Unidas Podemos presenta en el Congreso enmiendas para solventar las deficiencias del Ingreso Mínimo Vital
Unidas Podemos registrará en el Congreso de los Diputados doce enmiendas que pretenden mejorar y solventar las deficiencias del Ingreso Mínimo Vital, un proyecto de ley de enorme importancia, que define un nuevo derecho social que está llamado a ser la última red de seguridad para las personas más vulnerables y que no podemos permitirnos como gobierno progresista que funcione mal y que no llegue a todas las familias a las que tiene que llegar. Porque es de justicia, porque es inaceptable que en España haya colas del hambre y porque tomar medidas valientes como esta es la mejor forma de parar el odio de la ultraderecha que busca enfrentar al penúltimo de la sociedad contra el último.
Por ello, el grupo confederal, ante la ausencia de respuesta a sus propuestas de mejora del IMV en el seno del Gobierno durante más de 6 meses, registrará varias enmiendas buscando así ampliar los supuestos de vulneración para las personas beneficiarias, incluir automáticamente en el IMV a las personas beneficiarias de una prestación de rentas de inserción autonómica y proporcionar un tratamiento más justo para determinados colectivos como a las personas menores de 30 años, a las personas que comparten vivienda por una situación de pobreza sobrevenida o a las personas con discapacidad. Además, Unidas Podemos propone la inclusión de nuevos colectivos vulnerables como españoles emigrados retornados, solicitantes de protección internacional o menores que viven en hogares en situación irregular.
? Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común registraremos mañana en el Congreso de los Diputados doce trabajadas enmiendas que pretenden mejorar y solventar las deficiencias del Ingreso Mínimo Vital.
Abro hilo ?
— Pablo Echenique (@PabloEchenique) February 15, 2021
Estas son las enmiendas presentadas:
1. Unidas Podemos recoge de manera definitiva entre las personas potencialmente beneficiarias a aquellas personas que entran en una situación de vulnerabilidad durante el propio ejercicio.
2. A la hora de calcular los ingresos para acceder al Ingreso Mínimo Vital no computarán las ayudas por situación de dependencia ni tampoco, cuando no se estén cobrando, las prestaciones ni subsidios por desempleo.
3. Extender el IMV de forma excepcional a toda persona que tenga reconocida una renta mínima de inserción o ayuda social autonómica a 31 de diciembre de 2020. Sólo se exigirá el requisito de no superar el umbral de ingresos.
4. Unidas Podemos aboga, además, por reducir el requisito de unidad de convivencia independiente a dos años para las personas de menos de 30 años e introduce en el Proyecto de Ley excepciones para colectivos con mayor probabilidad de exclusión social.
5. Protege, a su vez, a aquellas personas que se hayan mudado con familiares o allegados como consecuencia de una perdida sobrevenida de ingresos.
6. En el cálculo de la prestación, tendrá en cuenta la situación de las personas con discapacidad añadiendo a la cuantía establecida un suplemento.
7. Se adapta la terminología al marco jurídico de los derechos de las personas con discapacidad.
8. Para evitar la exclusión de colectivos vulnerables que puedan estar en situación irregular, se elimina la obligación de acreditar una residencia legal, continuada e ininterrumpida de al menos un año en España para aquellas personas solicitantes de protección internacional, españoles emigrados retornados, personas menores que viven en hogares en situación irregular, víctimas de trata o víctimas de violencia de género
9. En la misma línea, para ser considerado integrante de una unidad de convivencia bastará con acreditar la residencia efectiva y continuada en el caso de estos colectivos
10. Se asegura el acceso al IMV de las personas que han estado bajo la tutela del sistema público de protección de menores y deben abandonarlo por cumplir la mayoría de edad quedando desamparados
11. Para evitar la exclusión de personas menores reagrupadas, no se exigirá que la unidad de convivencia lleve constituida un año en los casos de reagrupación familiar de hijas e hijos
12. Se corrige la escala de incrementos para el cálculo de la prestación para que no suponga un agravio comparativo de las familias monoparentales con cuatro o más menores a cargo.