Jueces para la Democracia ante la inconstitucionalidad de las tasas
El Tribunal Constitucional da un varapalo a la nefasta gestión de los sucesivos ministros de justicia, Gallardón y Catalá, declarando inconstitucionales y nulas las tasas por vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva.
En 2012 se publicó en plena crisis económica la Ley de Tasas. Cuando más necesaria era para la ciudadanía la tutela judicial el entonces ministro de justicia impulsa una ley destinada a encarecer el acceso de los ciudadanos a la práctica totalidad de procedimientos judiciales tanto en primera instancia como en instancias superiores. Con la mayoría absoluta el actual gobierno en funciones impuso una norma que se ensañaba en extremo con los menos favorecidos y convertía la Administración de Justicia, contra el expreso mandato constitucional (art. 119), en un instrumento de salvaguarda de los derechos de los más poderosos.
Jueces para la Democracia denunció públicamente desde el primer día la pretensión ministerial de cargar contra las personas físicas y pymes el coste de un servicio básico en un Estado de Derecho. Nos complace que estas denuncias hayan sido tenidas en cuenta a pesar de que han tenido que pasar cuatro años de espera para que el Tribunal Constitucional, por fin, reconozca, más allá de los pequeños retoques del Sr. Catalá, la tremenda injusticia de impedir a personas físicas y pymes el ejercicio efectivo de sus derechos y libertades.
Más allá de este reconocimiento, Jueces para la Democracia reclama y exige el restablecimiento del ejercicio efectivo de los derechos que fueron cercenados por la ley 10/2012. No podemos aceptar una situación de carencia sobrevenida de objeto por la reforma puntual que en su día se hizo de dicha ley, sino que reclamamos el restablecimiento inmediato a personas físicas y Pymes en la situación anterior a 2012.
Asimismo, Jueces para la Democracia reclama del gobierno en funciones bajo cuyo mandato se cometió esta injusticia que explique, razone y dé cumplida cuenta a todos los ciudadanos/as, usuarios/as de la administración de justicia, del destino que ha hecho de lo recaudado por estas normas declaradas inconstitucionales.