Sumar registra una proposición de ley para proteger la libertad expresión y recuperar libertades públicas
El diputado de IU Enrique Santiago afirma que mantener en España los delitos de opinión castigados con cárcel es una «anomalía» en Europa.
El portavoz de Izquierda Unida en el Congreso y diputado del Grupo Plurinacional Sumar, Enrique Santiago, ha registrado una proposición de ley orgánica para suprimir del Código Penal los llamados delitos de opinión, con el objetivo de proteger la libertad de expresión y recuperar libertades públicas. Es la primera iniciativa que presentan porque son temas prioritarios para este grupo parlamentario.
En esta proposición plantean suprimir del Código Penal los delitos de calumnias e injurias contra la Corona y la Familia Real; las calumnias o amenazas graves contra el Gobierno de España, el Ejército, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y los máximos órganos de la Justicia; ofensas a los sentimientos religiosos, a España, a las comunidades autónomas o a sus símbolos o emblemas, y el enaltecimiento del terrorismo.
Es una propuesta más completa que otra similar que el grupo de Unidas Podemos registró en el Congreso en febrero de 2021 y que finalmente no terminó de ser tramitada. El Gobierno anunció entonces su disposición a modificar el Código Penal, para que los «excesos» que pudieran cometerse en el ejercicio de la libertad de expresión solo sean castigados con penas de cárcel cuando constituyan de manera clara un riesgo para el orden público o sean conductas violentas.
Enrique Santiago ha explicado en rueda de prensa que con esta reforma se trata de acabar con las numerosas condenas a cantantes, artistas y cómicos que han impuesto en los últimos años los jueces por enaltecimiento del terrorismo y otros delitos de opinión. Para evitarlo, la proposición de ley incorpora medidas para reforzar la protección a las posibles víctimas de estas acciones, pero sin que se considere a los responsables autores de un enaltecimiento del terrorismo.
En la exposición de motivos de esta proposición de ley indica que “la libertad de expresión es uno de los derechos fundamentales reconocidos a todo ser humano en la práctica totalidad de los países democráticos, por ser un elemento nuclear para el pleno desarrollo de la personalidad y para la existencia de una convivencia plural y libre. Este derecho debe ser reconocido en igualdad de condiciones para el conjunto de las personas que conforman una sociedad.
Las restricciones que conforman las fronteras de la libertad de expresión deben ser muy medidas y justificadas, con sanciones proporcionadas y sin que en ningún momento éstas restrinjan el debate público y la libre participación política de la ciudadanía.
La jurisprudencia constitucional indica además en nuestro país que, en caso de conflicto, ha de prevalecer la libertad de expresión si no se ejerce con la intención de insultar o herir, si lo expresado responde a un hecho veraz de interés público o, de manera especial, si ésta se ejerce desde un medio de comunicación. Pese a esto, en los últimos años estamos asistiendo en España a una deriva autoritaria que ha llevado a restringir de manera alarmante el derecho fundamental a la libertad de expresión, recogido en el artículo 20 de la Constitución Española más allá de estos límites”.
Enrique Santiago ha afirmado que las condenas que ha habido en los últimos años por este tipo de delitos sitúan a España como una «anomalía» en la Unión Europea, porque no existen en la legislación de los países comunitarios. Eso ha llevado a que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya condenado en varias sentencias a España por vulneración de derechos y de la libertad de expresión.
La Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP), la Plataforma por la Libertad de Información (PLI) y otras organizaciones españolas e internacionales llevan años pidiendo que los delitos de opinión sean eliminados del Código Penal, para que España se sitúe al mismo nivel que los países de la Unión Europea en esta materia.