Redacción •  Actualidad •  06/08/2024

PACMA desmiente al Gobierno ante el Comité de Derechos del Niño de la ONU

En un extenso informe, el Partido Animalista ha desarrollado argumentos orientados a desmontar las justificaciones del Gobierno tras lo que consideran un incumplimiento de los compromisos adquiridos tras la ratificación de la Convención de los Derechos del Niño.

PACMA desmiente al Gobierno ante el Comité de Derechos del Niño de la ONU

Madrid, 6 de agosto de 2024 – España se está sometiendo, en estos momentos, al escrutinio del Comité que se encarga de revisar la aplicación de la Convención de los Derechos del Niño y que, entre otros, establece la obligación para los Estados parte de adoptar todas las medidas necesarias para abolir las prácticas tradicionales que sean perjudiciales para la salud de los niños.

A inicios de este procedimiento de revisión, en octubre de 2022, el Partido Animalista PACMA presentó al Comité su informe “Desprotección de la infancia frente a la violencia de la tauromaquia en España”, con la finalidad de poner en su conocimiento lo que, considera, “continuos incumplimientos, tanto de la Convención, como de las propias recomendaciones del Comité, por parte de los gobiernos estatal, regionales y locales en España, con relación a la protección que se debe otorgar a los menores frente a actividades violentas, como las que conforman la tauromaquia”.

Y es que el Comité ya se ha manifestado en varias ocasiones con relación a la tauromaquia como una actividad violenta de la que es necesario proteger a la infancia.

«El Estado ha ignorado deliberadamente la recomendación del Comité»

Sin embargo, según denunciaba PACMA, en nuestro país se celebran, cada año, unos 18.000 espectáculos y festejos taurinos, a los que sólo una de las diecisiete comunidades autónomas, Baleares, tenía vetada la entrada de menores. Algo que el nuevo Gobierno autonómico no ha tardado en acordar revertir.

A criterio del Partido Animalista, el Gobierno estatal también ignoró deliberadamente la recomendación del Comité, al elaborar la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, dado que no hace una sola mención a su exposición y participación en estos u otros espectáculos violentos.

Tras la presentación del informe de PACMA, que también incluía referencias a casos de menores que habían resultado gravemente heridos por participar en festejos taurinos, el Comité solicitó al Gobierno que remitiera información sobre las medidas adoptadas para prohibir su participación y asistencia.

El Gobierno, en su Séptimo informe periódico, se ha limitado a argumentar que la jurisprudencia del Constitucional establece “de manera expresa e inequívoca” que se trata de una competencia de las CCAA.

PACMA, sin embargo, acaba de presentar sus alegaciones ante el Comité, desmintiendo con rotundidad al Gobierno, al asegurar que, de las once resoluciones del TC relacionadas con los espectáculos y festejos taurinos, ninguna versa sobre la competencia para establecer las condiciones de asistencia y/o participación de menores, ni se afirma, en ninguna de ellas, que se trate de una competencia exclusiva de las CCAA.

En un extenso informe, el Partido Animalista ha desarrollado diferentes argumentos con la finalidad de desmontar las justificaciones del Gobierno, entre las que destaca que es el Reglamento estatal de Espectáculos Taurinos el que establece la edad mínima – 16 años – para poder inscribirse en el Registro de Profesionales Taurinos y, por tanto, poder ejercer como matador de toros. Así defiende que el Gobierno tan sólo tendría que modificar el Reglamento, para elevar esta edad a los 18 años.

Señala que, además, el mismo Reglamento establece los requisitos que deben cumplir las escuelas taurinas, cuyo Registro depende también del Gobierno, entre los que podría incluir que los alumnos deban haber cumplido 18 años. Asimismo, la venta de entradas para los espectáculos taurinos está sujeta a lo que disponga el propio Reglamento, pudiendo introducir una prohibición expresa de venta a menores.

PACMA enfatiza que el Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales, aprobado en junio por el Gobierno, y en cuya exposición de motivos reconoce y se muestra preocupado por los riesgos y perjuicios asociados al acceso de menores a contenido violento a través de las pantallas, prevé la prohibición de su acceso a determinados contenidos. Para PACMA, es evidente que si el Estado puede prohibir el acceso de menores a determinados contenidos en los entornos digitales, puede prohibir su acceso a determinados contenidos en vivo y en directo, basándose exactamente en los mismos motivos de preocupación y en la misma competencia, que, según consta en la citada norma, emana de la Constitución, concretamente del artículo 20.4, que reconoce una especial protección al ámbito de la juventud y de la infancia, y del artículo 39, que recoge el derecho a su protección integral.


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