El lobo ibérico, incluido en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial
- La orden ministerial ha recibido el aval del Consejo de Estado que, después de haber estudiado las alegaciones de organizaciones conservacionistas y CCAA, ha considerado que la decisión de incluir al lobo en el LESPRE está suficientemente motivada y responde al principio de precaución.
- Organizaciones y partidos ecologistas celebran la medida adoptada por el gobierno.
El lobo ibérico (Canis lupus signatus) está incluido en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESPRE), tras la publicación hoy en el BOE de la orden ministerial que modifica el desarrollo de este listado. La orden ha recibido el aval del Consejo de Estado que, después de haber estudiado las alegaciones de organizaciones conservacionistas y gobiernos autonómicos, ha considerado que la decisión de incluir al lobo en el LESPRE está suficientemente motivada, cuenta con una base científica sólida y responde al principio de precaución. La orden entrará en vigor de manera inmediata y unificará los criterios de protección de la especie en todo el país.
La orden ministerial hace extensivo a todas las poblaciones de lobos del país el mismo nivel de protección con que hasta ahora sólo contaban las manadas radicadas en territorios al sur del Duero. La inclusión del conjunto de poblaciones de lobo en el LESPRE que ahora queda sancionada responde a la importancia de la especie como patrimonio cultural, científico, así como por los servicios ambientales que produce la presencia de este carnívoro en los ecosistemas, y recibió el apoyo de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad en su reunión del 4 de febrero pasado.
La decisión cuenta también con el respaldo del informe de evaluación del Comité Científico emitido en 2020, que entiende que el estancamiento de la población de lobo ibérico observado en los últimos años y la congelación de su área de distribución -a pesar de la existencia de hábitats adecuados para su desarrollo más allá del noroeste peninsular-, se ha producido como consecuencia de la elevada tasa de mortandad no natural que soporta la especie, motivo por el cual su estado de conservación entra dentro de la categoría de desfavorable inadecuado-U1. Por tanto, es “necesario promover un cambio en el modelo de gestión que las comunidades autónomas afectadas han aplicado hasta la fecha”.
Ahora estos argumentos han sido tomados en cuenta por el Consejo de Estado. En su dictamen, el órgano consultivo considera “suficientemente motivada” la inclusión del conjunto de la población lobera española en el LESPRE en virtud del principio de “precaución o cautela” y valida la inmediata entrada en vigor de la orden. De este modo, como consecuencia del cambio de estatuto jurídico de las poblaciones de lobo situadas al norte del Duero, éstas dejarán de ser consideradas objeto cinegético en aquellas comunidades que hasta ahora autorizaban su caza y las medidas de control de la especie pasarán a tener carácter excepcional.
Únicamente podrán ser autorizadas capturas y extracciones de manera justificada cuando todas las medidas de prevención se hayan revelado ineficaces; con la garantía científica de que no comprometerán el buen estado de conservación de la especie y ante la evidencia de daños importantes o recurrentes en la actividad ganadera.
Su inclusión en el listado permitirá que el sistema de protección de la especie sea uniforme en todo el territorio. Al mismo tiempo se homogeneizarán las medidas preventivas, las indemnizaciones y los procesos de control de la especie que se adopten para evitar y paliar los daños provocados a la ganadería por las manadas de lobos. Por último, la iniciativa equipara la normativa española con la de mayoría de países de nuestro entorno, en los que la especie está estrictamente protegida.
Celebración de organizaciones ecologistas
Ecologistas en Acción ha celebrado la aprobación de la medida, apuntando especialmente que con esta medida la persecución del lobo pasa a ser un delito tipificado en el artículo 334 del Código Penal, con penas de prisión de seis meses a dos años, e inhabilitación para caza.
«Pese a que tanto la normativa europea como la española regulan los controles de lobos, para Ecologistas en Acción estos controles son perjudiciales e inaceptables, ya que se ha demostrado que no reducen los ataques del lobo al ganado», apuntan desde Ecologistas. «Estando la población ibérica del lobo en un estado de conservación “desfavorable” no se justifica la realización de controles», afirman.
Ecologistas en Acción considera que las administraciones regionales, especialmente las de Castilla y León, Asturias, Cantabria y Galicia, deben dejar de alimentar artificialmente el conflicto social entre el lobo y ganaderas y ganaderos, asumiendo la nueva situación legal del lobo, y deben adoptar medidas de apoyo a la ganadería extensiva para solucionar los muchos problemas a los que se enfrentan, como son el precio de sus productos, una inadecuada PAC y la falta de apoyo de las administraciones. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico debe hacer cumplir la orden y el Seprona debe intensificar sus esfuerzos contra la caza ilegal de lobos, incrementando la vigilancia y la investigación de cada lobo que aparezca muerto.