FACUA pide modificar la Ley del Juego tras anular el Supremo varios puntos relacionados con la publicidad
La asociación exige celeridad para afrontar un problema que puede derivar en un aluvión de anuncios de casas de apuestas en redes sociales, medios de comunicación o páginas web.
FACUA-Consumidores en Acción insta al Gobierno a impulsar de manera urgente una modificación de la Ley del Juego y otras leyes que afectan a la materia para corregir las incoherencias que existen entre ellas y que han llevado al Tribunal Supremo a anular varios artículos de la normativa puesta en marcha en 2020 para limitar la publicidad de las casas de apuestas y sus productos.
El Alto Tribunal ha estimado parcialmente un recurso de la Asociación Española de Juego Digital contra las medidas impulsadas por el Ejecutivo, dejando sin efecto diferentes aspectos recogidos en el Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego.
El Tribunal Supremo indica que es necesario anular una serie de artículos, ya que no existe una habilitación legal previa que permita a esta norma regular determinadas cuestiones, entre ellas, limitaciones en la captación de clientes o la prohibición de publicidad por parte de personajes famosos.
Así, FACUA insta al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y al de Juventud e Infancia que trabajen para impulsar las modificaciones normativas que sean necesarias para garantizar que el texto de los artículos anulados por el Supremo vuelve a estar en vigor a la mayor brevedad posible con el encaje legal adecuado.
Afecta especialmente a colectivos vulnerables
La asociación considera que, pese a que las casas de apuestas se dedican a una actividad legal, son especialmente nocivas para colectivos vulnerables como pueden ser menores de edad o personas con pocos recursos, así como usuarios que ya de por sí tienen problemas de ludopatía y que a través de internet tienen acceso de manera directa y sencilla a estas plataformas de apuestas.
Sólo en 2019 se invirtió en España más de 183 millones de euros a publicitar las apuestas online en diferentes plataformas que llegan a un público masivo como son los medios de comunicación o las nuevas tecnologías a través de páginas webs, canales de Youtube o plataformas dirigidas especialmente a un público joven como Instagram o TikTok.
Esta sentencia del Tribunal Supremo abre la puerta a que vuelva a producirse un aluvión de anuncios de casas de apuestas en redes sociales, medios de comunicación o páginas web, utilizando además a personajes famosos como reclamo.
Sentencia del Tribunal Supremo
En su sentencia, el Tribunal Supremo ha anulado varios artículos del Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego al entender que estas limitaciones o prohibiciones carecen de previsión legal.
Se trata del artículo 13, relacionado con las promociones para captar nuevos clientes; el 15, que afecta a la limitación de la aparición de famosos; el 23, sobre la prohibición de anunciar estas apuestas en “servicios de la sociedad de la información” (como páginas webs), el artículo 25, que tienen que ver con la publicidad en plataformas de vídeo y el artículo 26, que se refiere a las comunicaciones comerciales de operadores de juego en redes sociales con perfil de usuario.
Para anular estos preceptos, el Tribunal Supremo se basa en que estos artículos de la ley impulsada por el Ministerio que por aquella fecha lideraba Alberto Garzón entra en conflicto con un conjunto de disposiciones tanto a nivel europeo, la Recomendación 2014/478/UE de la Comisión, de 14 de julio de 2014, como a nivel nacional con la Ley 34/88 de 11 de noviembre, General de Publicidad, la Ley 7/2010 de 31 de marzo, General de Comunicación Audiovisual y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de la sociedad de la información y comercio electrónico y la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
El tabaco, actividad legal cuya publicidad está prohibida
FACUA recuerda que aunque el juego es una actividad legal a la que pueden acceder voluntariamente las personas mayores de edad, esto no impide que por la peligrosidad que puede suponer para determinados colectivos especialmente vulnerables esté justificado que el Estado limite su publicidad a todos los ciudadanos.
Así, la asociación pone como ejemplo la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, una norma que prohíbe hacer publicidad de una actividad que es perfectamente legal.
El artículo 9 establece que “queda prohibido el patrocinio de los productos del tabaco, así como toda clase de publicidad, y promoción de los citados productos en todos los medios y soportes, incluidas las máquinas expendedoras y los servicios de la sociedad de la información”.
FACUA considera que se trata de una situación muy delicada, por lo que pide al Gobierno, y en concreto a las carteras que lideran Pablo Bustinduy y Sira Rego, que impulse de manera urgente las modificaciones que sean necesarias para dar cobertura legal a los artículos del Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego que han sido anulados.