RT •  Internacional •  29/01/2022

La Corte Constitucional de Colombia ordena garantizar la seguridad de los excombatientes de las FARC

  • El máximo tribunal emitió un fallo tras la introducción de acciones de tutela por parte de los firmantes del acuerdo de paz, que denunciaron «amenazas graves contra su vida e integridad personal».
La Corte Constitucional de Colombia ordena garantizar la seguridad de los excombatientes de las FARC

La Corte Constitucional de Colombia ordenó al Gobierno colombiano garantizar la seguridad de los excombatientes reincorporados a la vida civil de las extintas Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).

En un fallo emitido el jueves, el máximo tribunal constitucional determinó que los «derechos fundamentales a la vida, a la integridad personal y la paz» de los exguerrilleros fueron desconocidos por la Unidad Nacional de Protección, entidad de escoltas perteneciente al Ministerio de Interior, y dictó «órdenes puntuales para restablecer estos derechos».

Del mismo modo, se refirió al «alto número» de firmantes de la paz que han sido víctimas de homicidio y «el bajo nivel de implementación sobre las normas de garantías para la seguridad», por lo que declaró el ‘Estado de Cosas Inconstitucional’, una herramienta de la jurisprudencia que busca proteger los derechos fundamentales de la población en Colombia.

Del mismo modo, exhortó a las autoridades estatales y gubernamentales «atender sus deberes» relacionados con el ordenamiento jurídico colombiano sin que se refuerce la «estigmatización y odio» en contra de los exguerrilleros y donde haya un trato con respeto a los derechos humanos, de género, étnicos y multiterritoriales.

Esta sentencia se dio tras acciones de tutela presentadas por firmantes del acuerdo de paz, quienes denunciaron «amenazas graves contra su vida e integridad personal». Según los datos que maneja el Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz, en 2021 fueron asesinados 43 exmiembros de las FARC en medio de las denuncias de incumplimiento de lo acordado por parte del Estado colombiano.

¿Qué acordó la Corte?

Entre otros puntos ordenados por la máxima instancia constitucional, se encuentran: Ordenar a la Unidad Nacional de Protección que en los próximos cuatro meses revalúe el riesgo que presentan los excombatientes en proceso de reincorporación y los integrantes del partido Comunes, surgido tras la firma del acuerdo de paz en 2016.

Declarar y comunicar el Estado Inconstitucional de Cosas a la presidencia.

Ordenar a la Procuraduría General de la Nación que adopte un mecanismo especial de vigilancia del cumplimiento de la sentencia de la Corte.

Priorizar a los municipios y regiones especialmente afectados por la violencia de los grupos armados y «la ausencia del Estado», según advierte el informe de la ONU, que se encuentran en los departamentos Antioquia, Cauca, Caquetá, Guaviare, Meta, Nariño, Norte de Santander, Putumayo y Valle del Cauca.

Ordenar a la Defensoría del Pueblo que en el plazo de un mes entregue a la Fiscalía y la Jurisdicción Especial para las Paz un informe sobre las alertas tempranas sobre excombatientes y miembros del partido Comunes.


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