La ley de alquileres de temporada que impulsan los Sindicatos de Inquilinas se admite a trámite en el Congreso tras votar Junts junto a los partidos de izquierda, PNV y PSOE
- El PSOE y PNV confirmaron que también apoyarán que el Congreso tramite la ley impulsada por el Sindicato de Inquilinas.
- Desde el Sindicato de Inquilinas de Catalunya (Sindicat de Llogateres) mantienen que la propuesta de modificación de algunos artículos de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) busca proteger los derechos de los inquilinos, acabar con el fraude de ley y promover que el parque de alquiler responda a las necesidades de la población que vivimos y habitamos de forma estable en nuestros barrios y ciudades.
- La web del Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid parece haber sido hackeada.
La diputada de Junts en el Congreso Marta Madrenas confirmó ayer que su formación votaría este martes a favor de que se admita a trámite la ley para regular el alquiler de temporada y de habitaciones, aunque avisó que sólo para empezar a negociar el texto, pues lo consideran un «retoque legislativo» que implicará «mentir más» a la gente.
Es la segunda vez que la Cámara Baja debate esta iniciativa, la anterior ocurrió el 17 de septiembre. En aquella ocasión, los de Carles Puigdemont dijeron por la mañana que se iban a abstener y a última hora de la tarde decidieron pasarse al ‘no‘, pues consideraron que invadía competencias autonómicas de vivienda e institucionalizaba el alquiler de temporada y de habitaciones la como la solución al problema de la vivienda.
Tras ese resultado, los grupos proponentes de la ley, que son Sumar, Esquerra Republicana (ERC), EH Bildu, BNG y Podemos, introdujeron cambios para dejar la claro el respeto competencial y establecer que el contrato de temporada no pueda exceder de nueve meses, frente a los seis de la ley original.
Ya este martes, la diputada de Junts ha confirmado que los cambios introducidos harán que su grupo vote a favor de admitir a trámite la propuesta. «Hemos accedido a hablar ya debatir sobre el alquiler de temporada», ha confirmado Madrenas, al tiempo que ha advertido que sólo dan su sí al debate, pero no al texto en sí porque no enfrenta el principal problema de la vivienda, que es la falta de inmuebles.
«Tienen que dejar de mentir más la cuestión con continuos retoques legislativos de muy poco calado real, como el que hoy nos proponen. Lo que es necesario es aumentar a marchas forzadas el parque público», ha comentado desde tribuna Madrenas.
Por su parte, tanto PSOE como PNV han confirmado en el debate que también votarán a favor, por lo que sumarán los suficientes apoyos para admitir a trámite la norma.
🏛 Sus señorías se dignan, por fin, a debatir sobre los problemas del pueblo. Pero el pueblo lleva tiempo organizándose sin su permiso.
— Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid (@InquilinatoMad) December 17, 2024
Ya se lo advertimos cuando nos dieron un portazo hace 3 meses:
⏰️ Su tiempo se ha acabado. Vamos a bajar los alquileres ❤️🔥 pic.twitter.com/NBtrfL5u3B
REFORMA DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS
La norma consiste en una reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos para equiparar los contratos temporales a los de vivienda habitual y así desincentivar su uso, más si cabe en zonas que se declaran tensionadas para rebajar los precios. Por otra parte, se crea la obligación por parte del arrendador de justificar la necesidad de temporalidad y, por tanto, de probarla en unos términos equivalentes a la legislación laboral.
Siempre que la duración exceda de nueve meses o se encadenen más de dos contratos consecutivos, se entenderá celebrado como un contrato de arrendamiento de vivienda habitual, y le serán de aplicación todos los preceptos previstos para dichos contratos, incluido el plazo mínimo y las prórrogas previstas.
DESISTIMIENTO DEL CONTRATO CON AL MENOS SEIS MESES
Asimismo, el arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se le comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días.
La norma dice que las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, el arrendatario deberá indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo inferiores al año darían lugar a la parte proporcional de la indemnización.
En los contratos temporales, el arrendatario podría desistir del contrato de arrendamiento, una vez que haya transcurrido al menos un mes desde su formalización, comunicándolo al arrendador con diez días de antelación, sin que en ningún caso dé derecho a indemnización.
También se introduce una nueva disposición adicional duodécima para que, en los casos de las comunidades autónomas que hayan desarrollado legislación propia en materia de vivienda, será de aplicación «la normativa autonómica, respetando así la división competencial».
Qué importante lo que se ha votado hoy en el Congreso.
— Pablo Bustinduy (@pbustinduy) December 17, 2024
La regulación de los alquileres de temporada es esencial para limitar la rotación y subida constante de precios de la vivienda.
Gracias por la firmeza, cada paso cuenta. pic.twitter.com/F1wKHEKCHl
Comunicado Sindicato de Inquilinas de Catalunya
El Congreso acepta debatir el problema de los alquileres de temporadas 6 meses después de que lo propusieran los Sindicatos de Inquilinas
La ley propuesta por los Sindicatos de Inquilinos del estado español para acabar con el fraude de los alquileres temporales y de habitaciones inicia su trámite en el Congreso de los Diputados. La propuesta plantea modificar quirúrgicamente algunos artículos de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) con el objetivo de acabar con el fraude masivo que se está llevando a cabo con este tipo de contratos basura del alquiler y proteger a los inquilinos que tienen contratos por habitaciones o contratos temporales.
Esta aprobación llega seis meses más tarde de que las organizaciones inquilinas registraran su propuesta en el Congreso. Tras el intento de Junts, PP y Vox de impedir este debate hace tan solo tres meses y después de las masivas movilizaciones que ha habido en las principales ciudades, el grupo catalán se ha visto obligado a cambiar el sentido de su voto. La Ley que se tramitará debe aprobarse de manera urgente e íntegramente porque afecta cada día a miles de personas y hogares. No permitiremos que los grupos parlamentarios que le hacen el juego a la patronal inmobiliaria la desvirtúen a base de enmiendas que la hagan inefectiva. Pero tampoco dejaremos que se dilaten los tiempos, se postergue la aprobación de la ley y se retrase su aplicación. La gente necesita soluciones ya.
En los últimos años, hemos observado cómo muchos propietarios utilizan los alquileres temporales y habitaciones para esquivar las obligaciones más básicas de los propietarios en el mercado de alquiler. Esto está generando la vulneración de derechos de los inquilinos, y está fomentando la expulsión masiva de inquilinas a quien se les termina el contrato de alquiler para desviarlo al mercado temporal o de habitaciones, con la consecuente reducción de oferta de alquiler residencial habitual. En el caso de Cataluña, la situación es extrema ya que la gran mayoría de la población vive en zonas de mercado tensionado y los límites de precios no aplican a las modalidades de alquiler temporal y de habitaciones.
En qué consiste la ley: Desincentivar los alquileres temporales y proteger los alquileres de habitaciones
La propuesta de modificación de algunos artículos de la LAU busca proteger los derechos de los inquilinos, acabar con el fraude de ley y promover que el parque de alquiler responda a las necesidades de la población que vivimos y habitamos de forma estable en nuestros barrios y ciudades.
Equiparación de derechos: Los inquilinos con contratos temporales y de habitaciones tendrán los mismos derechos que aquellos con contratos de vivienda habitual. Esto incluye la prohibición del cobro de honorarios, limitación de la cuantía de la fianza y la aplicación de los límites de precio del alquiler en zonas de mercado tenso.
Presunción de habitualidad: Si el propietario no puede demostrar que el inquilino tiene otra vivienda principal, se presumirá que el contrato es de vivienda habitual, extendiendo su duración a 5 o 7 años según corresponda. De esta forma se protege la estabilidad de los inquilinos y se evita la expulsión o la subida del alquiler cada ciertos meses.
Conversión automática: En el momento en que el propietario renueve el contrato de alquiler temporal al mismo inquilino, este pasará automáticamente a ser un contrato de arrendamiento habitual, con una duración de 5 o 7 años.
Proteger a quien tiene un contrato de habitación: Igualar los derechos de quienes alquilan una habitación a los derechos de los inquilinos que se aplican a los contratos de vivienda habitual para que, de esta forma, no haya ningún incentivo para elegir esta modalidad, se respeten los plazos de los arrendamientos y se fomente la estabilidad.
*Con información de Agencias.