El Coro del Teatro Real desconvoca la huelga al conseguir suspender las cláusulas abusivas de sus contratos
El Comité de Empresa, presidido por Comisiones Obreras, acuerda con Intermezzo la renegociación de una cláusula que obliga a trabajadoras y trabajadores a controles de calidad periódicos donde pueden ser despedidos sin indemnización y pactan negociar un convenio de empresa.
El Coro del Teatro Real, plantilla dependiente de Intermezzo Producciones, ha desconvocado la huelga gracias al trabajo bien hecho de su Comité de Empresa, integrado por tres representantes de Comisiones Obreras y dos de CGT, que en el proceso de mediación ha conseguido suspender la cláusula decimocuarta de los contratos, una cláusula “abusiva” que obligaba a trabajadoras y trabajadores a ser sometidos a “controles de calidad” sin criterios objetivos ni baremados, donde de no alcanzar dicho estándar mínimo exigido por la empresa conllevaba ser despedido sin la correspondiente indemnización.
El Comité de Empresa del Coro de Intermezzo Producciones, responsable de las producciones en el Teatro Real, convocó huelga y paros parciales coincidiendo con el estreno de ‘Medea’, ante la precariedad laboral y las constantes vulneraciones que su plantilla lleva arrastrando desde hace años, a lo que se suma la existencia de la cláusula décimo cuarta de los contratos, que establece textualmente que el trabajador o trabajadora “vendrá obligado a someterse, en su caso y sin derecho a contraprestación adicional alguna, a las pruebas musicales y/o escénicas necesarias para verificar que alcanza el estándar exigible en cada momento. Si el trabajador fuera sometido a estas pruebas y por decisión unánime de todos los miembros del tribunal se decidiera que no alcanza el estándar musical y artístico mínimo exigible, el presente contrato podrá ser resuelto sin derecho a contraprestación alguna…”
Desde hace tiempo, el Comité de Empresa del Coro del Teatro Real viene denunciando el abuso que supone esta cláusula, dado que no especifica cuáles son los índices de calidad ni estándares mínimos exigibles en cada momento, lo que hace que esta sea totalmente subjetiva.
En opinión de este Comité, la cláusula decimocuarta de los contratos puede usarse como arma arrojadiza y como forma de amedrantamiento hacia trabajadoras y trabajadores inmersos en procesos judiciales como los actuales, iniciados por cesión ilegal de empleados.
Asimismo, ambas partes han acordado en el órgano de mediación del Instituto Regional de Mediación y Arbitraje de la Comunidad de Madrid, iniciar la negociación de un convenio colectivo propio, otra de las históricas demandas que Comisiones Obreras venía reivindicando ante la carencia de regulación de la actividad, un convenio de empresa que permitiría la adaptación de las condiciones de trabajo a las características propias del sector.
De esta forma, la cláusula decimocuarta de los contratos y las audiciones previstas quedan suspendidas mientras se negocia una nueva cláusula y un convenio de empresa, periodo en el que Intermerzzo no podrá sancionar ni despedir por los motivos que se regulan en la citada cláusula.
Una vez finalice la negociación sobre la cláusula decimocuarta, la representación sindical y la empresa se comprometen a reunirse en un plazo de 15 días para constituir la mesa negociadora del convenio colectivo propio, que deberá estar concluso antes del 31 de julio de 2024, a excepción de si media acuerdo entre las partes que modifique este plazo. Mientras tanto, la plantilla se regirá por el convenio colectivo de Profesionales de la Danza, Circo, Variedades y Folclore de Madrid.