Notitia Criminis •  15/10/2008

Pompa se niega a responder a las preguntas de la acusación y los demás imputados se acogen a su derecho a no declarar.

Pompa se niega a responder a las preguntas de la acusación y los demás imputados se acogen a su derecho a no declarar.

Pompa junto a Barreda inaugurando algo

Ayer, 14 de octubre de 2008, se ha tomado declaración (mejor dicho, se ha intentado tomar declaración) en el Juzgado nº 4 de Illescas a Alejandro Pompa, alcalde de Carranque (Toledo) a Jesús María Gallego Peinado, aparejador del mismo Ayuntamiento y socio propietario del complejo inmobiliario PEYBER, a Mª José Martínez Aboín, Primera Teniente de Alcalde y a Antonio Fernández Retana, segundo Teniente de Alcalde y concejal de urbanismo a fecha de los hechos.

Todos ellos han comparecido como imputados por los delitos de prevaricación, estafa, malversación de fondos públicos, negociaciones prohibidas a funcionarios, conspiración para alterar el precio de las cosas, cohecho, etc. relacionados con la tramitación del PAU del campo de golf de Carranque. No se presentaron a declarar el Secretario del Ayuntamiento Juan Francisco Bravo Collantes, ni el funcionario en excedencia Ernesto Rodríguez Cubas, ambos imputados en la causa junto a los citados antes.

Pompa, que acudió asistido por el letrado Isidro Sánchez Villa, con despacho en la C/ Montera 10-12, y que parece haber prescindido definitivamente de su abogado habitual, a la par que del Ayuntamiento, Javier Toledo; se negó a responder a las preguntas de la acusación y lo hizo, solamente, a las de su propio abogado.

Al contestar a dichas preguntas, se limitó a repetir las mismas declaraciones que ha venido haciendo estos últimos días a la prensa. Según publica Europa Press, a la salida del Juzgado, Pompa manifestó “que esta denuncia es la misma que en su día interpuso IU en la Fiscalía de Toledo, y que el fiscal Jefe de Toledo decidió archivar y echar un rapapolvo a quien la presentó“.

Jesús Mª G. Peinado, aparejador municipal de Carranque y socio de Peyber

Jesús Mª G. Peinado, aparejador municipal de Carranque y socio de Peyber

También, siempre según la nota de Europa Press, afirmó que todos los imputados contestaron a las preguntas realizadas sobre el PAU del campo de golf de Carranque -lo que es incierto- y en términos muy similares, si no idénticos, a los usados por Francisco Hernándo “El Pocero” en relación con el PAU del Quiñón de Seseña, añadió que está “muy tranquilo” y que “el proceso -la tramitación del PAU, se entiende- Corresponde a la legalidad como no podía ser de otra manera, ya que no es al Consistorio de Carranque al que le corresponde aprobar el PAU, sino a la Comisión Provincial de Urbanismo. Después de cuatro años de tramitación se ha aprobado con todas las bendiciones porque no se puede hacer de otra manera“.

Sin entrar a fondo en la cuestión, pues la instrucción del caso no ha hecho más que empezar, de lo dicho por Pompa, llaman poderosamente la atención algunas cosas.

La primera es el hecho de que Pompa se negara a dar respuesta a las preguntas de la acusación. Negarse a declarar es un derecho fundamental que le concede a los imputados o detenidos el artículo 24 de la Constitución, pero Pompa no es un particular, sino un político con mando en plaza obligado, al menos en términos de salud pública, a dar explicaciones de sus actos y, si puede, a despejar las dudas sobre presuntos delitos que haya podido cometer.

El silencio de Pompa, escudado en una declaración mínima y cuidadosamente memorizada, hecha sólo en respuesta a las preguntas de su abogado defensor y consistente en mera afirmación de principio: todo es legal porque yo lo digo, es campo perfecto para aplicar el viejo principio jurídico según el cual qui tacet consentire videtur, o dicho en toledano clásico: “el que calla, otorga”; e idéntica conclusión cabe aplicar al resto de los imputados, que no es que se negaran a responder a las preguntas de la acusación; es que se negaron en redondo a abrir la boca.

Por otro lado ¿cómo es que sabe Pompa que la denuncia de Manos Limpias es igual a la presentada en su día por IU? La pregunta no es baladí. La Fiscalía Anticorrupción no es un Juzgado y, por eso mismo, no da traslado a los investigados de los expedientes que abre sobre ellos. ¿Ha tenido Pompa acceso al expediente de la Fiscalía?

En cuanto a que la aprobación del PAU del campo de golf por la Comisión Provincial de Urbanismo demuestra el estricto respeto de la legalidad en su tramitación, baste recordar que el del Quiñón, en Seseña también fue aprobado por la misma Comisión y, sin embargo, José Luis Martín, ex alcalde de la Localidad y responsable de la tramitación inicial del Quiñón está imputado y, con toda probabilidad, no será el único.

La declaración de Pompa, en este punto, tomada al dictado del director de su equipo de abogados, pretende confundir corrección en el procedimiento administrativo, con la presunta comisión de delitos tales como los de tráfico de influencias, cohecho, negociaciones prohibidas a funcionarios, etc. que no tienen nada que ver con que un PAU pueda ser o no ser, en sí mismo, ilegal.

Pompa junto a Tofiño y otros

Un soborno (cohecho) sigue siendo soborno aunque se haya consumado para conseguir un beneficio que, de suyo, no sea delictivo. La Comisión Provincial de Urbanismo puede aprobar el PAU del campo de golf o el del Quiñón porque no es ilegal su ejecución sobre el suelo al que afecta, pero no dice nada sobre los presuntos delitos que se hayan podido cometer para, por ejemplo, adjudicar ese PAU, casualmente, al aparejador municipal del Ayuntamiento que lo adjudica.

El otro punto del que Pompa ha hecho bandera es el archivo de la denuncia de IU por parte de la Fiscalía Anticorrupción de Toledo; pero esta es una defensa vana. Los fiscales no son jueces y sus resoluciones no tienen efecto de cosa juzgada. Que ahora un Juzgado abra diligencias previas (es decir, abra una investigación) y le impute media docena larga de delitos, si algo pone en cuestión, es la decisión de la Fiscalía de archivar la denuncia de IU que, al parecer, no tenía tan “escaso contenido penal” como entonces se dijo.

En lo que respecta a los otros imputados que comparecieron ayer en el Juzgado, tanto Jesús Mª Gallego Peinado, que también ha prescindido de los servicios del abogado Ramón Platero Parada y acudió asistido por el letrado Guillermo Regalado Nores, con despacho en la C/ Alcalá 75 de Madrid; como los concejales Antonio Fernández Retana y María José Martínez Aboín, – también representados, al igual que Pompa, por el abogado Isidro Sánchez Villa– se han negado a declarar acogiéndose a su derecho constitucional a guardar silencio.

Hacen muy bien todos ellos en no declarar pero, digo yo: si todo es tan escrupulosamente legal, si como dice Pompa, “las cosas se han hecho bien”, si tan seguro está de que el Juzgado archivará la querella y de que, en su caso, también lo hará la Audiencia Provincial ¿a qué viene tanto mutismo y tanta cautela?

Lo cierto es que la situación jurídica de Pompa y de los demás imputados se complica día a día. A las diligencias que tiene abiertas en el Juzgado nº 2 de Illescas, y digo que tiene abiertas porque Pompa falta radicalmente a la verdad cuando declara a la prensa que éstas se han archivado; se suman ahora las del Juzgado nº 4, también de Illescas.

Entre tanto, no ya la “tolerancia menos cero“, sino la mera “tolerancia cero” contra la corrupción, no aparece por ninguna parte. Ni está, ni se la espera.


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