Redacción •  Actualidad •  16/05/2018

El Tribunal Supremo exime de responsabilidad a las empresas en caso de impago en las «prejubilaciones»

Una nueva sentencia del Tribunal Supremo exime de responsabilidad a la empresa en caso de impago de las cantidades pactadas en el acuerdo del ERE, tanto del salario como del convenio especial con la Seguridad Social en caso de haber cedido el pago de estas a una aseguradora.

El Tribunal Supremo exime de responsabilidad a las empresas en caso de impago en las «prejubilaciones»
Comunicado
 
El caso concreto es de una empresa que en el año 2008 firma un ERE y establece con sus empleados un plan social de prejubilaciones, similar a lo realizado en Telefónica. Dicha empresa contrata una aseguradora para que realice los pagos y esta aseguradora en el año 2011 envía una carta a las personas afectadas informándoles de la disolución de la empresa, dejando los afectados de recibir las rentas pactadas.
 
¿Están en riesgo las prestaciones de los acogidos a los ERE´s y PSI?
 
Entendemos que en este momento no, ya que es Telefónica la pagadora de dichas rentas, pero no hay nada que la impida externalizar esos pagos a una aseguradora que pudiese quebrar en el futuro. Una muestra más de que ir a la mesa negociadora con el bolígrafo de la mano para firmar a la primera de cambio no es efectivo. Es imprescindible la presencia de un sindicato crítico, pero con visión global como CGT, para mejorar y garantizar las mejores condiciones.
 
· Ante esta nueva situación, desde CGT nos hemos dirigido a RRHH de Telefónica para que adquiera el compromiso de no externalizar estos pagos y mantener siempre su responsabilidad de manera solidaria.
 
· CGT además solicitaremos al Comité Intercentros incluya este punto en el orden del día, con el fin de poder ser tratado por todos los sindicatos y tomar en común las medias necesarias para evitar riesgos innecesarios.
 

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