Redacción •  Actualidad •  23/01/2017

ONG ambientales presentan un recurso contra el uso de veneno y las quemas contra los topillos en Castilla y León

Las organizaciones ambientales del Programa Antídoto, entre las que se encuentra Ecologistas en Acción, presentan recurso de alzada y urgen a la Consejera de Agricultura y Ganadería a paralizar el uso de veneno y las quemas contra los topillos en Castilla y León.

ONG ambientales presentan un recurso contra el uso de veneno y las quemas contra los topillos en Castilla y León

Tras 20 años de aplicación sistemática, la experiencia demuestra que el uso de veneno y las quemas de vegetación no han impedido las plagas. Sin embargo, el impacto sobre la fauna y flora de estas medidas ha sido extensamente probado y resulta inadmisible. Las distintas organizaciones de defensa del medio ambiente que integran el Programa Antídoto han presentado recurso de alzada ante la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León exigiendo la suspensión inmediata de las resoluciones que permiten la aplicación de bromadiolona y la quema de vegetación en linderos y tierras agrarias.

La bromadiolona es un potente veneno en proceso de sustitución por sus constatados impactos en el medio. La autorización de su uso mediante estas resoluciones contraviene la legislación vigente y posibilita que se provoquen graves daños ambientales de imposible reparación.

Por otra parte, las quemas de vegetación natural y adventicia en linderos y parcelas tampoco ha resultado eficaces hasta la fecha, mientras que sí genera graves perjuicios sobre otras especies, algunas protegidas de reptiles y de aves, como alcaudones, gangas, ortegas, sisones y alcaravanes, y potenciales problemas locales de erosión y emisiones.

Las resoluciones recurridas no se ajustan a la ley, entre otros motivos, porque no hay evidencias de la existencia de una plaga y porque la administración no aporta los datos y los métodos científicos empleados para declarar oficialmente la existencia de plaga de topillo campesino en el territorio de Castilla y León.

Al contrario, según datos contrastados sobre el terreno, la abundancia de topillos ha permanecido similar o se ha reducido ligeramente desde el verano, sin haber causado daño ninguno a las cosechas de 2016. Se trata de un patrón anual común en la población de la especie.

El Programa Antídoto recuerda que, como ha reconocido la propia Junta, muy posiblemente 2016 ha sido año de pico bianual y que no necesariamente tiene que trasladarse a una plaga en 2017. En ocasiones anteriores, al menos en 1997, 2008 y 2011, se trataron incorrectamente poblaciones de topillos en declive con el consiguiente gasto económico y coste ambiental ya que el invierno es la estación típica de máximo declive natural de la especie.

En esos años, la plaga finalizó de forma simultánea tanto en zonas tratadas con veneno rodenticida como en las no tratadas, puesto que las poblaciones colapsan de forma natural con el frío, hecho reconocido por el Ministerio de Agricultura desde los años 80.

La falta de causas justificadas es razón suficiente para decretar la inmediata paralización del uso de veneno de acuerdo al Decreto 409/2008, que establece el programa nacional de control de plagas de topillo y es la base sobre la que sustenta el recurso de alzada presentado por el Programa Antídoto. Pero, además, las organizaciones ecologistas que componen la iniciativa denuncian la obstinación  de la Junta de Castilla y León a la hora de afrontar la problemática asociada a los topillos, recurriendo  istemáticamente al uso de veneno y de quemas de vegetación. Con ello, el Ejecutivo castellanoleonés choca repetidamente contra la evidencia: estas medidas resultan ineficaces.

El Programa Antídoto exige a la Consejería que deje de dañar y poner en peligro el medio ambiente y la salud pública con estas campañas, y afronte la cuestión de forma seria y rigurosa, partiendo de la consideración de que, si hay plagas, estas son consecuencia de una mala gestión agrícola y del manejo de los hábitats.

En su recurso, las ONG también han manifestado que la Junta de Castilla y León ha incumplido otro de los requisitos previos del Real Decreto 409/2008: para que se pueda autorizar el uso de veneno, es preciso que se hayan adoptado medidas previas, y no químicas, como son las medidas agronómicas. Un ejemplo es el labrado de cultivos reservorio, como es el caso  de las alfalfas que superen los parámetros de plaga, y que no se ha realizado.

Las organizaciones recuerdan que las resoluciones recurridas sí son desgraciadamente eficaces para destruir la biodiversidad y las especies depredadoras de topillos. Así lo muestra  un  estudio científico publicado en 2014 y realizado de forma coincidente en el tiempo con los tratamientos con clorofacinona en la campaña de agosto-septiembre de 2007, y con bromadiolona desde mediados de febrero de 2008 mediante la introducción del cereal impregnado en tubos o dispuesto en huras. Según sus resultados, se cifró un descenso poblacional del 83% en la liebre en una comarca de León durante los tratamientos con venenos rodenticidas, así como una reducción de un 68% y un 81% para el zorro y la lechuza común respectivamente. En cuanto a otras rapaces diurnas, la reducción fue también muy considerable, por ejemplo de un 72% en el caso de las águilas ratoneras.


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