César Pérez Navarro •  Actualidad •  28/01/2021

El Tribunal Constitucional tampoco ampara a Gerardo Iglesias por las torturas que sufrió a manos de la Brigada Político Social franquista

  • El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado amparar al ex secretario general del PCE y fundador de Izquierda Unida (IU) por las torturas policiales que sufrió durante la dictadura franquista.
  • Gerardo Iglesias interpuso el 1 de junio de 2018 una querella contra un policía, al que imputaba la comisión de delitos de lesa humanidad: “Es una vergüenza que a estas alturas todavía el Parlamento español no haya condenado explícitamente el régimen de dictadura y se pretenda blanquear algo que fue una dictadura terrorista”, ha declarado el histórico dirigente a LUH.
El Tribunal Constitucional tampoco ampara a Gerardo Iglesias por las torturas que sufrió a manos de la Brigada Político Social franquista

Fuentes jurídicas han informado de que el Pleno del alto tribunal ha inadmitido a trámite el recurso de amparo de Iglesias con ocho votos en contra y tres a favor, de los magistrados Juan Antonio Xiol, Encarnación Roca y la ponente María Luisa Balaguer, que defendían su admisión a trámite.

Esta decisión fue confirmada por la Audiencia Provincial de Oviedo, argumentando que el archivo de la causa se justifica sobradamente teniendo en cuenta el principio de legalidad y el de interdicción de la retroactividad de las normas sancionadoras no favorables.

El auto, aún pendiente de redacción, se ha adoptado por mayoría pero contará con los votos particulares del magistrado Juan Antonio Xiol y de las magistradas Encarnación Roca y María Luisa Balaguer.

El histórico dirigente comunista Gerardo Iglesias denunció delitos de lesa humanidad contra un funcionario policial en los años 70, en el marco de la persecución por el Estado de los disidentes políticos, pero el TC ha rechazado abrir la causa por la atipicidad de las conductas denunciadas, por prescripción de los posibles delitos, excusándose en la recurrente Ley de Amnistía de 1977.

En 2009, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas transmitió a España su recomendación de que considerase la derogación de esta ley, recordando que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles. También expresó su preocupación por los obstáculos que se encontraban las familias de los desaparecidos al esclarecer el destino de sus familiares. En años posteriores, desde 2013, la ONU ha seguido recordando a España que las amnistías que impiden que los autores de graves violaciones de los derechos humanos sean llevados ante los tribunales, son incompatibles con sus obligaciones internacionales.

El Juzgado de Instrucción Número 4 de Oviedo ha inadmitido la querella en aplicación del artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal al considerar que los hechos en que se funda no constituyen delito de lesa humanidad y que, además, habrían prescrito por haber transcurrido más de diez años desde su comisión. Y aunque los delitos de lesa humanidad, que la ONU define como asesinatos, exterminios, esclavitud, deportación o traslado forzoso de población, encarcelación o privación de libertad física que viole el derecho internacional, torturas, violaciones, prostitución forzada o violencia sexual, persecución de un colectivo por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género, desaparición forzada de personas, apartheid y otros actos inhumanos que atenten contra la integridad de las personas, no prescriben por norma general en muchos países del mundo, a día de hoy España no ha ratificado la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad de las Nacciones Unidas del 26/11/1968.

La Ley de Amnistía sigue usándose para obstaculizar la verdad, justicia y reparación a las víctimas de la Guerra Civil y de la dictadura franquista, y a esto hay que añadir que tres Gobiernos del PSOE y uno del PP -los de Felipe González, José Luis Rodríguez Zapatero, Mariano Rajoy y Pedro Sánchez- se han opuesto a ratificar la Convención de la ONU de 1968 sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad que permitiría juzgar las torturas de la policía franquista.

Gerardo Iglesias no es el primero ni será el último que no consiga reparación a su causa mientras no exista voluntad política al respecto. Existen diversos antecedentes de otros denunciantes que tampoco han obtenido justicia por parte del Estado español. El caso más cercano y conocido, el de un estudiante antifranquista detenido en la Jefatura Superior de Policía de Valencia y torturado, que recurrió la decisión del Juzgado de Instrucción número 7 de Valencia al Constitucional. El querellante acusó en este caso al comisario Benjamín Solsona, conocido por su macabro historial como agente de la Brigada Político Social en Valencia, de delitos de lesa humanidad, otra vez torturas, pero la Audiencia de Valencia recordó que España no ha ratificado la Convención sobre la imprescriptibilidad de estos crímenes, «ello impide la persecución en España de los hechos susceptibles de ser calificados como tal delito, cuya comisión es anterior al 1 de octubre del 2004», señaló entonces el auto.

Para colmo, Solsona, siendo ya comisario tras la muerte del dictador, fue nombrado jefe superior de policía en Bilbao entre 1980 y 1982 y en Palma hasta 1988 por el Gobierno del PSOE.

El intento más reciente para revertir estas situaciones de injusticia se vivió en el Congreso de los diputados en 2018, cuando -ante las dificultades para su derogación- se presentó por parte de Unidas Podemos, Compromís y los grupos nacionalistas, una propuesta de reforma de la Ley de Amnistía para asegurar que los crímenes del franquismo pudiesen ser juzgados. Fue rechazada con los votos en contra de PP, PSOE y Ciudadanos.


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