La Audiencia Provincial de Madrid ratifica la condena contra Cristina Seguí por sus insultos y bulos contra el exministro Ábalos
La exdirigente de Vox tendrá que publicar el fallo judicial en su cuenta, borrar los tuits difamatorios e indemnizar al demandante con 6.000 euros más las costas del procedimiento.
La Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la condena contra Cristina Seguí a indemnizar con 6.000 euros a José Luis Ábalos, exministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por atentar contra su derecho al honor al insultarle y difundir bulos sobre él a través de X (antes Twitter). La exdirigente de Vox tendrá que borrar las publicaciones difamatorias contra el exministro, y publicar en su cuenta de X el fallo de la sentencia.
La sentencia de la Audiencia, fechada el 25 de abril, ha tenido como ponente al magistrado Rafael de los Reyes Sáinz de la Maza. En ella se desestima el recurso de apelación presentado por Seguí contra la sentencia del pasado noviembre dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid.
La sentencia confirmada por la Audiencia hace alusión a varios tuits publicados por la exdirigente de Vox y presidenta de Gobierna-te entre el 14 de diciembre de 2020 y el 30 de abril de 2021, en los que acusaba a Ábalos de desviar millones de euros con una ONG, de tener amantes y falta de higiene, además de llamarle “barrilete”, “engendro” o “tonelete” entre otros calificativos.
El pasado diciembre trascendió que la Sección de Delitos de Odio y Discriminación de la Fiscalía Provincial de Valencia solicita una pena de cuatro años y medio de prisión para Seguí por la difusión de un vídeo en sus redes sociales protagonizado por dos menores víctimas de una violación grupal por parte de cinco adolescentes en mayo de 2022 en la localidad valenciana de Burjassot. La ultraderechista acusó a las niñas de haberse inventado la violación.
Precisamente el pasado 22 abril los cuatro menores acusados alcanzaron un acuerdo antes del juicio, según el cual dos de ellos aceptan penas de tres y cuatro años de internamiento, mientras que los otros dos asumen cinco años de libertad vigilada.