Redacción •  Actualidad •  06/03/2019

Los impulsores de la ‘Querella Borbón’ valoran que el archivo que pide la Fiscalía “carece de un mínimo rigor jurídico más allá de la manifiesta defensa a ultranza de la institución monárquica”

El Partido Comunista de España e Izquierda Unida, además de la Federación de Abogados y Abogadas de Izquierda, exponen que las conductas atribuidas a Juan Carlos de Borbón “lo han sido en el ejercicio de una voluntad delictiva alejada, y mucho, de las funciones relacionadas con la Jefatura del Estado”, por lo que critican que el Ministerio Fiscal utilice de forma simple y recurrente el artículo 56 de la Constitución, que fija la inviolabilidad del monarca.

Los impulsores de la ‘Querella Borbón’ valoran que el archivo que pide la Fiscalía “carece de un mínimo rigor jurídico más allá de la manifiesta defensa a ultranza de la institución monárquica”

Miércoles, 6 de marzo 2019.

Las formaciones políticas Partido Comunista de España e Izquierda Unida, además de la Federación de Abogados y Abogadas de Izquierda, autoras de la querella criminal registrada hace tres meses en el Tribunal Supremo contra el anterior jefe del Estado, Juan Carlos de Borbón, y otras siete personas por la supuesta comisión en conjunto de 13 delitos, rechazan el contenido del informe del Ministerio Fiscal remitido a la Sala de lo Penal que instruye el procedimiento en el que solicita ‘el inmediato archivo de las actuaciones, sin más trámites’.

Los impulsores de la denominada ‘Querella Borbón’ reconocen que “en modo alguno constituye ninguna sorpresa” y valoran que el contenido del informe “carece de un mínimo rigor jurídico que haga pensar en otra cosa que una manifiesta y evidentísima intención de la Fiscalía de hacer una defensa a ultranza de la institución monárquica”.

Consideran que la respuesta de la Fiscalía -de la que se hace responsable y firma el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas- adolece del adecuado “análisis de los indicios de criminalidad que han sido puestos a disposición de la Sala” o los “rechaza de un plumazo” utilizando para ello de forma simple y recurrente el artículo 56 de la Constitución, que fija la inviolabilidad del monarca.

“Tal forma de argumentar -añaden-, o mejor dicho, ‘de no argumentar’, supone que por la Fiscalía no han sido escuchadas las prolijas y bien fundamentadas argumentaciones contenidas en la querella interpuesta”.

Cabe recordar que la querella criminal registrada el pasado 5 de diciembre ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo va dirigida, además de sobre Juan Carlos de Borbón, a su amiga especial y empresaria comisionista Corinna zu Sayn-Wittgenstein, el director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) general Félix Sanz Roldán, los empresarios Juan Miguel Villar Mir y Juan Villalonga, el comisario de Policía detenido José Manuel Villarejo, además del ciudadano y abogado suizo Dante Canónica y Álvaro Orleans Borbón.

En ella se imputan hasta 13 supuestos delitos repartidos entre los querellados, entre ellos los de cohecho, contra la Hacienda Pública, administración desleal, fraude y exacciones ilegales, tráfico de influencias, constitución de grupo criminal, blanqueo de capitales, encubrimiento, amenazas de muerte condicionales, descubrimiento y revelación de secretos, omisión del deber de perseguir delitos o corrupción entre particulares.

El Partido Comunista de España, Izquierda Unida y la Federación de Abogados y Abogadas de Izquierda exponen que las conductas delictivas atribuidas a Juan Carlos de Borbón “lo han sido en el ejercicio de una voluntad delictiva alejada, y mucho, de las funciones relacionadas con la Jefatura del Estado”, para la cual se constituyó una “red criminal perfectamente organizada” en la que unos se dedicaban a captar negocios susceptibles de generar comisiones ilegales, otros a blanquear capitales, otros a actuar como testaferros, además de los papeles de cómplices y encubridores.

Recuerdan también que “son múltiples los pronunciamientos de Tribunales Internacionales negando la posibilidad de que los delitos de corrupción puedan ser amparados bajo el manto de la inmunidad de que gozan los jefes de Estado, cuando las conductas a reprimir no guardan relación con las estrictas funciones derivadas del legítimo ejercicio del cargo. Por el contrario, declaran la absoluta procedencia de exigir tal responsabilidad penal, cuando, como aquí ocurre, lo que se debe juzgar es un ilegítimo y degenerado interés de obtener un enriquecimiento personal ilícito”.

“Ninguno de tales pronunciamientos de tribunales internacionales -lamentan- parece haber sido tenido en cuenta por el Ministerio Fiscal, en su entusiasta defensa de la impunidad absoluta del rey”.

Lo querellantes justifican también su frontal rechazo a ese recurso del aval constitucional a esa supuesta impunidad del rey emérito en que “la comisión de los delitos denunciados extienden sus efectos y su ámbito temporal de perpetración al momento presente. No se tiene constancia de que los mismos hayan dejado de perpetrarse y, por tanto, y formalmente, se extienden en momento posterior al día en que formalmente el rey emérito querellado dejó de estar amparado por la inmunidad, al haber renunciado a su cargo”.

Además, “los beneficios patrimoniales que en su riqueza particular se han ido generando a lo largo de los años se siguieron devengando tras dicha renuncia y en la actualidad, lo que formalmente descarta igualmente que pueda pretenderse amparar los delitos denunciados bajo el manto de la impunidad”.


comisiones ilegales /  Corinna zu Sayn-Wittgenstein /  impunidad /  Juan Carlos de Borbón /  monarquía /  Querella Borbón /