Redaccción / Prensa Latina •  Internacional •  22/08/2024

Bolivia a la espera de respuesta sobre referéndum presidencial

Los bolivianos permanecen expectantes a la sesión que iniciará hoy la Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) acerca de las preguntas propuestas por el presidente Luis Arce con vista a un referéndum.

Bolivia a la espera de respuesta sobre referéndum presidencial

Las interrogantes sugeridas para esa consulta popular se refieren a la subvención de los hidrocarburos, los escaños en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) y la reelección presidencial.

“Este jueves en Sala Plena se va a analizar cuándo se va a contestar esta premisa, antes de que se cumpla el plazo (de 72 horas), obviamente”, explicó en el programa Poder Medios y Miedos el vocal del TSE Gustavo Ávila.

Arce envió este miércoles al TSE las cuatro preguntas de consulta al pueblo boliviano, con la pretensión que se realice ese ejercicio comicial el 1 de diciembre, junto a las elecciones judiciales.

Tal iniciativa la dio a conocer en un discurso el 6 de agosto último, y ahora cumplió ese compromiso.

Las interrogantes versan sobre si permanece o no la subvención a la gasolina y el diésel, así como el incremento de escaños parlamentarios (de no aprobarse la ley de redistribución de los curules sobre la base de los resultados del Censo de Población y Vivienda 2024).

Otra pregunta indaga sobre si se apoya o no la reelección discontinua del presidente y vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia.

En apego al artículo 18 de la Ley 026 de Régimen Electoral, la propuesta de referéndum por iniciativa presidencial debe pasar dos filtros: una revisión técnica en el TSE y otra en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

Desde que el TSE recibió las preguntas se abrió un plazo de 72 horas para realizar un análisis técnico de dichas preguntas y establecer si son claras, precisas e imparciales.

La revisión técnica estará a cargo del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático, junto con la Dirección Jurídica del TSE. El Órgano Electoral tiene la facultad de presentar alternativas de redacción a las preguntas, y una vez cumplido ese trámite devolverlas al mandatario, quien las debe remitir al TCP.

Según Dávila, “el TCP emite una respuesta. Si es favorable, es decir, si las preguntas para el Tribunal Constitucional cumplen esta característica, el presidente puede emitir el decreto de convocatoria”.

En cambio, si el TCP observa una de las cuatro preguntas porque no es constitucional, el presidente no podría convocar al referéndum por esa pregunta que ha sido observada y declarada inconstitucional.

Todo el trámite debe concluir el 31 de agosto para que la consulta se celebre el 1 de diciembre, junto con las elecciones de las altas autoridades del Poder Judicial, se informó.

jf/jpm


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