Almudena Alba •  Actualidad •  30/12/2019

La Abogacía del Estado, a favor de que Junqueras pueda acudir a los plenos del Parlamento Europeo

  • La Abogacía del Estado ha presentado este lunes ante el Tribunal Supremo su escrito en respuesta a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la inmunidad de Oriol Junqueras en tanto que eurodiputado electo.
  • El líder de ERC, Oriol Junqueras fue condenado a trece años de prisión y otros trece de inhabilitación por un delito de sedición en una sentencia muy criticada desde diversas instancias judiciales.
  • Indica al Tribunal Supremo que, en todo caso, "procede solicitar" al Parlamento Europeo la suspensión de la inmunidad reconocida por el Tribunal de Luxemburgo.
La Abogacía del Estado, a favor de que Junqueras pueda acudir a los plenos del Parlamento Europeo

La Abogacía del estado, en consonancia con la sentencia del TJUE, insta al Tribunal Supremo a cumplir con lo solicitado por el alto tribunal europeo y afirma que el «contenido de la inmunidad procesal del artículo 9, párrafo segundo, asegura a cada uno de sus miembros la posibilidad de dirigirse sin impedimentos a la primera reunión de la nueva legislatura, a efectos del cumplimiento de los trámites previstos en el artículo 12 del Acta electoral, permitiendo que se constituya la nueva legislatura (85), así como cumplir los trámites necesarios para tomar posesión de su mandato (86 y 87)»; y a renglón seguido, señala sobre la situación de Oriol Junqueras que «ese contenido se opone, en particular, a que una medida judicial como la prisión provisional pueda obstaculizar la libertad de los miembros del Parlamento Europeo de dirigirse al lugar en que debe celebrarse la primera reunión de la nueva legislatura para cumplir allí las formalidades requeridas por el Acta electoral (90). Esto implica el levantamiento de la medida de prisión provisional impuesta a la persona que goza de tal inmunidad, al objeto de permitirle desplazarse al Parlamento Europeo y cumplir allí las formalidades requeridas (92, 94 y párrafo segundo del fallo)».

Según la Abogacía del Estado, de la sentencia europea se deduce que la inmunidad no se limita al traslado al parlamento Euroepo para tomar posesión de su cargo, “sino que la inmunidad reconocida tiene como finalidad expresa que los miembros de esa Cámara puedan dar cumplimiento a su misión”.

El escrito dirigido a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo solicita así que se estime el recurso de súplica interpuesto por la representación de Junqueras contra la decisión del Supremo de no concederle un permiso penitenciario para cumplir con el trámite de presentarse ante la Junta Electoral Central para adquirir la condición plena de eurodiputado. Considera que se debe compatibilizar el cumplimiento de la sentencia del procés con la misión parlamentaria de Junqueras. Según el escrito, es el Supremo el que debe decidir en que forma se haga posible para el líder independentista «el desempeño de su función representativa en tanto mantenga su estatus parlamentario».

Además, la Abogacía del Estado recuerda que todos  los tribunales españoles están obligados a cumplir las decisiones que se tomen en el ámbito del derecho europeo lo que supone que en caso de conflicto entre una norma nacional y una disposición de una institución europea, los órganos jurisdiccionales deben aplicar la disposición europea.

No obstante, se indica que

«en todo caso, como se ha anticipado en el apartado 3.4.3º de este escrito en tanto no se produzca la anulación del mandato, dado que ya ha recaído sentencia firme que condena a penas de prisión e inhabilitación absoluta, y a fin de garantizar la más eficaz ejecución de la penas impuestas, procede solicitar a la mayor brevedad al Parlamento Europeo que suspenda la inmunidad reconocida en el párrafo segundo del artículo 9 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión, conforme al párrafo tercero del mismo artículo».

El informe de la Abogacía del Estado es contrario a la postura de la Fiscalía, órgano que poco después de conocer el fallo de la justicia europea, pidió que se ejecute la inhabilitación de Junqueras y que se le impida tener acta de eurodiputado, en la misma línea que la acusación popular de Vox.

Juristas de prestigio como el catedrático Pérez Royo, se han referido a que, además, «si se llega a la conclusión de que Oriol Junqueras también tenía inmunidad en el momento en el que se dictó la sentencia, entonces la sentencia del porcés sería nula de pleno derecho, entonces se habría acabado desde el punto de vista judicial el tema del procés».

Enric Juliana, por otro lado, ha opinado desde twitter que «el cumplimiento de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es percibido por el sector más excitado de la derecha española como una traición, con trompetería golpista en algunos diarios de Madrid. Llegamos al fondo de la cuestión: su problema es Europa».


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