La Audiencia Nacional ordena el ingreso en prisión de Pablo Hasel por «enaltecimiento del terrorismo e injurias a la monarquía»
- Entre otros «delitos» Hasel es responsable de letras en las que llama ladrón al ex-rey Juan Carlos, a él y a su familia, los Borbones.
- El rapero, que siempre se mostró tajante en su defensa ante el tribunal, tiene 10 días para ingresar en prisión.
- Convocada concentración en la Plaza de los Jardines de Gracia de Barcelona, a las 19 horas del sábado 30 de enero, para exigir su libertad y la amnistía total, por los derechos y libertades democráticas.
La Audiencia Nacional ha dado diez días para ingresar en prisión al rapero Pablo Hasel, para cumplir una condena de nueve meses de prisión por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la monarquía, según ha informado él mismo a través de las redes sociales.
En un auto del pasado 25 de enero, la sección primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia rechaza suspender la condena al rapero leridano, como sí hizo anteriormente con la primera sentencia que se dictó contra él.
Hasel fue condenado en 2014 a dos años de cárcel por enaltecer en sus canciones a ETA, los Grapo o Terra Lliure, pero la Audiencia decidió en septiembre de 2019 dejar en suspenso su ejecución durante tres años.
El rapero Pablo Hasel tendrá que ingresar en prisión por decir que los Borbones son unos ladrones. Mientras tanto, Juan Carlos I lleva 4 meses «fugado» en un hotel de lujo en Abu Dabi que pagamos nosotros. https://t.co/1XO9yWBjHj
— PabloMM (@pablom_m) January 28, 2021
Nueve meses de cárcel
En 2018 volvió a ser juzgado por el mismo delito y otro de injurias a la monarquía y a las fuerzas de seguridad. Aunque en un principio se le condenó a dos años de prisión, la Audiencia rebajó la pena a nueve meses de cárcel, que el pasado junio ratificó el Tribunal Supremo.
La defensa de Hasel pidió entonces suspender la ejecución de esta condena, una solicitud con la que estuvo conforme la Fiscalía. También la recurrió en amparo ante el Tribunal Constitucional, pero éste rechazó admitirlo a trámite el pasado mes de noviembre.
En su auto, contra el que cabe recurso, la Audiencia rechaza la petición de Hasel al no haberse cumplido el primer requisito para suspender una pena: que haya delinquido por primera vez.
Agravante de reincidencia
“En absoluto”, dice la Sala, puede afirmarse esto porque el rapero fue condenado por unos hechos que fueron cometidos entre 2014 y 2016, es decir, parte de ellos cuando ya era firme su primera condena, lo que motivó además, dice la Sala, que en su segunda causa se tuviese en cuenta la agravante de reincidencia.
El tribunal recuerda que Hasel también fue sentenciado en febrero de 2017 por un delito de resistencia o desobediencia a la autoridad o sus agentes, y en julio de 2018 por allanamiento de local.
Además, aunque el Código Penal permite “excepcionalmente” suspender las penas de prisión que no excedan los dos años de cárcel “siempre que no se trate de reos habituales”, la Sala descarta que pueda hacerlo dado el “historial delictivo” del condenado.
Sostiene, por tanto, que “ni las circunstancias personales del reo, ni la naturaleza de los hechos, ni su conducta puede hacerle merecedor de tal beneficio, no alegándose incluso por su defensa dato alguno que evidencia la concurrencia de esas circunstancias”.
En respuesta a la decisión de la Sala, el rapero ha lanzado un mensaje en su Twitter: “Me han dado 10 días para ingresar en prisión. Al final no ha habido la suficiente solidaridad para parar esto que nos afecta a la mayoría que no tenemos garantizada la libertad de expresión. Van a encarcelarme por contar hechos objetivos, pero jamás van a doblegarme”.