Las enfermeras de familia y comunitarias demandan espacios sin humo para disminuir los contagios por Covid19
La FAECAP, insta a las Administraciones a actuar en función de la salud pública frente a los intereses económicos del lobby tabaquero que se opone a esta medida.
CARTA ABIERTA A GOBERNANTES Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Aplicar la Ley 2/2021 y los acuerdos adoptados en la reunión del Consejo Interterritorial del 7 de abril de 2021 con relación a las situaciones de uso de mascarillas, sin excepciones ni interpretaciones fuera de la ley, salvará muchas vidas. Dicha aplicación garantizará el freno de la propagación de la enfermedad provocada por el SARS-COV-2 y evitará la sobrecarga de los sistemas sanitarios, atendiendo a las orientaciones de la Organización Mundial de la Salud.
El capítulo II de la ley en su artículo 6 recoge el uso obligatorio de mascarillas en la vía pública. Las únicas excepciones son para aquellas personas que presenten algún tipo de enfermedad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre.
El tabaco no encaja, por mucho que se intente ni en caso de fuerza mayor, ni en el supuesto de “por la propia naturaleza de las actividades” que permitiría prescindir de la mascarilla. El Consejo Interterritorial determina como únicas situaciones incompatibles con el uso de la mascarilla aquellas actividades profesionales o de ocio que se desarrollan dentro del agua. También exime de ponerla en aquellos momentos estrictamente necesarios para comer o beber, en los lugares en los que esté autorizado. En ningún momento excluye del uso de la mascarilla el comportamiento de fumar o usar cigarrillos electrónicos, u otros dispositivos similares para vapear.
Estas medidas están respaldadas por la evidencia científica sobre transmisión del virus a través de los aerosoles respiratorios en el acto de fumar y vapear cómo acciones de alto riesgo de contagio porque, además de obligar a prescindir de la mascarilla, impulsan microgotas de aerosoles que pueden proyectarse y permanecer con capacidad de contagio en distancias superiores a los 8 m. De hecho, un estudio en jóvenes de EEUU identificó que el riesgo de contagio era entre 4 y 7 veces superior en consumidores de cigarrillos y/o cigarrillos electrónicos, lo que refleja el papel que estos productos pueden tener en la propagación del coronavirus (SARS-COV-2).
Teniendo en cuenta que las Comunidades Autónomas de Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Comunidad Valenciana y La Rioja ya han adoptado la medida, animamos a las Comunidades Autónomas que aún no lo han realizado, a qué desarrollen urgentemente decretos reguladores que clarifiquen a la sociedad española la conducta a seguir a través de una rotulación obligatoria y su régimen sancionador correspondiente, para que dicha ley se lleve a efecto y sensibilicen e informen de esta medida de protección de la salud de todos.
La ley es clara, no incluye el acto de fumar o vapear entre sus eximentes, por ello, no debemos dejar que grupos de presión interpreten a su interés esta legislación. En cada uno de los avances del control del tabaco, se han alzado voces interesadas en alertar de las consecuencias económicas negativas que tendrían en distintos sectores, entre ellos el de restauración. Sin embargo, esto nunca ha ocurrido, tal y como han demostrado los estudios de aplicación de las leyes de tabaco de 2005 y 2010. Lo que sí hemos visto es una gran disminución de la exposición al humo ambiental de tabaco y reducción del consumo, lo que comporta una mejora en la salud de la población.
Si queremos recuperar la actividad económica y social anterior a la pandemia debemos recuperar la actividad social saludable, lo que implica una “hostelería libre de humos” en todos sus espacios, minimizando la repercusión de dicha actividad en la propagación del coronavirus y en la salud de las personas.
Por todo lo anteriormente expuesto, FAECAP (Federación de Asociaciones de Enfermería Comunitaria y Atención Primaria), que aglutina a 14 Sociedades Científicas de Enfermería, envió la semana pasada a la Ministra de Sanidad y Consejeros/as de Salud de las CCAA una carta para solicitar que remarcaran la prohibición de fumar en terrazas de hostelería, junto al CNPT, la ENSP, el Centro colaborador de la OMS para el control del tabaco del ICO, los Consejos Profesionales de Medicina y Odontología y las iniciativas ciudadanas QXNS! y Nofumadores.org.
Con la presente carta abierta, el Grupo de Tabaquismo de FAECAP nuevamente vuelve a solicitar al Gobierno y las CCAA que velen por la salud y pongan todos los instrumentos legales para asegurar un espacio sin humo ni vapor en la hostelería y en espacios de uso público.
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