Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI): «apalear a periodistas sale gratis»
La PDLI ve propio de países autoritarios que la Audiencia Provincial de Madrid no considere violación del derecho a la información la agresión policial a periodistas.
La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) -de la cual la FeSP es miembro fundador- considera propio de países autoritarios que la Policía pueda agredir a periodistas, o a cualquier otra persona que esté documentando sus actuaciones, y que estas agresiones queden impunes como acaba de resolver la Audiencia Provincial de Madrid al desestimar el recurso de varios reporteros que fueron golpeados por agentes antidisturbios tras la protesta de Jaque al Rey el 29 de marzo de 2014.
Según ha dado conocer la Comisión Legal Sol en un comunicado, el Auto considera, sorprendentemente a juicio de la PDLI, que no ha quedado acreditado el hecho de que los agentes que golpearon a tres periodistas cuando intentaban grabar la detención de otro compañero “pretendieran coartar el derecho a la libertad de información de los fotorreporteros”.
Sin embargo, los reporteros, además de identificarse, portaban de forma visible tanto su acreditación como material de trabajo, como cámaras de vídeo y fotografía.
La PDLI ya denunció hace un año ante las autoridades europeas la violencia policial contra periodistas, informadores freelance o activistas en la cobertura de acciones de protesta.
El caso de la manifestación Jaque al Rey, además, no es un hecho aislado: gran parte de los ataques a la libertad de información que laPDLI ha venido monitorizando desde su constitución se han producido por detenciones o agresiones a periodistas en manifestaciones, encierros o desahucios.
En todos estos casos, la PDLI ha insistido en que el derecho a la información de los ciudadanos es un pilar esencial de la democracia, y que debe garantizarse que no exista ningún obstáculo para que hechos relevantes (incluyendo las actuaciones policiales) lleguen al conocimiento de la ciudadanía.
Por eso, cualquier persona que esté documentando estas situaciones, sea o no periodista profesional, pertenezca o no a un gran medio, merece protección, como la PDLI ha venido poniendo en relieve desde su constitución.
COMUNICADO DE LA COMISIÓN LEGAL SOL SOBRE EL AUTO QUE RESUELVE NUESTRO RECURSO DE APELACIÓN EN UN PROCEDIMIENTO SOBRE AGRESIÓN A PERIODISTAS.
Hace pocos días nos han notificado un Auto que resuelve un recurso de apelación interpuesto en el seno de un procedimiento penal en el que se denunciaban agresiones a periodistas durante la manifestación del 29 de septiembre del año 2012. El Auto considera que no ha quedado acreditado que los agentes que golpearon a tres periodistas, que intentaban grabar la detención de otro periodista, pretendieran coartar el derecho a la libertad de información de los foto-reporteros.
Los hechos
El pasado 29 de marzo de 2014 tuvo lugar una manifestación en Madrid bajo el lema “Jaque al Rey”. A la misma acudieron diversos reporteros para documentar la protesta, desempeñando su trabajo y ejerciendo el derecho a la información, que comprende tanto recibir como comunicar libremente información veraz.
Según denunciaron 4 reporteros, durante el transcurso de la manifestación fueron constantes las intimidaciones realizadas por parte de los funcionarios de Policía pertenecientes a la 1ª Unidad de Intervención Policial (UIP) de la Policía Nacional.
Al término de la protesta, se produjo un incidente entre un periodista y un funcionario de Policía que desembocó en una carrera, a la que se lanzaron también varios reporteros para documentar los hechos. La carrera acabó con la detención de dicho periodista (http://kaosenlared.net/la-haine-piden-6-anos-de-carcel-para-nuestro-companero-detenido-mientras-cubria-la-manifestacion-jaquealrey/), y con varios antidisturbios golpeando indiscriminadamente a los primeros reporteros que llegaron y que trataban de grabar la detención.
Se puede ver una recopilación de los vídeos que recogen las agresiones en este enlace: http://www.eldiario.es/sociedad/VIDEO-Policia-detencion-Jaque-Rey_0_243925966.html
La gratuidad de las referidas agresiones, perfectamente constatable en las imágenes, motivó incluso que la Representante sobre Libertad de Medios de la O.S.C.E. (Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa), Dunja Mijatović, emitiese una nota de prensa, en la que manifestó:
- “profunda preocupación a propósito de los casos de violencia e intimidación por parte de la policía hacia periodistas que cubrían las manifestaciones que tuvieron lugar en Madrid el pasado sábado 29 de marzo”
Paralelamente a las declaraciones de dicha representante de la O.S.C.E., un informe elaborado por la Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) y la Red de Medios Comunitarios (ReMC), titulado ‘Retrocesos en materia de libertad de expresión en España’, documenta y pone de manifiesto el aumento de agresiones a periodistas por parte de la policía.
La investigación
Tras la denuncia interpuesta por estos 4 reporteros, aportando todas imágenes de las agresiones, la causa fue archivada; (https://legal15m.wordpress.com/2014/10/22/temetoperonomeconsta/) y tras recurrir esta decisión ante la Audiencia Provincial, reabierta (https://legal15m.wordpress.com/2015/01/13/la-audiencia-provincial-acuerda-reabrir-investigacion-sobre-agresiones-a-prensa-del-29m/).
La investigación realizada entonces por el Juzgado solo pudo identificar a uno de los agentes, debido a que, como es habitual y se ha venido denunciando por esta Comisión, dichos agentes actuantes no llevaban el número de placa visible, pero también debido a la nula colaboración de los mandos policiales a la hora de señalar quienes habían cometido la desproporcionada actuación.
“No existen indicios de que el agente pretendiera impedir el ejercicio de la libertad informativa de periodistas presentes”
Una vez identificado el presunto agresor, el Juzgado acordó incoar Juicio de Faltas, ya que entendía que los hechos únicamente serían constitutivos de una falta de lesiones.
Los denunciantes recurrieron planteando que existían indicios de que la agresión recibida tenía como objetivo impedir y dificultar su ejercicio del derecho a la información
Pues bien, tras un año de espera, finalmente la Audiencia Provincial ha resuelto el recurso estimando que “No existen indicios de que el agente pretendiera impedir el ejercicio de la libertad informativa de periodistas presentes“. Llama la atención que uno de los argumentos esgrimidos para llegar a tal conclusión es “la falta de unas alusiones expresas a la labor de ejercicio del periodismo por parte de los golpeados“. La Audiencia Provincial justifica así la actuación policial diciendo que los hechos se sucedieron de forma atropellada, por lo que los agentes cuando golpearon a los periodistas no podían saber que eran periodistas, pero además responsabiliza en parte a los golpeados por no haber aludido expresamente a su condición de reporteros. Llama la atención, decimos, porque como se ve perfectamente en los vídeos aportados que se aportaron a la causa (https://www.youtube.com/watch?v=FY0zD8C6rKQ) la policía golpea y aleja del lugar de la detención a personas con material de grabación claramente visibles y que además gritan que son prensa, y que si bien los primeros golpes se dan a la carrera la agresión contra todo aquel que se aproxima con una cámara continúa una vez ha frenado la carga.
Sobre la libertad de información y una sana sociedad democrática
No es la primera vez que nos encontramos con resoluciones de este tenor. Corren malos tiempos para la libertad de información y expresión, como hemos podido comprobar a lo largo del último año (proceso contra titiriteros, condenas a twitteras, raperas y humoristas, y un largo etcétera). Nos preocupa que se perpetúe el largo ciclo de la impunidad de las actuaciones policiales abusivas, de la mano de lo que cabe considerar una cierta falta de diligencia investigadora por parte de quienes están llamados a investigar las agresiones.
Quisiéramos solamente recordar que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuya jurisprudencia es de obligado cumplimiento en el Estado español en virtud del art. 10.2 de la Constitución Española, ha consolidado a lo largo de los años un extenso marco de protección de las libertades y derechos informativos, que nos corresponde reclamar en vía judicial y en la vida cotidiana, y que comprende:
- El reconocimiento de la importancia de la presencia, en sociedades democráticas, de periodistas en las movilizaciones de protesta (Sentencia del TEDH Pentikäinen c. Finlandia).
- La cobertura de movilizaciones de protesta forma parte del ejercicio de derechos que reconoce el art. 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (que regula la libertad de expresión), siendo esencial para el desarrollo de cualquier sociedad democrática (Sentencias del TEDH Najafli c. Azerbaijan, Pentikäinen c. Finlandia).
- Los periodistas habrán de gozar de una especial protección, debido a su papel de “perro guardián” de las sociedades democráticas (Sentencia del TEDH Handyside c. Reino Unido).
No es, por tanto, el caso ante el que nos encontramos, en el que nuevamente asistimos impotentes a una limitación clara del ejercicio de un derecho fundamental, sin que haya posibilidad de reparación en vía judicial. Tocará replantear las estrategias jurídicas, pero, fundamentalmente, recuperar en las calles los derechos erosionados.
Porque solo la lucha hace justicia
Comisión Legal Sol