Gobierno de coalición prorroga un año más las deducciones por obras de mejora energética de las viviendas
- El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que prorroga al año 2025 las deducciones en el IRPF por obras de mejora energética de las viviendas.
- Las obras de rehabilitación de 122.862 viviendas se ha acogido a estas deducciones que han permitido el ahorro de más de 300 millones de euros en el IRPF.
El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto-ley que, entre otras medidas, amplia la vigencia temporal de las deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energéticas en viviendas que se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética.
En el período de aplicación en los ejercicios de los años 2021, 2022 y 2023, se han llevado a cabo deducciones por obras de mejora energética en un total de 122.862 viviendas y que han supuesto un ahorro de 319,70 millones de euros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Dichos datos, reflejan la concienciación creciente de la ciudadanía con la rehabilitación energética de las viviendas para reducir el consumo de combustibles fósiles, que se observa en la evolución que han tenido dichas deducciones. En el año 2021 se presentaron un total de 2.535 declaraciones, pasando a 55.761 en el año 2022 y elevándose dicha cifra hasta las 110.940 del año 2023, lo que da un total de 169.236 declaraciones las presentadas en los tres años de aplicación.
De esta forma, con esta ampliación se siguen estableciendo instrumentos clave para asegurar el cumplimiento de los objetivos del Ministerio en favor de la rehabilitación residencial, al servicio del ejercicio del derecho constitucional a la vivienda digna, sumándose al conjunto de actuaciones ya en curso, en el contexto de la oportunidad de la aplicación de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Concretamente, la norma aprobada ayer extiende el periodo de aplicación de las siguientes tres deducciones hasta el 31 de diciembre de 2025:
- Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025, debiendo tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación y mejora en las que se obtenga una reducción de al menos un siete por ciento en la demanda de calefacción y refrigeración, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. El porcentaje de deducción es de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.
- Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025, debiendo tratarse igualmente de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.
- Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2025, debiendo tratarse de actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio. Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.
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Vivienda y Agenda Urbana
- REAL DECRETO por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.
- ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia para la contratación de los servicios de tasación de viviendas a adquirir por la Entidad Pública Empresarial de Suelo (SEPES) en los municipios afectados por la DANA acaecida el 29 de octubre de 2024, por importe máximo de 34.866 euros, IVA excluido.