Notitia Criminis •  04/02/2008

Mas de 8 millones de Euros para PEYBER y Aurelio González Villarejo (Urbaplaninig)

Ecologistas en Acción de la Sagra, ha presentado alegaciones contra el convenio firmado entre Alejandro Pompa y las mercantiles PEYBER (Villa Romana Golf) Y DESARROLLOS URBAPLANING, empresa del Grupo G.V., que está presidido por Aurelio González Villarejo (en la foto, recibiendo algo) Hombre al que une una gran amistad con José Bono, también en la foto, solo que oculto tras la cabeza del señor González.

Hace ya algún tiempo que aquí se adelantó información sobre esta depuradora. Ha llegado el momento de recordar lo que entonces se dijo:

Mas de ocho millones de Euros para PEYBER y URBAPLANING.

El pasado 30 de abril un señor llamado Pedro Bernal ganaba el concurso “yo periodista” patrocinado por “El País”. El reportaje que le dio el premio trataba sobre el olor fétido que las aguas residuales vertidas al Guadarrama dejaban en las proximidades de la villa romana de Carranque.

Como es verdad, por tanto, que algo huele a podrido en Carranque, Pompa ha decidido que el proyecto estrella de la próxima legislatura sea una colosal depuradora de aguas residuales. Lo que ocurre es que dicha depuradora no va a solucionar la contaminación del Guadarrama. Parece ser que Pompa considera más urgente conseguir algo con lo que regar el césped del campo de golf que está urbanizando Villa Romana Golf, mercantil en la que PEYBER participa mayoritariamente.

Por eso ha tenido la ocurrencia de dar, tanto a PEYBER como a URBAPLANING, 8 millones de €, no en dinero, sino en suelo, a cambio de que estas dos “promotoras” construyan tal depuradora pero, eso sí, “cuando lo estimen conveniente”.

Dentro de la buena fortuna que acompaña a las empresas del Grupo PEYBER cuando se trata de hacer negocios con el Ayuntamiento de Carranque o con la Mancomunidad de la Sagra Alta, es decir, cuando Alejandro Pompa anda por medio; en el Pleno en que se aumentó, sin licitación pública, el presupuesto de la casa de la cultura en más de 200 millones de pesetas; VILLA ROMANA GOLF y DESARROLLOS URBAPLANING S.L., la de los PAUs de las Montanillas, recibieron una estupenda noticia.

Sin tener que afrontar las incertidumbres, desasosiegos y peligros de las licitaciones y concursos públicos, esas dos empresas, Villa Romana Golf y Desarrollos Urbaplaning, han resultado “adjudicatarias” de la construcción de una Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) Valorada en unos 8 millones de Euros, bastante más de mil trescientos millones de Pts.

Además, estas compañías no van a cobrar por la construcción de esa depuradora en moneda de curso legal, que ya se sabe que es una cosa que con el tiempo se devalúa y a la que cuesta sacarle jugo. La remuneración de sus trabajos se hará concediéndoles un aumento de densidad en la edificación dentro de sus respectivos PAUs., es decir, se les pagará en bienes inmuebles, en viviendas que, al contrario que el dinero, no se devalúan, sino que se revalúan y mucho.

Los términos de la propuesta de convenio a la que se dio vía libre en el Pleno citado son los siguientes: Como hemos dicho, el coste del proyecto se valora, aproximadamente, en unos 8 millones de Euros —eso para empezar, porque después de lo visto con la casa de la cultura, es de sospechar que, finalmente, el presupuesto se acabe elevando debido a alguna chapuza de última hora— De esos 8 millones, el 56,50% le corresponderá a Villa Romana Golf —Peyber, CCM e Iniciativas Carranque, de los hermanos López Iglesias— Y el 43,50% a Desarrollos Urbaplaning, es decir, al Grupo González Villarejo.

En relación con esos costes, se calcula, inicialmente, una repercusión de 15.000 € por vivienda, de forma que el PAU de “El Murillo” verá aumentada su densidad en 230 viviendas más de las proyectadas y el PAU del campo de golf en otras 306.

Estos términos pueden llevar a confusión. Se diría que quienes pagan la construcción de esa depuradora de aguas fecales son las mercantiles que actúan como agentes urbanizadores y que, en todo caso, el aumento de densidad también podría favorecer a aquellos propietarios afectados que no hayan vendido sus terrenos.

Falsa conclusión. Según los términos del proyecto de convenio, es decir, según la CLÁUSULA 3ª, último párrafo “los propietarios afectados habrán de soportar la parte proporcional que les corresponda, habida cuenta la edificabilidad que les sea atribuida y a tal efecto los urbanizadores habrán de ofrecerles la posibilidad de conveniar (sic) Estar excluidos de tal abono cediendo ese incremento de viviendas a favor del agente urbanizador

Dicho de otra manera. Que quienes pagan la depuradora no son quienes hacen el fabuloso negocio inmobiliario, sino los propietarios de suelo. Sin embargo, esto no parece muy injusto puesto que lo que se les obliga a hacer es ceder un aumento de densidad, esto es, un exceso de viviendas sobre el total que les corresponde. Si no hubiera depuradora, tales viviendas no existirían y, así, estos propietarios ni pierden ni ganan.

No obstante, eso sí sería cierto si los propietarios, al menos, tuvieran la opción de pagar en dinero o en suelo, pero esta opción no se les permite. A los agentes Urbanizadores no les gusta el dinero líquido. De lo que realmente son muy amantes es de la tierra.

Por eso, la CLÁUSULA 5ª, titulada “publicidad del convenio” establece que “del acuerdo plenario por el que se apruebe este Convenio Urbanístico, se dará cumplida notificación a todos los propietarios afectados en el ámbito de actuación de cada uno de los PAUs en tramitación, para que en el plazo improrrogable de tres meses opten por adherirse al Convenio o renunciar a cuantos derechos y obligaciones se deriven del mismo”.

Dicho lo mismo en corto. Las nuevas viviendas, 538 en total, serán para los dos Agentes Urbanizadores sí o sí, y sin que exista ninguna otra posibilidad de afrontar un coste que se decide sin licitación pública, sin las garantías establecidas por la Ley de Contratos del Estado y sin posibilidad de discutir el coste real de la obra a realizar; y todo ello para construir una depuradora cuyas aguas serán necesarias para hacer viable el campo de golf, es decir, para regar la hierba de ese campo de golf, situado en un lugar en el que, por definición, no es que escasee el agua, sino que falta y mucho.

No obstante, esto no es lo más asombroso de la propuesta de Convenio. Si bien los Agentes Urbanizadores se quedan con las 538 viviendas les guste o no a los propietarios del suelo y, además se quedan con ellas de forma inmediata, la construcción de la depuradora se hará cuando a ellos les parezca oportuno, por ejemplo, el día del juicio.

Esto es así, porque lo que textualmente se dice en la propuesta de Convenio es que “la ejecución de la EDAR —Estación Depuradora de Aguas Residuales— Se hará cuando los intervinientes —en el Convenio, se entiende— Lo estimen conveniente”.

Es decir, la realización de la obligación que contraen PEYBER y URBAPLANING queda sometida a condición suspensiva. Esas empresas construirán la depuradora, pero lo harán cuando se cumpla la condición y esa condición, que depende por entero de su volun

tad, se cumplirá cuando les venga en gana, lo cual no es ningún obstáculo para que se apropien inmediatamente del suelo “liberado” por el Convenio.


Notitia Criminis /