La Audiencia Provincial de Madrid obliga a reabrir la causa penal contra el exalcalde de Hoyo de Manzanares y sus concejales
La Audiencia Provincial de Madrid, da la razón a Ecologistas en Acción y revoca la decisión de un juzgado de Colmenar Viejo, de archivar las diligencias abiertas por posible delito de prevaricación urbanística, contra el exalcalde de Hoyo de Manzanares y sus concejales, así como contra la aparejadora y el letrado municipales.
La actuación favoreció presuntamente a la universidad privada Antonio de Lebrija.
Los hechos fueron denunciados por el Ministerio Fiscal en 2017 y Ecologistas en Acción se personó en la causa en 2019 como acusación popular.
El juzgado de Instrucción nº1 de Colmenar Viejo, obligado por la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid, ha determinado la continuación de las Diligencias Previas por las que se investiga al exalcalde de Hoyo de Manzanares, José Ramón Regueiras García y nueve concejales (tres de los cuales siguen en la oposición municipal), todos ellos del Partido Popular. También se investiga a la aparejadora municipal y al que era letrado en esos momentos.
Todos los investigados, informaron o votaron favorablemente un proyecto urbanístico de construcción de 118 viviendas, con vial incluido, en el año 2016, en el entorno de la urbanización La Berzosa, en Hoyo de Manzanares, donde se ubica la Universidad Antonio de Nebrija y sobre terrenos de su propiedad. El propio Registro de la Propiedad suspendió la inscripción de alguna de las parcelas, al observar una acción contraria a derecho de la promotora urbanística, ligada a la Universidad.
Ecologistas en Acción, conociendo la posible acción delictiva, que vulneraría el artículo 320 del Código Penal, y vista la apertura de las diligencias en el Juzgado, motivada por presentación de querella por la Fiscalía de Medio ambiente de la Comunidad de Madrid, recurrió la intención de archivar la causa por la instructora, así como la negativa de ser considerada acusación popular, consiguiendo que la Audiencia Provincial diera la razón en ambas pretensiones a la asociación. Es decir, la Audiencia Provincial, ha revocado el archivo del juzgado de Colmenar Viejo y ha admitido la condición de acusación popular de la organización ecologista.
La promotora urbanística Universitas Nebrissensis S.A. presentó el proyecto urbanístico referido ante la administración local, pretendiendo segregar 849 metros cuadrados de la finca matriz y urbanizable, para cederla al Ayuntamiento con la intención de que se acometiera un vial de conexión directa con la autovía A-6. De esta forma, construyendo un acceso rodado directo, se conseguía una revalorización espectacular de las viviendas, al no tener que callejear por el interior del municipio .
Lo anterior contraviene las Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid (art.145 y 146) y el art. 26 del Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, así como las especificaciones de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio, que determina la extensión de la parcela mínima en 2.000 metros cuadrados, quedándose después de la cesión en 1.530 metros cuadrados. Esta superficie es inferior a la superficie mínima de parcela permitida por el planeamiento local, lo que hace que se vulneren las normas referidas, máxime cuando se pretende mantener la misma edificabilidad.
Es de destacar que, al considerar una aberración jurídica la concesión de licencia que contraviene una norma de carácter general para un caso concreto, el Registro de la Propiedad, suspendió la inscripción de la segregación y la cesión.
Derivado de lo anterior y recurriendo la promotora de la referida Universidad ante la dirección del Registro y Notariado, fue revocada la suspensión de la inscripción de la segregación de la registradora. Esta circunstancia supuso un conflicto en la Fiscalía de Madrid, siéndole retirado el asunto al Fiscal de Medio Ambiente que consideró la resolución como prevaricadora, solicitando ampliar la investigación al director del Registro y Notariado, Javier Gómez Galligo.
Todos los fiscales de medio ambiente de la Comunidad de Madrid, con el apoyo del Fiscal de Sala de la Fiscalía General de Estado adscrito a esa especialidad, apoyaron el planteamiento en una reunión convocada por el Fiscal Jefe de Madrid, no así la mayoría de los otros fiscales reunidos al efecto en plenario. Finalmente no salió adelante la investigación al director del Registro y Notariado.
En el recurso presentado por Ecologistas en Acción, ante la Audiencia Provincial, contra el archivo de las diligencias, solicitábamos la apertura de las investigaciones también contra el director de los Registros y el notariado, por posible conexión de la prevaricación administrativa del artículo 404 y la urbanística del 320 del Código Penal.
En la continuación de las diligencias previas, la Audiencia Provincial no admite el recurso en ese aspecto al no considerar a Ecologistas legitimado para ejercer la acción penal por la prevaricación administrativa del 404 y sólo la urbanística y medioambiental. La fiscalía, única legitimada para plantear lo anterior, se opuso a todo el recurso contra el archivo y por ello, por ahora, no es parte acusadora en las diligencias previas que el Juzgado de Instrucción 1 de Colmenar Viejo ha reabierto.