Redacción •  Actualidad •  20/02/2024

Enrique Santiago defiende esta tarde en el Pleno una reforma legal para recuperar la jurisdicción universal en España en medio del genocidio del régimen israelí contra el pueblo palestino

  • El portavoz parlamentario de Izquierda Unida y portavoz del Grupo Plurinacional Sumar recuerda que la grave limitación del ejercicio de la jurisdicción universal comenzó en nuestro país en 2009 sencillamente “a través de una reforma en buena medida impuesta ya entonces por Israel para cerrar un caso que se seguía en la Audiencia Nacional sobre ejecuciones extrajudiciales en Gaza mediante bombardeos contra la población civil, creo que a todo el mundo nos suena esto hoy de algo”.
Enrique Santiago defiende esta tarde en el Pleno una reforma legal para recuperar la jurisdicción universal en España en medio del genocidio del régimen israelí contra el pueblo palestino

Martes, 20 de febrero 2024.

El portavoz parlamentario de Izquierda Unida y portavoz adjunto del Grupo Plurinacional Sumar, Enrique Santiago, defenderá esta tarde en el Pleno del Congreso la toma en consideración de la ambiciosa Proposición de Ley Orgánica para la protección de los Derechos Humanos y la jurisdicción universal en España, registrada el pasado mes de octubre e impulsada y elaborada técnicamente por IU en el seno del grupo de Sumar. Esta propuesta de reforma de la actual Ley del Poder Judicial coincide, como valora Santiago, con un “grave momento en el que la impunidad de los crímenes de Estado ha avanzado en todo el mundo, en muchos casos, sin ningún límite. De ahí que sea especialmente importante recuperar lo que se cercenó, primero, por las reformas del año 2009 y luego por las del Gobierno del Partido Popular de 2014”.

Detalla que ese ejercicio de la jurisdicción universal en España cercenado en 2009 se produjo, sencillamente, “a través de una reforma en buena medida impuesta ya entonces por Israel para cerrar un caso que se seguía en la Audiencia Nacional sobre ejecuciones extrajudiciales en Gaza mediante bombardeos contra la población civil, creo que a todo el mundo nos suena esto hoy de algo”.

Santiago recuerda otro ejemplo de plena actualidad sobre el alcance que tendría recuperar directamente esta norma: “el pasado 3 de octubre recibimos a una delegación de la organización israelí Comité Público contra la Tortura, antes de que se desencadenara el genocidio en Gaza. Nos relataron que los crímenes que se cometían hasta entonces contra la población palestina en Israel quedan habitualmente en la absoluta impunidad. Ya entonces no había un mecanismo de persecución eficaz, ni un interés de las instituciones judiciales en perseguirlos. Mientras, los crímenes contra la población israelí son siempre perseguidos de la forma más eficaz posible por los tribunales de justicia de Israel”.

“La activación del ejercicio de la jurisdicción universal no depende del país que la contempla en su legislación, sino del país que no hace lo que tiene que hacer según sus obligaciones internacionales”, asegura Santiago sobre las personas o formaciones pollíticas detractoras de la existencia de una ley así.

Recuerda cómo desde el primer momento rechazó los asesinatos de civiles israelíes perpetrados por Hamas, porque “los defensores de los Derechos Humanos condenamos todos los crímenes internacionales, de guerra, de terrorismo, de lesa humanidad y pedimos que se persigan”.

Sobre lo que ocurre desde hace más de cuatro meses en el suelo ocupado palestino, Enrique Santiago pidió recordar que «durante la ocupación nazi de Europa cada vez que había un ataque contra las fuerzas ocupantes, por cada soldado alemán muerto los nazis fusilaban a 10 resistentes o a 10 civiles. ¿Hasta qué número de muertos vamos a seguir en Gaza? ¿Hasta qué número de muertos va a continuar esto sin que haya un alto el fuego?  Eso es de lo que se tiene que preocupar la comunidad internacional en este momento.

Sobre el contenido concreto de la iniciativa, el portavoz parlamentario recuerda que España “ha sido un país pionero en la construcción de la jurisdicción universal para evitar la impunidad de graves crímenes internacionales, crímenes contra la humanidad, de guerra, genocidio”.

Desde 1870 en la ley provisional de la organización judicial de nuestro país existían normas que permitían este tipo de actuación. El principio y el sistema “quedó consagrado en la primera Ley Orgánica del Poder Judicial de la democracia, en 1985, para perseguir estos crímenes internacionales”, apunta.

Santiago ha detallado en múltiples ocasiones que tras la reforma parcial en 2009 “se permitía continuar con la jurisdicción universal en determinados supuestos de forma limitada, pero con la reforma de 2014 del Gobierno del PP se eliminó el ejercicio de la acusación popular” y también “se multiplicó la exigencia de vínculos y puntos de conexión con España para llevar adelante estas causas: se exigía que la víctima fuera española y, lo más absurdo, es que se incluyó que el responsable, el victimario, fuera también español, tuviera residencia en España o se encontrara en España”.

Además, ese 2014 “se introdujo una disposición transitoria que obligó a archivar todas las causas que había abiertas, como el caso del periodista español José Couso, víctima de un crimen de guerra en Iraq”.

“Lo que proponemos con esta proposición de ley es volver al modelo de 1985, incluso conservando algunos de los requisitos de la reforma de 2009, con propuestas razonables que exigen algún vínculo del caso con nuestro país, salvo en los casos de genocidio, donde el bien jurídico protegido es la humanidad en su conjunto y debe ser perseguido eficazmente”, indicó el diputado de Sumar.

En la nueva proposición de ley orgánica “se recupera el ejercicio de la acción popular, eliminada totalmente en la reforma de 2014 con el señor Rajoy en el Gobierno” y se introduce “una mejora técnica respecto al sistema de 1985, concretamente la adaptación para poder perseguir delitos según leyes españolas o tratados internacionales ratificados por España, cuando se entiende que son delitos contra la dignidad humana y que vulneran Derechos Humanos básicos, por ejemplo delitos apartheid o de esclavitud”.

“Por supuesto -apostilla-, se incluye una disposición transitoria para recuperar los procedimientos que estaban en tramitación cuando se tuvieron que archivar, siempre y cuando reúnan los requisitos que establece la nueva ley”.


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