas menores públicamente, cosa que consiguió, de manera tal que la menor vio agravada la situación psicológica sufrida por la referida agresión sexual como consecuencia de haber sido visto ese video por terceros a quien ella no tenía en su círculo de contactos en Twitter y sin su conocimiento ni consentimiento”.


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