Redacción •  Vivienda •  01/02/2022

Los abogados que iniciaron la batalla contra el IRPH anuncian nuevas medidas

  • Barajan pedir nulidad de actuaciones por vulneración de tutela judicial, pedir amparo del Tribunal Constitucional, denunciar los hechos ante la Comisión Europea y elevar nuevas cuestiones prejudiciales al TJUE.
  • Jose Mari Erauskin: “El Tribunal Supremo sigue en su línea de defender a la banca aun a costa de su propia credibilidad. Urgen cambios.”
Los abogados que iniciaron la batalla contra el IRPH anuncian nuevas medidas

Donostia, 1/2/2022. Maite Ortiz y José María Erauskin, los abogados gipuzkoanos que iniciaron la batalla judicial contra el IRPH hace ya 9 años, han anunciado que la última sentencia del Tribunal Supremo, dando por buena la cláusula, no les hará desistir en su empeño.

En un vídeo difundido mediante sus redes sociales, Erauskin hace un análisis muy crítico de la sentencia del Supremo, conocida la semana pasada, poniéndola en contexto dentro de una larga trayectoria de fallos de un tribunal “obsesionado con salvar a la banca”.

El pronunciamiento del Supremo es comparado con la reciente sentencia del juzgado número 38 de Barcelona, que fue quien remitió las cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y que, a la luz de las respuestas recibidas desde Luxemburgo, dejó sin efecto la cláusula IRPH. En opinión de Erauskin, el juzgado de Barcelona sigue paso a paso la jurisprudencia del TJUE, mientras que la sentencia del Supremo es una “chapuza jurídica”, una “sucesión de ocurrencias” en la que podrían atisbarse incluso “trazas de prevaricación”.


A pesar de que la jurisprudencia europea establece que es obligación del profesional facilitar información suficiente para que el consumidor comprenda el funcionamiento de la cláusula y sus consecuencias económicas, el Supremo desplaza esta responsabilidad al consumidor, que lo debe mirar en el BOE. El TJUE consideró que el folleto informativo no es imprescindible siempre que el profesional acredite haber facilitado información suficiente (no es el caso) y siempre que no sea requerido por la normativa nacional (es el caso, aunque el Supremo “ni lo mira”, en palabras de Erauskin).

Al Supremo “le da igual” que el Banco de España exigiera acompañar el IRPH de un diferencial negativo y que el préstamo objeto de su sentencia tuviera uno positivo. “Ni siquiera habla de ello”.

Sobre el posible incumplimiento de la exigencia de buena fe, que el Supremo descarta porque el IRPH es un tipo oficial que también han empleado los gobiernos, Erauskin remarca que “ese no es el criterio”; se debe valorar si el profesional podía considerar que con plena información el cliente aceptaría la cláusula. El abogado experto en IRPH subraya además que los distintos gobiernos, al emplear el IRPH para la financiación de viviendas de protección oficial, lo han hecho aplicando diferenciales negativos.

El análisis termina criticando con extrema dureza la imposición de costas al consumidor, algo que considera una medida para disuadir a la ciudadanía de emprender acciones legales. La ley de enjuiciamiento civil establece que no procede imposición de costas si hay dudas de hecho y de derecho, y en materia de IRPH las hay, pues ha habido sentencias contrarias en primera y segunda instancia, las sentencias del Supremo han contado con votos particulares y se han elevado cuestiones prejudiciales al TJUE, que se ha pronunciado al menos en tres ocasiones.

De cara al futuro, Erauskin ha anunciado una batería de medidas que incluiría pedir nulidad de actuaciones por vulneración de tutela judicial, pedir amparo del Tribunal Constitucional, denunciar los hechos ante la Comisión Europea y elevar nuevas cuestiones prejudiciales al TJUE. Además ha hecho un llamamiento a todos los abogados con demandas de nulidad de IRPH para que presenten las mismas cuestiones prejudiciales, centradas en desmontar los argumentos esgrimidos por el Supremo.

Asimismo, reitera su petición al gobierno español para que retire el IRPH de una vez, pues independientemente de que los tribunales determinen si fue incorporado de manera abusiva o no a los contratos ha quedado demostrado que es un índice opaco.

Desde IRPH Stop Gipuzkoa hacemos una valoración muy positiva de las palabras de Erauskin y enviamos nuestro ánimo y nuestro reconocimiento tanto a José Mari como a Maite.


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