La Plataforma Trans insta a la desestimación de Elósegui como miembro del Tribunal Europeo de los DDHH
Tras conocer la noticia de que la jueza María Elósegui Ichaso, representará a España en el Tribunal de Derechos Humanos (TEDH), la Plataforma Trans, ha mostrado su indignación con tal designación que califica de lamentable, así como, reprocha que haya sido propuesta por el gobierno de Rajoy.
Tras conocer la noticia de que la jueza María Elósegui Ichaso, representará a España en el Tribunal de Derechos Humanos (TEDH), la Plataforma Trans, ha mostrado su indignación con tal designación que califica de lamentable, así como, reprocha que haya sido propuesta por el gobierno de Rajoy. Consideramos que esto supone una afrenta hacia las personas trans y un paso atrás en derechos legales y sociales ya regulados por ley en distintas comunidades del estado español. Sus transfóbicas y trasnochadas declaraciones en artículos y entrevistas donde afirma que los transexuales deben someterse a terapias “psicológicas y psiquiátricas” además, muestra una disconformidad con la no obligatoriedad de una cirugía genital como requisito para acceder al cambio de nombre y sexo legal, pone de manifiesto que esta candidatura es contraria a los valores y sentencias ya dictadas por el propio Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con una larga trayectoria de directivas, resoluciones y sentencias a favor de los derechos y proclives a la protección contra la discriminación de las personas trans.
Mar Cambrollé, presidenta de la Plataforma Trans, nos recuerda que el año 2002 es considerado un punto de inflexión para la comunidad trans europea. En una sentencia, conocida como caso Goodwin, el tribunal estimó que Reino Unido había vulnerado los derechos de una mujer trans al no permitirle cambiar sus documentos oficiales, estableciendo en la sentencia que “la definición del sexo-género de una persona va mucho más allá de la apreciación visual de sus órganos genitales externos en el momento del nacimiento y no es un concepto puramente biológico, sino, sobre todo, psicosocial”. «identificar a una persona como hombre o mujer atendiendo únicamente a sus cromosomas, caracteres sexuales o genitales, puede suponer una violación de los derechos humanos», declara Cambrollé,
En otras sentencias la corte ha apuntado a que la identidad sexual es una de las partes «más íntimas» de la persona, así el Convenio Europeo de Derechos Humanos «protege el derecho al desarrollo personal y la autodeterminación de las personas». Fue en 2015 cuando en un fallo contra Rumanía, el tribunal aclaró que todas las personas están protegidas de la discriminación por motivos de identidad de género. El hito más reciente ocurrió el año pasado. En abril de 2017 dio la razón a tres mujeres trans y condenó a Francia por exigir la cirugía genital, que en muchos casos provoca esterilización, como paso previo para autorizar el cambio de nombre y sexo legal.
“Europa no puede arriesgarse ni se puede permitir que haya una involución con jueces o juezas con posturas tránsfobas y homófobas”, concluye Cambrollé.