Redacción •  Actualidad •  17/05/2019

IU, “satisfecha” por la nueva decisión de la JEC de ampliar ‘de forma excepcional’ la apertura de los consulados los días 25 y 26 para poder votar desde el extranjero

Ismael González, responsable federal de Organización y representante de Izquierda Unida en la coalición de Unidas Podemos ante la Junta Electoral Central, destaca que “este organismo vuelve a evidenciar lo acertado e importante de los planteamientos que ya le hicimos llegar desde Unidas Podemos en los pasados comicios y que ahora recupera”.

IU, “satisfecha” por la nueva decisión de la JEC de ampliar ‘de forma excepcional’ la apertura de los consulados los días 25 y 26 para poder votar desde el extranjero

Viernes, 17 de mayo 2019

Izquierda Unida, a través de su responsable federal de Organización y representante de esta formación ante la Junta Electoral Central (JEC), Ismael González, traslada su “satisfacción” tras conocer que el máximo organismo supervisor electoral acordara ayer ampliar todos los plazos para facilitar en lo posible las complicadas condiciones del voto de las personas españolas residentes en el extranjero para los comicios del 26M.

La JEC hace público ahora un acuerdo con un contenido muy similar al que ya resolvió a comienzos del pasado mes abril para las anteriores elecciones generales y que estimó entonces la práctica totalidad de las peticiones que solicitó la coalición Unidas Podemos.

Ahora, la Junta Electoral Central permite ‘de forma excepcional’ la votación a los/as españoles/as en el extranjero hasta las 20.00 horas del domingo 26 de mayo en aquellos consulados y oficinas consulares habilitadas para el voto en urna, que deberán abrir también durante las jornadas del sábado 25 y de ese mismo domingo 26 para recibir tanto los votos remitidos por correo como los presenciales.

Ismael González destaca que “la Junta Electoral vuelve con esta decisión a evidenciar lo acertado e importante de los planteamientos que ya le hicimos llegar desde Unidas Podemos en los pasados comicios y que ahora recupera. Estamos contentos pensando en que se puedan igualar en la práctica los derechos de las personas españolas en el exterior con quienes votan en nuestro territorio”.

“Nos seguimos oponiendo con todas nuestras fuerzas al sistema del voto rogado -explica González- pero entendemos que los cerca de 2,5 millones de españoles y españolas censados como residentes en el extranjero tendrán ahora algo más fácil y más garantías poder participar en las elecciones del próximo 26 de mayo. En la legislatura que está a punto de comenzar culminaremos desde nuestro grupo parlamentario el trabajo iniciado hace meses para acabar de una vez con las graves limitaciones que hasta ahora ha impuesto este irracional procedimiento de votación”.

En su último acuerdo, la Junta Electoral Central reconoce que concurren ‘circunstancias excepcionales’ para fijar el nuevo plazo extraordinario de votación, dado que el plazo para depositar el voto en urna en los consulados concluía inicialmente el viernes 24 de mayo.

De esta forma, los consulados y oficinas consulares habilitados para el voto en urna deberán abrir los días 25 y 26 de mayo ‘a efectos de recibir tanto los votos por correo remitidos hasta ese momento, como aquellos otros que puedan presentar los electores dentro de este plazo extraordinario’. Esta apertura no podrá extenderse más allá de la hora prevista para el cierre de los colegios electorales en la península, es decir, las 20.00 h. del domingo 26.

En su resolución, la JEC detalla también que se considerarán únicamente válidos en el momento de proceder al escrutinio del voto de los electores inscritos en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) los recibidos por correo dirigidos a las oficinas consulares en los que conste su envío no más tarde del sábado 25 de mayo.

Establece también que desde la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares deberán tomarse ‘todas las medidas necesarias’ para procurar que los sobres con los votos de los electores puedan estar a disposición de Correos antes de las 16.00 horas del martes 28 de mayo, de manera que ‘pueda realizar la entrega a las respectivas Juntas Electorales Provinciales antes de las 8 de la mañana del miércoles 29 de mayo, para su escrutinio, conforme establece el artículo 75.10 de la LOREG’.

La JEC indica también que la Dirección General deberá remitir los originales de las actas expedidas por los funcionarios consulares a la Junta Electoral Central, así como una copia de dichas actas a las Juntas Electorales Provinciales, pudiendo hacerlo por correo electrónico.

El máximo organismo supervisor de las citas electorales señala que para adoptar todos los puntos de este acuerdo ha tenido en cuenta ‘el informe de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares, teniendo en cuenta las dificultades que se han planteado respecto a la tramitación de este voto en anteriores procesos electorales’.


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