Condenada Radio Nacional de España (RNE) por mantener a cinco corresponsales locales en precario y fuera de plantilla
Llevan entre seis y 18 años informando desde pueblos de Madrid a 18€ por noticia, con máximo de 25 crónicas al mes. Sentencian que deberán tener contratos indefinidos no fijos.
Una juez de Madrid ha condenado a Radio Nacional de España (RNE), por tener a cinco periodistas como corresponsales de información local desde distintos pueblos de Madrid cuando deberían formar parte de la plantilla con contratos indefinidos no fijos (denominación que se aplica a quienes trabajan en esa empresa pública sin haber entrado por oposición), con jornada ordinaria y la categoría de informadores (redactores).
Esas cinco personas, que llevan entre seis y 18 años informando de la actualidad local para RNE, llaman cada mañana a la emisora para comunicar las noticias de la zona y desde el área de Informativos les dicen qué crónicas aceptan. También pueden ser llamadas por la empresa para encargarles algún tema.
Sus crónicas son emitidas en los espacios informativos locales de Radio 1 y Radio 5. Inicialmente no tenían limitado el número de noticias que podían enviar, pero hace unos años les impusieron el tope de 45 al mes como máximo y desde 2016 no pueden pasar de 25. Perciben 18,03 euros por cada crónica, de los que hay que descontar el 15% de IRPF, con lo que el máximo que llegan a cobrar cada mes es de 383 euros netos.
Esos cinco periodistas demandaron a la Corporación RTVE y reclamaron que se les reconozca una relación laboral indefinida y a jornada completa, la antigüedad y la inclusión en plantilla con la categoría de redactor corresponsal (informadores).
RNE alegó en el juicio que no existe relación laboral entre esos profesionales y la empresa porque no trabajan en régimen de exclusividad, no acuden a la sede de la emisora, no les pagan las vacaciones y no existe obligación de comprarles las crónicas que ofrecen. Pero la titular del Juzgado de lo Social número 18 de Madrid, Ofelia Ruiz Pontones, citando varias sentencias del Tribunal Supremo, ha rechazado esos argumentos, ha aceptado los del abogado de los demandantes, Luis Suárez Machota, ha estimado la demanda y ha declarado «que la relación existente entre las partes es laboral indefinida no fija, con jornada ordinaria y con categoría de informadores, grupo profesional 1 subgrupo uno»,reconociendo antigüedades de entre 6 y 18 años según cada caso.
En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la juez explica que los cinco demandantes tienen dependencia respecto de la empresa, que es la que les asigna una zona geográfica para trabajar y la que decide qué crónicas de las que ofrecen va a emitir y de qué duración. Respecto al argumento empresarial de que no trabajan con material facilitado por RNE (hace años sí les entregaba una grabadora y un micrófono con el logotipo de la emisora), la magistrada recuerda que, para declarar que existe relación laboral, el Tribunal Supremo no considera necesario que el material utilizado sea de la empresa porque con los avances tecnológicos a esos corresponsales les basta ahora con utilizar su propio teléfono móvil.
El caso de estos cinco corresponsales, que están dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, está cada vez más extendido en muchos medios de comunicación, que utilizan los servicios de colaboradores o corresponsales como si fueran personal de la plantilla pero sin contratarlos sino como falsos autónomos. Incluso hay casos en que algunas empresas despiden a personas de la plantilla pero siguen utilizando sus servicios como falsos autónomos, con lo que se ahorran dinero y no pagan las cotizaciones que corresponden. La Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) ha denunciado en reiteradas ocasiones esta situación y ha pedido que la Inspección de Trabajo intensifique su actividad inspectora de oficio, para evitar este fraude.