Las asociaciones vecinales del distrito Bellavista-La Palmera solicitan al Ayuntamiento de Sevilla la paralización del proyecto del estadio del Betis
El pleno de la Junta Municipal del distrito aprueba una moción por el cual se solicita paralizar el nuevo proyecto del estado del Betis, hasta que se adecue a las demandas vecinales y a los criterios de seguridad internacionales.
La moción, presentada por la Asociación Parque Vivo del Guadaira, cuenta con el apoyo de las asociación de Vecinos Pedro Salvador, Foro de Heliópolis, Puerto de Sevilla, Siete Calles, Bermejales Activa, Los Andes, Reina Mercedes y Asociación Urban Century 29 que se han dirigido repetidas veces al Alcalde de la ciudad de Sevilla, para que en razón de sus competencias no autorice la ocupación del último espacio libre existente en las inmediaciones del Estadio Benito Villamarín por suponer un riesgo para la convivencia, la calidad de vida de los barrios del sur de la ciudad y por una cuestión de seguridad.
Dichas asociaciones y entidades, expresa en la exposición de motivos QUE DESEAN QUE EL ESTADIO BENITO VILLAMARÍN VEA ACABADO SU PROYECTO PARA DISPONER DE UNAS INSTALACIONES MÁS CONFORTABLES Y SEGURAS, pero se oponen a la construcción aneja al estadio de 32.000 m² de suelos de usos terciarios tensionarían aún más un sector ya saturado, afectando gravemente a la calidad de vida y al paisaje urbano heredado de la ciudad de la Exposición Iberoamericana de 1929. “Los usos terciarios previstos, aún muy poco definidos por los promotores, afectarán a la movilidad, a la calidad del aire, y su aprovechamiento anunciado (365 días al año /24 horas) provocaran contaminación acústica, lumínica y una notable perdida de las condiciones de vida, afectando no solo a los barrios más próximos, como es posible observar los días en los que suceden eventos deportivos. No queremos un Bernabéu en el sur de la ciudad, solo un estadio de fútbol confortable y seguro”.
Las asociaciones exponen en su escrito su gran preocupación sobre las recomendaciones de seguridad en el perímetro del estadio y en los puntos de ingreso y de salida, así como la necesaria existencia de un área de seguridad para facilitar la rápida evacuación. Si bien estas recomendaciones (Consejo de Europa 2015, Recomendaciones Rec del Comité Permanente sobre Protección, Seguridad y Servicio en los Partidos de Fútbol y en otros Eventos Deportivos) no pueden ser directivas, dada la gran variedad de situaciones en cuanto a antigüedad, tamaño y diseño de los miles de estadios europeos y las circunstancias de cada Estado, es inexcusable la aplicación de estas recomendaciones cuando se trata de obra nueva, como es el caso de una edificación aneja al nuevo Estadio Benito Villamarín -tan discutida- de 31.500 m2, con usos todavía por definir.
En resumen consideran que esta construcción complejizaría la movilidad en el entorno del estadio, el manejo de los asistentes a los partidos y comprometería su seguridad, al colmatarse el perímetro del nuevo estadio, aumentar la presencia de personas por la capacidad de carga de los miles de metros cuadrados edificados y dificultar una teórica evacuación de emergencia, que debe completarse hasta un lugar protegido en un tiempo máximo de ocho minutos, según los estándares de seguridad exigidos (art. 43 y 44 de las Recomendaciones) .
En el debate los asistentes justificaron su voto, el partido VOX explicó su abstención por la necesidad de coordinarse con sus órganos de dirección, la coalición Izquierda Unida-Podemos su voto favorable para apoyar una demanda ciudadana, el PSOE su abstención por una cuestión de procedimiento y el Delegado Municipal y los representantes del PP votaron en contra esgrimiendo la legalidad del proceso seguido y que no se debería enjuiciar un proyecto que aun no ha desarrollado su Estudio de Ordenación. En el turno final de réplica el proponente consideró que la aprobación en el próximo Consejo de la Gerencia de Urbanismo de la modificación del PGOU , para que se autoricen cualquier tipo de uso terciario en los estadios supone dar una carta blanca a los clubs, libertad que amenaza gravemente el interés público, y especialmente al convivencia entre estos espacios y los barrios vecinos.
La votación dio como resultado 9 votos a favor, de todas las asociaciones vecinales, de mujeres y culturales y Podemos, 5 en contra de los representantes del PP, y 10 abstenciones y ausencias de las ampas, VOX, PSOE y entidades deportivas y de comerciantes
La propuesta aprobada concretamente dice :
Primero: paralizar los procedimientos administrativos de aprobación del actual Estudio de Ordenación del Nuevo Estadio Benito Villamarín y que se inicie un nuevo procedimiento administrativo que efectivamente contemple la adecuación del proyecto a las recomendaciones y directrices de seguridad emanadas del Convenio de Saint Dennis (Consejo de Europa) y de la FIFA, con el objetivo de preservar el espacio libre existente entre el estadio y la calle Doctor Fleming.
Segundo: que el Ayuntamiento de Sevilla atienda las justas y razonables reivindicaciones de los vecinos y vecinas afectados por este proyecto, que, de llevarse a cabo, indudablemente alterará su calidad de vida en cuanto a movilidad, terciarización, calidad del aire, contaminación acústica y lumínica.
Tercero: que la licencia de obras, de actividad y/o la autorización para la celebración de eventos en el nuevo estadio que sea susceptible de emitirse se realice con una VALORACIÓN PREVIA Y PÚBLICA de que las nuevas instalaciones reúnen las condiciones de seguridad adecuadas, conforme no solo la normativa española sino las recomendaciones de la FIFA y del Consejo de Europa.
Sobre el alcance de este acto, el Reglamento de las Juntas Municipales de Distrito dice en su art. 12 que al Pleno de la Junta Municipal de Distrito le corresponde: “elevar a la Alcaldía o a los demás órganos competentes , a través de la Presidencia, las aspiraciones de los vecinos/as en todo lo referente a los asuntos de competencias municipal”, y su art. 58 que las actas que recojan los acuerdos adoptados se publicarán para conocimiento de la ciudadanía a través de cualquiera de los medios de información general que el Ayuntamiento establezca.