Redacción •  Actualidad •  09/10/2019

El Supremo mantiene elevadas penas de prisión contra los jóvenes de Altsasu por el altercado en el bar Koxka

  • La sentencia otorga una ligera rebaja al no aplicar la agravante de "discriminación", ni la de "abuso de superioridad", pero ha mantenido penas de entre 1 año y 6 meses de prisión y 9 años y 6 meses por un altercado en un bar con dos guardias civiles y sus parejas.
  • Esta tarde se ha convocado una concentración de protesta contra la sentencia en la plaza de Altsasu a las 19:00 horas.
El Supremo mantiene elevadas penas de prisión contra los jóvenes de Altsasu por el altercado en el bar Koxka

El altercado en el bar Koxka en el que se vieron involucrados dos guardias civiles y sus parejas ya cuenta con una sentencia firme por parte del Tribunal Supremo. Tras la agresión agresión a dos guardias civiles y sus parejas en la madrugada del 15 de octubre de 2016, se condena a Oihan Arnanz a 9 años y medio de prisión por un delito de «atentado a agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones, tres delitos de lesiones con concurrencia de la agravante de abuso de superioridad y delito de desórdenes públicos». Jokin Unamuno y Adur Ramírez de Alda han sido condenados a 8 años y medio de prisión para cada uno por «un delito de atentado a agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones y tres delitos de lesiones con agravante de abuso de superioridad». Ambos fueron condenados por la Audiencia a 12 años de prisión.

Por su parte, Jon Ander Cob y Julen Goioetxea han recibido una condena de 7 años y medio de prisión para cada uno por un delito de «atentado a agentes de la autoridad y tres delitos de lesiones con la agravante de abuso de superioridad». Venían condenados por la Audiencia a un total de 9 años de prisión cada uno.

Por último, Aratz Urrizola ha sido condenado a 4 años y 2 meses de prisión por un «delito de atentado a los agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones y un delito de lesiones con la agravante de abuso de superioridad», mientras que Iñaki Abad ha recibido una pena de 3 años y medio «por un delito de atentado a agentes de la autoridad en concurso ideal con un delito de lesiones y desórdenes públicos». Ainara Urkijo, la única de los ocho que no está en prisión, ha sido condena a año y medio de prisión por delitos de «desórdenes públicos y amenazas».

El tribunal considera que ha existido «prueba bastante y válida de las agresiones y lesiones físicas y psicológicas causadas a las víctimas» para condenar por delitos de «atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas» y añade que «los hechos probados reflejan una motivación abyecta en cuanto refieren que la agresión se produjo al constatar que las víctimas eran miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado». Sin embargo, «esa motivación» es lo que convierte los hechos en «atentado», por lo que «aplicar la agravante de discriminación supondría condenar dos veces por el mismo hecho vulnerando el principio ‘non bis in ídem».

Todos aquellos condenados a más de dos años de prisión tendrán que permanecer entre rejas, en la cárcel de Zaballa. Aún cabe una apelación al Tribunal Constitucional, por vulneración de derechos fundamentales de los condenados, y otra al Tribunal Europeo de Derechos Humanos que llevaría varios años.

“Fiel al rey y españa” “Irracional”, “ilógico”, “excesivo”…, fueron los calificativos que las defensas de los jóvenes de Altsasu utilizaron a mediados de septiembre para pedir la absolución de los condenados en una vista en la que el fiscal reclamó desestimar los recursos. Las defensas también dejaron claro que “las lesiones no fueron tan graves”. Hay que recordar que todos los acusados negaron las agresiones y algunos recordaron que sus defendidos ni siquiera se encontraban aquella noche en el bar, otros se habían ido antes de que ocurrieran los hechos y dos de ellos afirman que estaban durmiendo en casa.

Por último, hay que destacar que la defensa cuestionó los informes de lesiones de los guardias civiles y particularmente el hecho de que las ruedas de reconocimiento que se practicasen “con personas sudamericanas, mulatas y árabes” situadas entre los acusados.


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