Sindicat de Llogaretes: «La regulación de alquileres no se aplicaría en la mayoría de ciudades del Estado»
- El Gobierno de coalición contempla aprobar la Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda el próximo febrero e introducir una enmienda para que se aplique en un plazo menor a los seis meses desde su aprobación. El anteproyecto de Vivienda se aprobó en Consejo de Ministros en segunda vuelta en febrero de 2022 y actualmente sigue en construcción, se encuentra en fase parlamentaria. El texto ha recibido 860 enmiendas por parte de los socios de investidura.
Comunicado
Los sindicatos de inquilinas que la regulación de alquileres propuesta en el marco de la Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda sea una regulación fantasma, es decir, una regulación que no se pueda aplicar en realidad.
Más allá de las negociaciones en curso que podrían mejorar o empeorar la norma (definición de grandes propietarios, aplicación en viviendas de nueva entrada al mercado, etc.), ahora mismo el redactado propuesto tiene una barrera clave que haría inaplicable la regulación en la inmensa mayoría de las ciudades españolas: los criterios para declarar que una zona tiene un “mercado de vivienda tenso”.
La propuesta que surgió del Consejo de Ministros, hace unos meses, establece que la regulación solo se podrá aplicar en las zonas consideradas de mercado tenso, y a la vez establece unos criterios enormemente restrictivos para definir que una zona tiene este mercado tenso: que el precio de la vivienda haya subido de media cinco puntos por encima del IPC, y que el porcentaje destinado al alquiler de las viviendas supere el 30% de la renta mediana de los hogares.
En el marco de las negociaciones con los grupos parlamentarios, la prensa se ha hecho eco de que el Gobierno estaría dispuesto a modificar este requisito: para ser una zona de mercado tenso, hará falta que el precio de la vivienda suba de media dos puntos por encima del IPC. Pero esto no es ninguna solución.
En un contexto inflacionario como el actual, el criterio ‘IPC+2’ haría que la regulación fuera fantasma en 44 de las 51 capitales de provincia españolas. Si el texto se aprueba con el redactado actual, no habría regulación de los alquileres en Barcelona, ni en Girona, ni en Tarragona, ni en Lleida, ni en ninguna de las siguientes capitales de provincia: Madrid, Almería, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Sevilla, Zaragoza, Oviedo, Palma, las Palmas de Gran Canaria, Santa Cruz de Tenerife, Santander, Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid, Zamora, Albacete, Ciudad Real, Guadalajara, Toledo, Castelló de la Plana, Vitoria, San Sebastián, Bilbao, Badajoz, La Coruña, Lugo, Pontevedra, Logroño, Melilla, Murcia, Pamplona y Huesca.
En este mapa, se muestran en gris las provincias que, en la coyuntura económica actual, tendrían una capital de provincia sin regulación de alquileres. En naranja, las provincias que tendrían una capital donde sí que se aplicaría la regulación.
Hay alternativas para hacer la declaración de mercado tenso, como por ejemplo:
– Que solo haga falta uno de los dos requisitos y, por lo tanto, que sean zonas tensas todas aquellas en las que el coste medio de la vivienda supere el 30% de la renta media de los hogares.
– Que se use de referencia el Índice de Garantía de Competitividad (IGC) en lugar del IPC, y el criterio para ser zona tensa pase a ser ‘IGC+2’.
En cualquier caso, los criterios de declaración de área tensa tienen que dar respuesta a todas las ciudades y pueblos donde las inquilinas están asfixiadas por este mercado especulativo.
Ante el riesgo de que se apruebe una ley con esta gran carencia, los sindicatos de inquilinas exigen al Gobierno español que aclare públicamente, en los próximos días, que la Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda garantizará una regulación de alquileres real y aplicable en todas las ciudades con problemas de acceso a la vivienda.