FACUA •  Actualidad •  18/01/2024

Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla: Javier Negre pierde otra causa judicial contra Rubén Sánchez

La Audiencia resuelve que «lo que dice la noticia» de FACUA.org sobre la que Negre reclamaba una rectificación «es que existe una sentencia que estima íntegramente una demanda y que obliga a publicar la rectificación de un bulo» difundido en Edatv, «lo que es sustancialmente exacto».

Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla: Javier Negre pierde otra causa judicial contra Rubén Sánchez

Javier Negre ha perdido otra causa judicial contra el secretario general de FACUA-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha desestimado el recurso presentado por el director ejecutivo de Edatv contra una sentencia de primera instancia que rechazaba su pretensión de que Sánchez y la asociación publicaran una rectificación sobre una noticia relacionada con una de sus condenas.

La sentencia de la Audiencia, que ha tenido como ponente al magistrado Conrado Gallardo Correa, señala que “la noticia publicada por los demandados [en FACUA.org] no contiene hechos inexactos y cuya divulgación sea perjudicial para la parte actora. Lo que dice la noticia es que existe una sentencia que estima íntegramente una demanda [presentada por Sánchez contra Negre y Edatv] y que obliga a publicar la rectificación de un bulo, lo que es sustancialmente exacto”.

La Audiencia Provincial ratifica así el fallo dictado por el Juzgado de Primera Instancia número 15 de Sevilla el 20 de marzo de 2023. En el auto, dictado este 12 de enero, indica que “es obvio que lo que pretende el actor en los términos expuestos excede de la mera rectificación de los hechos que se consideran inexactos para introducir opiniones y hechos nuevos, superando además ampliamente y de forma innecesaria la extensión de la noticia en que se contienen esos hechos”.

La demanda fue formulada por el director ejecutivo de Edatv tras la publicación en FACUA.org de una noticia con el titular El juzgado inadmite el recurso de Negre contra su última condena por presentarlo con 16 días de retraso. La noticia objeto de la controversia trataba sobre la tercera condena contra Negre por negarse difundir los textos de rectificación requeridos por Sánchez. En esta ocasión, en relación a un programa de Edatv emitido en marzo de 2021, donde la entonces parlamentaria del PP y ahora alcaldesa de Torrelodones Almudena Negro inventó que el secretario general de FACUA participa en un “movimiento” que, “de forma perfectamente organizada”, se dedica a provocar el cierre de las cuentas de Twitter de “todo aquél al que quieren cerrar la boca”“utilizando fallos en los formularios de Twitter para reportar masivamente” dichas cuentas.

Negre había solicitado ejercer su derecho de rectificación sobre la citada noticia, esto es, que FACUA recogiese su contraversión sobre determinados elementos de la misma. Pero lo hizo con texto cuyos contenidos y larga extensión excedían de lo permitido por la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación.

La Audiencia resuelve que, “como indica la sentencia apelada, la rectificación que se propone es desproporcionada e incumple por ello el párrafo segundo del artículo segundo de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación (en adelante LODR), conforme al cual ‘La rectificación deberá limitarse a los hechos de la información que se desea rectificar. Su extensión no excederá sustancialmente de la de ésta, salvo que sea absolutamente necesario’”.

Cuarto procedimiento que pierde

La primera condena contra Javier Negre y su canal por las demandas presentadas por Rubén Sánchez fue pionera debido a que los condenó a publicar el fallo no en uno sino en seis medios de comunicación, tanto en los que difundieron las informaciones objeto de la demanda como en los que publicitaron los programas donde se emitieron. Así, las rectificaciones fueron difundidas en la web de Edatv, en su canales en YouTube e iVoox, su perfil en Twitter, su página en Facebook y su canal en Telegram.

Este es el cuarto procedimiento judicial que Negre pierde contra el secretario general de FACUA. Las anteriores sentencias son tres condenas contra el director ejecutivo de Edatv por haberse negado a difundir los textos de rectificación solicitados por Sánchez tras la difusión de bulos e informaciones inexactas sobre él en su canal de televisión online.

La noticia objeto de la controversia que ha dado lugar a este último auto judicial fue publicada en FACUA.org el 16 de diciembre de 2022, con anterioridad a la apertura de un incidente de nulidad por el que el juez que dictó la sentencia sobre la que versaba decidió permitir a Negre que volviese a presentar su recurso ante la Audiencia Provincial que está aún pendiente de sentencia. Lo hizo debido a que en su auto le había indicado por error que tenía 20 días hábiles para hacerlo, cuando la ley orgánica que regula el derecho de rectificación establece un plazo de solo cinco días.


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