El Tribunal Constitucional anula la condena de inhabilitación del exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez
- El nuevo Pleno ha considerado que la operación jurídica que hizo el alto tribunal fue incorrecta porque al sustituir la pena de cárcel por multa ya no era posible mantener la pena accesoria, esto es, la inhabilitación.
El pleno del Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo al exdirigente de Unidas Podemos Alberto Rodríguez y ha anulado su condena a inhabilitación por «dar una patada a un policía» durante una protesta en La Laguna (Tenerife) en 2014, lo que supone anular también su retirada del escaño.
Con los siete votos de la mayoría progresista y los cuatro en contra de la minoría conservadora, el tribunal de garantías ha estimado el recurso que presentó el exdiputado contra la sentencia del Tribunal Supremo que lo condenó a un mes y quince días de prisión, que sustituyó por una multa y una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo de 45 días, han informado fuentes jurídicas.
Tras ello, la expresidenta del Congreso Meritxell Batet le retiró su condición de diputado, tal como dijo que le requirió el Supremo, un asunto que recurrió también en amparo Rodríguez pero que ahora decae por pérdida de objeto, una vez que el tribunal ha anulado la pena de inhabilitación, explican las fuentes.
La corte de garantías ha acogido con esta decisión la segunda ponencia redactada por la magistrada progresista María Luisa Segoviano sobre el amparo solicitado por Rodríguez frente a la sentencia del TS al entender que durante el proceso judicial se vulneraron sus derechos fundamentales.
En una primera ponencia, que fue analizada el pasado octubre, Segoviano propuso amparar a Rodríguez esgrimiendo que las consecuencias de la condena dictada por el Supremo fueron desproporcionadas porque provocaron que el ex dirigente de Podemos perdiera su puesto en la Cámara Baja.
La mayoría progresista del TC estuvo de acuerdo con Segoviano en la necesidad de amparar a Rodríguez, pero no en los motivos, por lo que la ex presidenta de la Sala de lo Social del TS decidió retirar su texto para ajustarlo al criterio mayo.
Así, a este nuevo Pleno ha llevado una segunda ponencia –la finalmente aprobada– donde mantiene su propuesta de amparar a Rodríguez con un razonamiento distinto. En concreto, expone que la operación jurídica que hizo el Supremo fue incorrecta porque al sustituir la pena de cárcel por multa ya no era posible mantener la pena accesoria, esto es, la inhabilitación que propició su salida del Congreso de los Diputados.