Redacción •  Actualidad •  18/05/2021

El TS obligará a las empresas de transportes a sufragar el coste de la tasa de renovación del Certificado de Aptitud Profesional (CAP)

La demanda interpuesta por CGT en 2017 logra cambiar la doctrina judicial permitiendo un importante ahorro para miles de trabajadores y trabajadoras.

El TS obligará a las empresas de transportes a sufragar el coste de la tasa de renovación del Certificado de Aptitud Profesional (CAP)

La Confederación General del Trabajo (CGT) ha emitido un comunicado en el que ha anunciado el fallo favorable del Tribunal Superior en relación a la demanda que había interpuesto en 2017 contra la empresa AVANZA, por considerar injusto el pago de las tasas del CAP por parte de las plantillas.

Tras dos sentencias desestimatorias, finalmente el TS ha dado la razón a la CGT y ha dejado claro que deberán ser las empresas que se benefician de la formación obtenida por las personas trabajadoras  las que soporten en coste de la misma, y en este sentido el CAP se encuadraría en un tipo de formación vinculada con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en cuanto a medidas relativas a la seguridad y salud en el trabajo.

Esta sentencia, según explica la CGT en su comunicado, rechaza la defensa que realizó AVANZA, consistente en que la formación recibida no estaba relacionada con la prevención de riesgos laborales, y fija una doctrina que va a permitir a los trabajadores y las trabajadoras reclamar el coste abonado de la tasa de renovación del CAP, estando la empresa obligada a sufragar los próximos en el futuro. Además, indican desde la organización anarcosindicalista, esta sentencia también va a permitir que trabajadores de otras empresas del sector puedan igualmente reclamar este pago como un derecho. En este sentido, CGT también ha recalcado que defenderá esta doctrina en otros sectores puesto que es una nueva victoria en la defensa de los derechos de la clase trabajadora que repercutirá en un importante ahorro para miles de personas en los próximos años.


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