Redacción •  Actualidad •  12/02/2024

Grupos ecologistas recurren el archivo del expediente de extinción de la presa Los Rosales en Parquelagos

  • Colectivos ecologistas de la Comunidad de Madrid han presentado un recurso de reposición contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Tajo que prórroga la concesión de aguas de la presa Los Rosales (Galapagar), a pesar de que ya no se utiliza para el abastecimiento, único uso autorizado.
  • La resolución de la CHT recurrida facilita el traspaso de titularidad de la entidad privada actual al Ayuntamiento de Galapagar, que tendrá que hacer frente a los elevados costes de mantenimiento y a los futuros de la retirada definitiva de la presa.
  • La transferencia de concesiones privadas a entidades municipales, liberando a las mercantiles de sus obligaciones de mantenimiento y de los costes por la retirada de este tipo de presas, ya se han producido en otros municipios madrileños.
  • La CHT está abandonando sus obligaciones de restauración fluvial y de recuperación del Dominio Público cuando las concesiones de agua se abandonan y extinguen. A pesar de los miles de barreras abandonadas en los ríos de la cuenca del Tajo, la CHT prácticamente ha abandonado la aplicación de la Estrategia de Restauración de Ríos.
Grupos ecologistas recurren el archivo del expediente de extinción de la presa Los Rosales en Parquelagos

La presa de Los Rosales es una importante infraestructura de 14 metros de altura y 230 metros de longitud, construida en 1968 sobre el arroyo de La Padrera, un afluente del río Guadarrama. El agua embalsada se destinaba, inicialmente, al abastecimiento de agua potable a la urbanización Parquelagos (Galapagar), para ello tiene una autorización de aprovechamiento de 555.000 metros cúbicos al año. Pero desde que el Canal de Isabel II incorporó todo el municipio de Galapagar en la red de distribución, la presa perdió su utilidad, al menos desde abril de 2007. Desde entonces el embalse se conserva usando el agua para fines diferentes al autorizado.

En distintas ocasiones la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) ha constatado que el titular de la concesión, la mercantil “Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación Ciudad Parquelagos”, no hace uso del aprovechamiento para el fin que se otorgó. Tampoco cumple con algunas de las condiciones de la concesión como la obligación de instalar un caudalímetro para medir el consumo de agua. En estos casos la legislación de agua determina claramente que la CHT debe abrir un expediente de extinción, lo que supondría la retirada de la presa y restauración del arroyo por parte del titular  de la concesión (art. art. 101 de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas)  o, bien iniciar una nueva concesión que justifique la necesidad de autorizar un nuevo aprovechamiento, mediante resolución motivada.

Irregularidades competidas por la Confederación Hidrográfica del Tajo

En este caso, la CHT no ha optado ni por la extinción del aprovechamiento existente ni por iniciar un nuevo procedimiento de extinción. Al margen del procedimiento reglado, el organismo gestor del dominio público hidráulico ha emitido  una resolución por la que se archiva el expediente de extinción, justificando que el aprovechamiento se mantiene activo. Tal afirmación no es cierta. El agua no se está destinando al uso autorizado que es el abastecimiento. Lo que está sucediendo es que se está utilizando una modesta instalación de bombeo para el riego de una pequeña superficie de 0,5 hectáreas de praderas, alrededor del embalse. Una desproporción equivalente a  mantener el volumen de agua de una piscina para el riego de unas pocas macetas. La excusa de ese uso de riego está permitiendo conservar una presa obsoleta cuyo único fin es el puramente estético. Se trata de una situación similar a la de la presa de Los peñascales, en Torrelodones.

La irregular decisión de la CHT que permite prorrogar una concesión irreal, tiene otras consecuencias como es permitir  el traspaso de la titularidad de la presa al Ayuntamiento de Galapagar, como dicho públicamente. Un cambio que, de producirse, trasladaría a los vecinos y vecinas de Galapagar las costosas obligaciones actuales de mantenimiento de una infraestructura destinada en la actualidad a un uso marginal. Pero sobre todo sería la institución local la que tendría que hacer frente en el futuro a los elevados costes de la retirada de la presa que es una  ocupación temporal del dominio público hidráulico del arroyo La Pedrera. De esta manera el titular privado actual quedaría liberando de unas obligaciones económicas muy importantes derivadas de la aplicación de la Ley de Aguas.

A juicio de la Asociación para la Recuperación del Bosque Autóctono (ARBA), Asociación Ecologista del Jarama El Soto, Ecologistas en Acción de la Comunidad de Madrid, Grupo de Acción para el Medio Ambiente (GRAMA), Jarama Vivo y Liberum Natura, el Ayuntamiento de Galapagar, con la colaboración de la CHT, están facilitando cargar sobre el erario público una responsabilidad que no le corresponde. Por los motivos expuestos, estas organizaciones han presentado un recurso de reposición ante la propia Confederación Hidrográfica del Tajo, pidiendo la nulidad de la resolución por la cual se prorroga la concesión de la presa de Los Rosales y solicitando su retirada y restauración.

La CHT obstaculiza sus objetivos de restauración de cauces

En la Comunidad de Madrid ya se han producido otros casos de traspaso de las obligaciones de los particulares a los ayuntamientos con el consiguiente impacto en los presupuestos públicos. Es el caso de Torrelodones y la presa de Los Peñascales, en la que el propietario de la presa se la cedió al Ayuntamiento a cambio de condonar una deuda pendiente de 13.576 euros, y en la que ya se han invertido 600.000 euros de dinero público en mantenimiento. En el caso de la presa de Miraflores de la Sierra, el titular, el Ayuntamiento de la citada localidad, no dispone de director de la explotación, ni plan de emergencia ni hace mantenimiento alguno de la infraestructura, mientras crece un área residencial al pie de la presa y a lo largo de las riberas del río Guadalix. En estos casos, las instituciones locales suelen ocultar a sus vecinos y vecinas la obligación que adquieren para hacer frente en el futuro a la inevitable y costosa retirada de estas instalaciones. Por ese motivo suelen los ayuntamientos suelen exagerar los valores ecológicos de estos embalses o la importancia del aprovechamiento para la lucha contra los incendios forestales.

Sorprende también la actitud de la CHT, que viene facilitando con sus resoluciones el mantenimiento de estas barreras fluviales abandonadas, como es el caso de la presa del río Aulencia, auténtico depósito de lodos tóxicos. Mientras el resto de las Confederaciones Hidrográficas están restaurando tramos fluviales mediante la retirada de algunos cientos de azudes y barreras. De las 171.000 barreras que hay en España, la CHT sólo ha retirado dos azudes durante los dos últimos años en toda la cuenca del Tajo, ninguna en la Comunidad de Madrid a pesar de que hay ríos, como el Tajuña, con una barrera fluvial por cada kilómetros de río, la mayoría de ellas abandonadas desde hace años.

La retirada de barreras fluviales es una importante herramienta de restauración fluvial y una obligación legal que debe llevarse a cabo prioritariamente por los titulares de las concesiones, y que de b impulsarse por los organismos de cuenca (la CHT, en el caso de la Comunidad de Madrid) para mejorar la calidad ecológica de las masas de agua y alcanzar los objetivos de calidad de la Directiva de Aguas.

Los colectivo, ARBA,  Asociación Ecologista del Jarama El Soto, Ecologistas en Acción de la Comunidad de Madrid, GRAMA, Jarama Vivo y Liberum Natura exigen a la CHT que cumpla con sus obligaciones de conservación, recuperación y restauración de cauces y la mejora de la calidad de las masas de agua en aquellos tramos afectados por infraestructuras abandonadas.


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