Redacción •  Actualidad •  19/02/2023

CCOO se opone a la privatización de las subastas judiciales y otras actuaciones relativas a la ejecución de las sentencias

  • Reclaman la creación de unidades especializadas de subastas en todos los territorios, con dotación de personal funcionario de la Administración de Justicia, lo que abarataría costes y daría mejores resultados.
CCOO se opone a la privatización de las subastas judiciales y otras actuaciones relativas a la ejecución de las sentencias

CCOO se opone contundentemente a la privatización de las subastas judiciales y otras actuaciones relativas a la ejecución de sentencias. El informe de la Ponencia de la Ley de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia incluye una enmienda transaccional que otorga más competencias a las y los procuradores, que hasta ahora tenían un papel limitado a algunos actos de comunicación a las partes del proceso. Entre esas atribuciones figuran algunas relativas a la ejecución de sentencias y, como parte de ellas, a las subastas judiciales.

En la tramitación de esta ley orgánica, inicialmente prevista para la creación de los Tribunales de Instancia y de las Oficinas del Justicia del municipio, los grupos parlamentarios Vasco, Plural, Popular, Ciudadanos y Vox presentaron enmiendas que se han materializado en ese informe en una redacción que, de aprobarse, supondría una nueva “vuelta de tuerca” en dirección a la privatización de servicios públicos a favor de un colectivo, las y los procuradores. Concretamente, ese informe dice que podrán «también realizar las actuaciones materiales propias del proceso de ejecución”, hasta ahora reservadas al personal funcionario de los juzgados y tribunales.

Dentro del procedimiento de ejecución de sentencia, en muchos casos se incluye la subasta judicial en la que se materializa, en muchos casos, el cobro de las deudas por parte del o la demandante, por lo que es fundamental que se desarrolle con las máximas garantías y que se respeten los principios de publicidad, seguridad y confidencialidad.

Las subastas judiciales se están celebrando a través del portal de internet gestionado por el ente público Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, bajo la supervisión y control por el letrado o letrada de la Administración de Justicia. Paradójicamente, en los últimos años se está notando un incremento de peticiones de ejecutantes para evitar la subasta judicial derivándola a portales de empresas con las que llegan a acuerdos previos, lo que les sitúa en una situación privilegiada frente al resto de participantes.

Con la reforma que se pretende quedaría en manos de los procuradores y las procuradoras instar la subasta extrajudicial, como está ocurriendo en muchos territorios, con un elevado coste que tendrá que sufragar la parte condenada en costas y que, además, plantea serios problemas de transparencia, puede causar perjuicios a otras partes implicadas en el proceso (porque pone a la parte ejecutante en clara posición ventajosa), y resultaría extremadamente dificultoso el control por el Letrado o Letrada de la Administración de Justicia que finalmente tiene que aprobar el remate de dicha subasta.

Consideramos que claramente negativa para la Administración de Justicia, para el empleo público y para la ciudadanía en general esta nueva redacción, porque no olvidemos que la externalización de este servicio (que ahora se presta en los juzgados) daría pie al oscurantismo, la falta de transparencia y el incremento de costes. Además, supondría una indeseada vuelta al antiguo sistema de subastas sin garantías y controladas en su propio beneficio por personas ajenas al interés público.

CCOO, por el contrario, reclama la creación de unidades especializadas de subastas en todos los territorios, con dotación de personal funcionario de la Administración de Justicia, lo que abarataría costes y daría mejores resultados para las partes implicadas, aprovechándose así el buen funcionamiento ya demostrado del Portal de Subastas del BOE.

Hace algunos años, el Ministerio de Justicia puso en marcha una Unidad de Subastas Judiciales con competencia en toda la Región de Murcia. Esta oficina, dotada con personal funcionario e incluida dentro de la Oficina Judicial, está dando muy buenos resultados: ha podido gestionar (a fecha de diciembre de 2022) un total de 27.623 subastas acordadas por los juzgados de esta comunidad, lo que supone una media de cerca de 4.000 anuales, gestionadas a través del Portal de Subastas del BOE.

Desgraciadamente, salvo en una experiencia similar en Valencia, este éxito no se ha visto reflejado de igual forma en muchos juzgados del resto de España, en cuyos ámbitos territoriales no han sido creadas esas unidades especializadas que, con un protocolo de actuación adecuado, permitirían liberar de ese cometido a juzgados especialmente sobrecargados de trabajo.

CCOO exige al Ministerio de Justicia el reconocimiento profesional de las funciones que realiza el personal de los juzgados

La huelga de letrados y letradas de la Administración de Justicia (LAJ) pone de manifiesto una distribución irregular de las tareas encomendadas a este cuerpo y los retrasos producidos por el paro no pueden ser soportados sin una modificación sustancial que reconozca y retribuya las funciones que realmente se realizan.

A pesar de las insistencias de este sindicato, las leyes de eficiencia promovidas por el Ministerio de Justicia no contemplan el reconocimiento profesional de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial que prestan sus servicios en la Administración de Justicia. De este modo, se mantiene una regulación irreal y obsoleta de las funciones que presupone que todo el trabajo de los juzgados y tribunales lo hacen los jueces y las juezas o los y las LAJ que en nada coincide con la práctica diaria.

CCOO defiende siempre el ejercicio de huelga para cualquier colectivo. Ahora bien, la imagen de paralización de la Justicia que está dando la huelga de LAJ, es una distorsión del funcionamiento cotidiano de los juzgados y oculta que la mayor parte del trabajo descansa fundamentalmente en la labor del personal de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio.

Pero esta de las funciones es solo una de las realidades que ha puesto sobre la mesa esta huelga. Como todo el mundo sabe, la representación legal de los trabajadores y las trabajadoras asalariados/as (sean LAJ o sean de cualquier profesión) está asignada por la Constitución Española en exclusiva a las organizaciones sindicales representativas, que obtienen su representación legalmente en los procesos de elecciones sindicales. Son, por tanto, los sindicatos los únicos legitimados para ejercer el derecho a la negociación colectiva. Ninguna asociación profesional representa legalmente a sus personas asociadas ni tiene derecho a la negociación colectiva de sus condiciones de trabajo. Las asociaciones profesionales de las y los LAJ no pueden arrogarse ni reclamar este derecho a su propia negociación colectiva, aunque “simplemente” sea porque contraviene la Constitución.

El Ministerio de Justicia, sin embargo, ha negociado, aunque lo niegue, con las asociaciones profesionales de los y las LAJ condiciones de trabajo que se niega a negociar con los sindicatos y a reconocer al resto de cuerpos, por ejemplo, las funciones reales de cada uno de los cuerpos funcionariales y su reconocimiento como propias.

Una muestra de ello, en relación con las reclamaciones de las asociaciones de LAJs en esta huelga, es que efectivamente el Ministerio colgó el 4 de abril de 2022 en su web una nota de prensa titulada “El Ministerio de Justicia impulsará la vinculación de las retribuciones de los LAJs a las de la carrera judicial” que muestra claramente que hubo negociación y acuerdos.

El Ministerio de Justicia, por tanto, negoció ilegalmente y se comprometió con las asociaciones de las y los LAJ a mejoras salariales que ahora incumple, generando un problema con su huelga corporativa que es incapaz de resolver.

CCOO añade que una huelga consiste en movilizarse y no asistir al trabajo. Lo que no pueden hacer los y las LAJ es pretender, cuando están en huelga, que el personal del resto de cuerpos de sus juzgados deje de hacer las tareas que vienen haciendo habitualmente, aunque no les correspondan, y por las que no les pagan, y, cuando se termine la huelga, que hagan de nuevo tareas que son del/la LAJ. Son inadmisibles las instrucciones y órdenes en este sentido que tratan de ningunear la profesionalidad y la responsabilidad de los trabajadores/as de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial.

Para CCOO, el Servicio Público de la Administración de Justicia y las condiciones laborales de quienes trabajan en ella solo mejorarán si todos y todas remamos en la misma dirección, sin corporativismos, sin privilegios, sin enfrentamientos estériles. Por eso, CCOO vuelve a exigir al Ministerio de Justicia mejoras retributivas y reconocimiento profesional, redefiniendo para ello de forma negociada las funciones de cada cuerpo, incluidas las del cuerpo de LAJs, para que coincidan con las que realmente se realizan.

Para cuando finalice la huelga, CCOO advierte que no va a permitir que se repercuta en los trabajadores/as de los cuerpos de Gestión, Tramitación y Auxilio, la carga de la recuperación de los retrasos motivados por la huelga. Por esto solicitará del Ministerio la convocatoria de Mesa Sectorial en la que pueda negociar, entre otros puntos, la implantación de un plan de recuperación para poner al día los juzgados y afrontar la sobrecarga de trabajo sobrevenida por los retrasos y suspensiones ocasionados por la huelga de LAJ.

CCOO afirma, por último, que el reconocimiento profesional y retributivo, además de en lo relativo a las funciones, debe extenderse a aspectos como la carrera profesional, la productividad o las sustituciones que deben negociarse para todos los cuerpos funcionariales, ya que son todos ellos quienes de forma colectiva hacen posible las resoluciones judiciales y su ejecución.


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