Redacción •  Actualidad •  12/02/2017

Unidos Podemos lanza la web leydeeutanasia.org

Unidos Podemos y sus aliados En Comú Podem y En Marea han puesto en marcha una web sobre la eutanasia para dar a conocer y hacer partícipe a la población de sus propuestas sobre este tema.

Unidos Podemos lanza la web leydeeutanasia.org

La muerte es consustancial al desarrollo de la vida, esto ha sido así desde la existencia del ser humano. Lo que cambia es la manera de las personas y sus sociedades de relacionarse con este desenlace. En las últimas décadas, aspectos relacionados con una mayor autonomía de la ciudadanía a la hora de afrontar la muerte han ido ganando relevancia en el debate público, en las demandas y propuestas de colectivos sociales, en las iniciativas legislativas desarrolladas a escala autonómica, estatal e internacional, así como en las acciones emprendidas por diferentes organismos para avanzar en la calidad de los momentos finales de la vida.

La mejora de las condiciones sociales y económicas, así como los avances en el ámbito de la medicina, han hecho posible un incremento notable de la esperanza de vida en España. Asistimos a un cambio en el modo de enfermar y morir de la población, pues se ha pasado de un predominio de las enfermedades agudas y los accidentes a una situación en la que las enfermedades crónicas y la pluripatología dominan las estadísticas de morbilidad y mortalidad de nuestra población. A la vez que se alarga la vida, se han generalizado sin embargo las experiencias de sufrimiento personal, físico, psicológico, familiar y social en el proceso de deterioro y muerte de los pacientes.

Existe un amplio consenso que afirma que la finalidad de la medicina en el siglo XXI tiene dos objetivos de la misma categoría e importancia: i) prevenir y curar enfermedades, y ii) ayudar a morir en paz a los ciudadanos, mediante el desarrollo de una medicina paliativa que alivie su sufrimiento y respete sus decisiones.

Esta transición demográfica y epidemiológica, los nuevos enfoques predominantes en la medicina, junto al desarrollo de un Estado democrático, plural y aconfesional, han influido en la manera en que la población se acerca a la muerte. La sociedad española ha manifestado así en diversos estudios cuantitativos y cualitativos su apoyo creciente, hoy ya francamente mayoritario, a la regulación de la eutanasia.

Desde estudios como el del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) del año 1989, cuando un 58% de las personas encuestadas aprobaba que a un enfermo terminal se le suministrara alguna sustancia para ayudarle a morir, hasta el estudio de 2011 del propio CIS, donde un 77,5% de encuestados se inclinaban a favor de regular una ley de eutanasia, el apoyo en nuestro país a esta cuestión ha sido creciente. A nivel europeo, en junio de 2015 una encuesta de IPSOS-The Economist para 15 países europeos concluyó que en todos ellos había una mayoría que aceptaba legalizar este derecho. En 13 países esta mayoría abarcaba más de la mitad de los encuestados. España se situaba en cuarto lugar, tras Bélgica, Francia y Países Bajos, con un 78% a favor de la legalización y solo un 7% en contra.

Esta situación favorable a la eutanasia en la opinión pública, sin embargo, no se ha visto reflejada en nuestro ordenamiento jurídico estatal, donde aún está penalizada en el Código Penal.

Además de socialmente, en las instituciones públicas se ha desarrollado en los últimos años una visión deliberativa de la relación clínica entre profesionales sanitarios y ciudadanía. Los textos legales y la práctica clínica han tratado de avanzar hacia una relación basada en la confianza mutua, que trata de compartir la toma de decisiones. Es así que la última legislación autonómica en España ha impulsado la protección del derecho a la información del paciente y la autonomía en la toma de decisiones relacionadas con la muerte. Se han aceptado cuestiones como la limitación de las medidas de soporte vital cuando estas se demuestran inútiles y se ha ampliado la prestación de los cuidados paliativos, o se han establecido registros de documentos de instrucciones previas, como forma de mejorar la calidad de la vida en sus últimas fases.

El desarrollo del principio de autonomía, de un derecho a la vida ligado al valor de la libertad y la dignidad de la persona, no ha de limitarse al reconocimiento de derechos en torno a recibir información médica completa y veraz, al disfrute de unos cuidados de calidad accesibles y centrados en la persona o en el rechazo de tratamientos. Es necesario expandir estos derechos hacia la garantía pública de una buena muerte (eu thánatos) que resulte acorde con la defensa de una vida digna hasta el final, lo que incluye tanto el derecho a  la eutanasia como al suicidio médicamente asistido.

Esto implica, por un lado, el fin de la confusión entre el derecho a vivir y el deber de vivir. Como se ha indicado más arriba, cada vez está más extendida socialmente la visión de que el Estado debe proteger la vida pero no imponer el deber de vivir en condiciones penosas irreversibles, en contra de los deseos y convicciones más íntimas de uno mismo. Por otra parte, el acceso al cuidado y a la disposición de la propia vida ha de ser equitativo y universal para que también sea justo, de ahí la necesidad de su protección pública.

Según la experiencia de otros países con leyes de eutanasia, tan solo una minoría de la ciudadanía solicita una muerte asistida. Sin embargo, este derecho beneficia a la totalidad de la población ya que amplía el marco de libertades y garantiza la convivencia en un espacio democrático de valores comunes como la libertad, la plena dignidad humana, la autonomía y la solidaridad.

La autonomía individual en este caso ha de complementarse en su dimensión relacional, es decir, ha de combinarse con los restantes principios éticos de la relación clínica en una sociedad democrática. También con la garantía de que no se menoscaben derechos fundamentales de otras personas ni se altere el orden público, requisitos básicos del desarrollo de la libertad ideológica contemplada en nuestra Constitución. En este sentido, se podrá ejercer la objeción de conciencia entre los profesionales sanitarios que se nieguen a participar en una eutanasia o un suicidio médicamente asistido, así como al mismo tiempo se garantizará que el derecho regulado por esta ley se pueda ejercer en aquellas instituciones donde existan objetores.

La concepción de la autonomía se vincula actualmente con otros dos principios clásicos de la práctica médica: i) la no maleficencia, basado en no dañar, y ii) la beneficencia, es decir, el actuar en beneficio de otro a partir de su propia valoración. Ambos muestran desde la solidaridad y la compasión hacia el sufrimiento de otro, desde una conciencia de vulnerabilidad compartida, el compromiso social con no prolongar situaciones irreversibles no deseadas. Implica también no infligir sobre la persona el daño moral que se deriva de no atender al ejercicio de su libertad a la hora de querer poner fin a su vida en las situaciones contempladas en esta ley con todas las garantías de seguridad.

El principio de autonomía posee finalmente un rasgo colectivo ineludible, pues constituye uno de los fundamentos de toda comunidad política democrática. La capacidad de una sociedad para dotarse de sus propias leyes ofrece un marcador esencial de calidad democrática que impide el divorcio entre la sociedad y sus normas jurídicas.

Si hasta ahora la gran crítica a la representación política en España ha sido que los partidos mayoritarios tenían un vínculo más estrecho con la oligarquía que con la ciudadanía, si hemos criticado que las iniciativas parlamentarias se realizaban entre cuatro paredes por una élite burocrática, con esta Proposición de Ley hemos querido romper este marco dominante.

Esta PL es fruto de más de dos meses de reuniones. Un equipo parlamentario confederal de cuatro diputadas de Izquierda Unida, En Comú Podem, En Marea y Podemos, se ha estado reuniendo con un grupo de trabajo externo e independiente formado por referentes y colectivos que llevan décadas trabajando el asunto de la eutanasia. Fruto de estas reuniones es el texto de esta Proposición de Ley, que recoge las decisiones del equipo parlamentario una vez han conocido a fondo y han participado en los principales debates al respecto.

Equipo Parlamentario Confederal

Desde la cultura política que se pretende que marque el trabajo del grupo parlamentario confederal, marcada por la colaboración, la transparencia y la generosidad, han formado parte de este equipo Amparo Botejara (Podemos), Eva García Sempere (Izquierda Unida), Ángela Rodríguez (En Marea) y Marta Sibina (En Comú Podem).

Grupo de trabajo externo e independiente

Se escogió un grupo de trabajo donde la sociedad civil organizada y los ámbitos jurídicos, bioético y filosófico, sociopolítico y sanitario se vieran reflejados. Formaron parte de este grupo:

  • María Casado. Observatori de Bioètica y Dret de la Universitat de Barcelona. Titular de la Cátedra UNESCO de Bioética de la Universidad de Barcelona.
  • Mirentxu Corcoy. Observatori de Bioètica y Dret de la Universitat de Barcelona. Catedrática de Derecho Penal.
  • Albert Royes. Observatori de Bioètica y Dret de la Universitat de Barcelona. Secretario del Comité de Bioética de la Universidad de Barcelona. Profesor del Máster en Bioética y Derecho de la Universidad de Barcelona.
  • Carmen Juanatey. Catedrática de Derecho Penal, Universidad de Alicante. Grupo de Estudios de Política Criminal.
  • Carlos García-Berro. Unión Progresista de Fiscales.
  • Maite Cruz. Escuela Andaluza de Salud Pública.
  • Pablo Simón. Médico de familia.
  • Antonio Sacristán. Médico paliativista.
  • María Luisa Velasco. Enfermera.
  • Laura Carrasco. Psicóloga.
  • Ignacio Sánchez Cuenca. Profesor de Sociología, Universidad Carlos III.
  • Koldo Martínez. Médico y diputado de Geroa Bai en el Parlamento de Navarra.
  • Luis Montes. Presidente Federal de la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD).
  • Fernando Marín. Presidente de DMD Madrid.
  • Txetxu Ausín. Científico Titular del CSIC, Instituto de Filosofía.
  • Nuria Terribas. Directora de la Fundación Víctor i Grifols.

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