La Confederación STEs ha presentado quejas ante la UE y el e Defensor del Pueblo denunciando los procesos de estabilización
En la situación actual, no garantizan que el personal docente en abuso de temporalidad pueda lograr la estabilidad en su puesto de trabajo y el resultado de estos procesos puede ocasionar un trasiego de docentes entre Comunidades Autónomas muy perjudicial para profesorado y administraciones.
La Confederación de STEs-i ha presentado ante la Unión Europea denuncia por infracción al derecho comunitario y la legislación europea con respecto a los procesos de estabilización que las distintas administraciones educativas están anunciando estos días. Estos procesos que, conforme a lo establecido por la ley 20/2.021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en las administraciones públicas, deben disminuir el porcentaje de personal interino al 8% antes de la finalización del año 2.024, están sembrando la inquietud entre las personas afectadas, ya que -a día de hoy- no solo no aseguran que estas personas puedan conseguir la estabilidad en el empleo, sino que pone en peligro su puesto de trabajo, desempeñado hasta ahora, en régimen de interinidad.
La denuncia ante la Unión Europea subraya que el “Estado Español a través de la ley 20/2.021 de 28 de diciembre incumple abiertamente el derecho de la Unión, pues establece como medidas dirigidas a las personas que llevan prestando servicios temporales por más de tres años, procesos selectivos por diversos sistemas e indemnizaciones al cese que no se contempla en todos los casos, ambas descartadas por el TJUE como sanción”.
Del mismo modo, con fecha 16 de mayo de 2.022, se ha presentado ante la oficina del Defensor del Pueblo, queja ante la diversa y dispar aplicación que vienen haciendo las administraciones públicas tanto estatales como autonómicas de la ley 20/2021. La Confederación de STEs-i pide al defensor del pueblo su intervención para que exija al Congreso de los Diputados y al Senado que, cuanto antes, legislen la activación de controles de legalidad para la aplicación de la ley 20/2021, de tal manera que no se cese ningún empleado público que se encuentre ocupando puestos de trabajo con anterioridad al 1 de enero de 2.016 en cualquier administración pública.
En cualquier caso, la responsabilidad del Ministerio de Educación es evidente. En sus manos está coordinar los procesos de estabilización que las Comunidades Autónomas, a través de los diferentes departamentos de Educación, están anunciando estos días. En sus manos está hacer que todas cumplan la ley y no la burlen con ofertas ridículas en las que no se incluyen las plazas que con claridad, la ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en las administraciones públicas, establece que deben ofertarse en los concursos extraordinarios de méritos y en los concurso-oposición que deben convocarse según el nuevo Real Decreto 270/2.022 de acceso a la función pública docente.