Ferrovial, la empresa concesionaria del 112 Andalucía, condenada por violación de Derechos Fundamentales protegidos constitucionalmente
- La empresa concesionaria del 112 Andalucía condenada por violación de Derechos Fundamentales protegidos constitucionalmente.
- Conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, Ferrovial Servicios no debería poder obtener contratos de ninguna Administración Pública
- La prescripción de los delitos de administración desleal y tráfico de influencias salvó de condena a los exdirectivos de la constructora por el «caso Palau» en enero de 2018. La Justicia condenó -sin embargo- a Convergencia Democrática de Catalunya (CDC) por haberse financiado ilegalmente con 6,6 millones de euros a través de comisiones de hasta el 4% por la adjudicación de obras públicas a la constructora Ferrovial.
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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla ha dictado su sentencia con fecha 12 de noviembre 2020 sobre recurso de suplicación número 1992/20 de la representación letrada de CGT en la que textualmente recoge en el FALLO:
Con estimación del recurso de suplicación interpuesto por la demandante Dª Carolina…, contra la sentencia dictada en los autos nº 111/19 por el Juzgado de lo Social número tres de los de Sevilla, en virtud de demanda formulada por la citada actora, contra Ferrovial Servicios S.A y Comité de Empresa, con la intervención del Ministerio Fiscal, debemos revocar y revocamos la sentencia recurrida , declarando que la empresa ha vulnerado el derecho a la libertad sindical de la actora, declarando igualmente la nulidad radical de la actuación de la empresa demandada, ordenando el cese inmediato de la actuación contraria a derecho fundamental, condenando a la empresa Ferrovial Servicios S.A a indemnizar a la actora en la cantidad de en 3.125 euros condenado a todos los demandados a estar y pasar por esta declaración y cuanto de ello se derive.
La Sentencia se refiere a la desigualdad de trato y exclusión de la miembro de CGT en el Comité de Empresa del centro de coordinación de emergencias del 112 en Sevilla en la información y participación que la ley contempla para la representación legal de los trabajadores/as y para las secciones sindicales legalmente constituidas.
CGT ya advirtió a la Consejería de Presidencia de la Junta de Andalucía mediante recurso especial sobre acuerdo de Adjudicación a Ferrovial del nuevo contrato del 112 Andalucía desde febrero 2020 sobre los incumplimientos de lo previsto en el art 71 de la LCSP, “apartado a) prohibición de contratar a entidades que han sido condenadas por vulnerar derechos fundamentales de sus trabajadores/as”.
Aun cuando el escrito de recurso especial de esta Organización sindical, presentado el pasado 10 de enero 2020, fue desoído, obviando que se adjuntaban algunas sentencias condenatorias a esa empresa, a título ilustrativo, e igualmente que se hacía saber que se estaba pendiente de sentencias derivadas de la actividad de esta empresa en el 112 Andalucía durante el anterior contrato y prorroga, algo que ahora, solo unos meses después se vuelve a confirmar y sobre lo que CGT va a pedir responsabilidades al Sr. Bendodo, adjuntándole la sentencia.
Esta sentencia, que sitúa a cada cual en su sitio, no va a quedar solo ahí y desde CGT vamos a seguir exigiendo responsabilidades con todos los medios a nuestro alcance, mucho más cuando Ferrovial continua incumpliendo el actual contrato del 112 Andalucía en lo que concierne a la equiparación sociolaboral y económica de la plantilla y el establecimiento de la jornada laboral de 1500 h anuales que se niega a aplicar, circunstancia que ha provocado un reciente calendario de huelgas previo a un nuevo periodo de movilizaciones que está por llegar.